Estrategia de reducción de las emisiones de los buques de navegación marítima

La Unión Europea desea dar cuenta de los problemas medioambientales y de salud causados por las emisiones atmosféricas de los buques de navegación marítima y definir objetivos, acciones y recomendaciones con el fin de reducir esas emisiones durante los próximos diez años.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - Estrategia de la Unión Europea para reducir las emisiones atmosféricas de los buques de navegación marítima [COM (2002) 595 final, volumen I - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Esta estrategia incluye esta Comunicación y una Directiva relativa al contenido en azufre de los combustibles para buques (véase más adelante el apartado «Actos conexos»).

Influencias en el medio ambiente y la salud

Las emisiones atmosféricas de los buques de navegación marítima pueden clasificarse en contaminantes atmosféricos, gases de efecto invernadero y sustancias que agotan la capa de ozono. Estas emisiones implican riesgos para la salud humana y el medio ambiente. Las emisiones de dióxido de azufre (SO2) y óxidos nitrosos (NOx) procedentes de los buques provocan deposiciones ácidas, que pueden ser perjudiciales para el medio ambiente, además de micropartículas que pueden ser dañinas para la salud. Las emisiones de NOx y compuestos orgánicos volátiles (COV) contribuyen a la formación de ozono superficial que puede perjudicar a la salud y al medio ambiente. Las emisiones de NOx contribuyen a una eutrofización nociva para el medio ambiente. Las emisiones de dióxido de carbono (CO2) contribuyen al cambio climático. Las de halón afectan a la capa de ozono.

Las emisiones de contaminantes atmosféricos y de gases de efecto invernadero de los buques en las aguas comunitarias en 2000 y las previsiones de emisiones para 2010 y sus repercusiones en el medio ambiente figuran en un cuadro de la Comunicación. Otros gráficos indican las emisiones de SO2 de los buques en las zonas marítimas de la Unión, la contribución de las emisiones de SO2 y NOx de los buques de los buques a la acumulación de superaciones de las cargas críticas de acidez, la contribución de las emisiones de NOx y COV a las concentraciones de ozono superficial en Europa y la contribución de las emisiones de NOx de los buques a la acumulación de superaciones de las cargas críticas de nitrógeno nutriente.

Medidas preventivas aplicadas

A escala internacional, el anexo VI del Convenio Marpol (adoptado por la Organización Marítima Internacional en 1997, pero que aún no ha entrado en vigor) establece normas sobre la prevención de la contaminación del aire provocada por los buques. Por su parte, el Protocolo de Kioto insta a limitar las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques.

Hasta la fecha, la mayoría de la legislación comunitaria relativa a las emisiones atmosféricas no se aplica a los buques. Como consecuencia, estas emisiones son elevadas en la Unión Europea en comparación con otras emisiones de fuentes terrestres. Por ejemplo, las emisiones de SO2 de los buques en los mares europeos representarán un 75% del total de las fuentes terrestres en la UE en 2010. No obstante, varias leyes comunitarias obligan a la Comisión a adoptar medidas en el ámbito de las emisiones de los buques:

Se han aplicado distintos instrumentos económicos en varios puertos y países del mundo al efecto de reducir las emisiones atmosféricas de los buques. Entre estos instrumentos se cuentan impuestos diferenciados para los fuelóleos para buques, tasas diferenciados por el acceso a los puertos e impuestos sobre el tonelaje diferenciados.

Objetivos y medidas de la estrategia

Los objetivos de la presente estrategia son los siguientes:

Para alcanzar estos objetivos, la Comunicación propone varias medidas, tales como:

ACTOS CONEXOS

Recomendación 2006/339/CE de la Comisión, de 8 de mayo de 2006, sobre el fomento del uso de electricidad en puerto por los buques atracados en puertos comunitarios [Diario Oficial L 125 de 12.5.2006].

La Comisión señala que, de proseguir la tendencia actual, el sector del transporte marítimo podría superar el volumen de contaminación de las fuentes terrestres para 2020. Recomienda a los Estados miembros que instalen una conexión a la red eléctrica terrestre para su uso por los buques atracados en los puertos, y que propongan incentivos económicos a los explotadores de buques para animarles a utilizar esa red eléctrica. El suministro de electricidad en los amarres permitiría, según los expertos, reducir considerablemente las emisiones de partículas, COV, NOx y SO2. La Comisión insta a los Estados miembros a fomentar la elaboración por parte de la OMI de normas mundiales armonizadas de conexión a la red.

Directiva 2005/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2005, por la que se modifica la Directiva 1999/32/CE en lo relativo al contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo [Diario Oficial L 191 de 22.7.2005]. Esta Directiva amplía el ámbito de aplicación de la Directiva 1999/32/CE a todos los combustibles líquidos derivados del petróleo utilizados en los buques que naveguen en las aguas de los Estados miembros. Entre otras cosas, prevé la supresión de las excepciones vigentes aplicables al gasóleo para uso marítimo; la implantación de un límite del 1,5 % aplicable al contenido de azufre en las zonas de control de las emisiones de azufre definidas por la Organización Marítima Internacional; la aplicación del mismo límite a todos los buques de pasajeros en servicios regulares desde o hacia puertos comunitarios; el requisito de que los buques atracados en los puertos utilicen un combustible cuyo contenido de azufre no exceda del 0,1 %; el recurso a tecnologías de reducción de las emisiones aprobadas como alternativas a los combustibles con un contenido bajo de azufre.

Última modificación: 19.06.2006