Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente

La Unión Europea (UE) define las prioridades y objetivos de la política de medio ambiente europea hasta 2010 y con posterioridad a dicha fecha, y detalla las medidas que se deben adoptar para contribuir a la aplicación de su estrategia en materia de desarrollo sostenible.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, de 24 de enero de 2001, sobre el Sexto programa de acción de la Comunidad Europea en materia de medio ambiente «Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos» [COM(2001) 31 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

El Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente, denominado «Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos», cubre el período comprendido entre el 22 de julio de 2001 y el 21 de julio de 2012. Este Programa está inspirado en el Quinto programa de actuación en materia de medio ambiente para el período 1992-2000 y en la Decisión relativa a su reexamen.

Un enfoque estratégico

La Comunicación señala que, con el fin de hacer frente a los retos que se plantean en la actualidad en materia de medio ambiente, es preciso superar el enfoque estrictamente legislativo y sustituirlo por otro estratégico. Este enfoque deberá utilizar instrumentos y medidas diferentes para influir en las decisiones adoptadas por las empresas, los consumidores, los actores políticos y los ciudadanos.

La Comunicación propone cinco ejes prioritarios de acción estratégica:

Para cada uno de estos ejes se proponen acciones específicas.

Con el fin de mejorar la aplicación de la legislación, se prevén las siguientes medidas específicas:

Para integrar el medio ambiente en otras políticas, la Comunicación propone:

La colaboración con el mercado podría articularse en torno a:

Para implicar a los ciudadanos y modificar sus comportamientos, se sugieren las acciones siguientes:

Con el fin de tener en cuenta el medio ambiente en la gestión y ordenación del territorio, se proponen las siguientes acciones:

El Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente se concentra en cuatro ámbitos de acción prioritarios: el cambio climático, la biodiversidad, el medio ambiente y la salud y la gestión sostenibles de los recursos y de los residuos.

El cambio climático

El Sexto Programa de Acción reconoce que el cambio climático constituye el principal reto para los próximos diez años. El objetivo en este ámbito es reducir las emisiones de gases de efecto invernadero hasta un nivel que no provoque cambios artificiales del clima de la Tierra.

El objetivo de la Unión Europea a corto plazo es alcanzar los objetivos del Protocolo de Kioto, es decir, reducir en un 8 % las emisiones de gases de efecto invernadero de aquí a 2008-2012 con respecto a los niveles de 1990. A más largo plazo, de aquí a 2020, sería necesario reducir dichas emisiones entre el 20 y el 40 % mediante un acuerdo internacional eficaz.

Los esfuerzos de la Comunidad por dar respuesta a los retos que plantea el cambio climático serán de distintos tipos:

Naturaleza y biodiversidad

El objetivo señalado por la Comunicación en este ámbito es proteger y restaurar la estructura y el funcionamiento de los sistemas naturales, poniendo fin al empobrecimiento de la biodiversidad en la Unión Europea y en el mundo.

Las acciones propuestas con el fin de alcanzar dicho objetivo son las siguientes:

Medio ambiente y salud

El objetivo señalado por la Comunicación en este ámbito es alcanzar una calidad del medio ambiente que contribuya a garantizar la salud pública.

La Comunicación propone:

Gestión de los recursos naturales y de los residuos

El objetivo es velar por que el consumo de los recursos renovables y no renovables no supere el umbral de lo soportable por el medio ambiente mediante la disociación de crecimiento económico y utilización de recursos, la mejora de la eficacia de la segunda y la reducción de la producción de residuos. Por lo que se refiere a los residuos, el objetivo específico es reducir su cantidad final en un 20 % de aquí a 2010 y en un 50 % para 2050.

Las acciones que se deben emprender son las siguientes:

Estrategias temáticas

El Programa de Acción prevé la adopción de siete estrategias temáticas referidas a contaminación atmosférica, medio marino, uso sostenible de los recursos, prevención y reciclado de residuos, uso sostenible de los plaguicidas, protección de los suelos y medio ambiente urbano.

Estas estrategias se apoyan en un enfoque global, temático, más que en determinados contaminantes o tipos de actividad económica, como ocurría antes. Fijan objetivos a largo plazo, fundamentados en la evaluación de los problemas de medio ambiente y en la búsqueda de una sinergia entre las diferentes estrategias y con los objetivos de crecimiento y empleo de la estrategia de Lisboa. Constituyen igualmente una ocasión para simplificar y aclarar la legislación existente.

El contexto internacional

La integración de las cuestiones medioambientales en todos los ámbitos de las relaciones exteriores de la Unión Europea es un objetivo del Sexto Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente. En él se tiene en cuenta la perspectiva de la ampliación de la Unión Europea y se sugiere que se lleve a cabo una amplia consulta de las administraciones de los países candidatos sobre el desarrollo sostenible y se establezca una estrecha cooperación con las ONG y las empresas de dichos países. Se insta a la aplicación de los convenios internacionales en materia de medio ambiente.

Una base científica sólida

El Sexto Programa propone un nuevo enfoque para elaborar las medidas medioambientales, con el fin de que las partes afectadas y el público en general participen en mayor medida en su aplicación. Este enfoque incluye un amplio diálogo y la participación de la industria, de las ONG y de las autoridades públicas.

El Programa se basará en mayor medida en análisis científicos y económicos, así como en indicadores medioambientales. Para ello, la Comisión trabajará en estrecha colaboración con la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA).

ACTOS CONEXOS

Decisión nº 1600/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente [Diario Oficial L 242 de 10.9.2002].

Esta Decisión establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente. En ella se recogen los objetivos, plazos y prioridades, los principales ejes del enfoque estratégico y los cuatro ámbitos de acción tal y como se describen en la Comunicación sobre Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente «Medio ambiente 2010: nuestro futuro está en nuestras manos». Se deberán poner en marcha iniciativas dentro de cada ámbito de acción en un plazo máximo de cuatro años a partir de la adopción de la Decisión.

La Comisión presentará informes de evaluación al Parlamento Europeo y al Consejo durante el cuarto año de aplicación del Programa y al final del mismo.

Última modificación: 01.09.2011