Modificación de las caras nacionales de las monedas en euros

La presente Recomendación de la Comisión establece normas comunes para la modificación de las caras nacionales de las monedas en euros. A partir de 2004, los Estados miembros pueden emitir monedas conmemorativas de 2 euros en honor de personalidades o para celebrar acontecimientos destacados. La moratoria para las caras nacionales normales se mantiene hasta 2008.

ACTO

Recomendación 2003/734/CE de la Comisión, de 29 de septiembre de 2003, sobre un procedimiento común para la modificación del diseño de la cara nacional en el anverso de las monedas en euros destinadas a la circulación.

SÍNTESIS

La presente Recomendación, elaborada en estrecha cooperación con los Estados miembros, define un marco común para la modificación de las caras nacionales de las monedas en euros destinadas a la circulación, tanto en las monedas normales como en las conmemorativas.

Prohibición de modificar la cara nacional de las monedas en euros antes de finalizar 2008

La Comisión recomienda no modificar la cara nacional de las monedas en euros normales, destinadas a la circulación, antes de finalizar 2008. Se exceptúan los casos de cambio del jefe del Estado representado en una moneda.

En una Comunicación de 28 de diciembre de 2006 titulada «Cinco años de billetes y monedas en euros» (pdf), la Comisión reafirma la coherencia visual del euro.

Autorización de emitir monedas conmemorativas a partir de 2004

El 23 de noviembre de 1998, el Consejo decidió que «durante los primeros años tras la puesta en circulación de los nuevos billetes y monedas no se podrían realizar emisiones de monedas conmemorativas destinadas a la circulación». La Comisión recomendó la emisión de monedas conmemorativas a partir de 2004. El Consejo de 8 de diciembre de 2003 acogió favorablemente dicha Recomendación de la Comisión (véase el apartado de «Actos conexos»).

Así pues, a partir de 2004, los Estados miembros pueden emitir monedas en euros conmemorativas destinadas a la circulación y de curso legal en todos los Estados miembros de la zona del euro. La emisión de estas monedas tiene que cumplir determinadas condiciones:

- el 0,1 % del número total de las monedas de 2 euros puestas en circulación por todos los Estados miembros de la zona del euro. Este límite máximo puede aumentarse al 2,0 % si se trata de un acontecimiento altamente simbólico. En este caso el Estado emisor deberá abstenerse de emitir una moneda conmemorativa similar durante un período de cuatro años;

- el 5,0 % del número total de las monedas de 2 euros puestas en circulación por el Estado emisor.

El diseño de las caras nacionales conmemorativas está supeditado a determinadas condiciones, en particular:

La Comisión debe ser informada de toda modificación al menos seis meses antes de la emisión de las monedas. El Comité Económico y Financiero ha de aprobar todas las emisiones de monedas conmemorativas destinadas a la circulación cuyo volumen de emisión previsto sea superior al límite del 0,1 % antes mencionado. Toda la información pertinente sobre los nuevos diseños debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Aplicación de la práctica común en los acuerdos monetarios

La Comunidad ha celebrado acuerdos monetarios con el Principado de Mónaco, la República de San Marino y el Estado de la Ciudad del Vaticano (EN). Basándose en dichos acuerdos, estos Estados pueden emitir determinadas cantidades de monedas en euros destinadas a la circulación. Por ello, la práctica común debe aplicarse también a las monedas emitidas por estos países.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Recomendación de la Comisión 2003/734/CE

1.1.2004

-

DO L 264 de 15.10.2003

ACTOS CONEXOS

Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 8 de diciembre de 2003 [no publicadas en el Diario Oficial].

En sus conclusiones (pdf) (FR), el Consejo acoge favorablemente las recomendaciones de la Comisión presentadas el 29 de septiembre de 2003. En particular, el Consejo expresa su acuerdo sobre los puntos siguientes:

Monedas conmemorativas por orden cronológico

Grecia - Juegos Olímpicos de Atenas de 2004 [Diario Oficial C 91 de 15.4.2004].

Finlandia - Ampliación de la Unión Europea a diez nuevos Estados miembros [Diario Oficial C 243 de 30.9.2004].

Luxemburgo - Gran Duque Enrique [Diario Oficial C 243 de 30.9.2004].

República de San Marino - Bartolomeo Borghesi [Diario Oficial C 298 de 3.12.2004].

Italia - Quincuagésimo aniversario del Programa Mundial de Alimentos [Diario Oficial C 313 de 18.12.2004].

Estado de la Ciudad del Vaticano - Septuagésimo quinto aniversario de la fundación del Estado de la Ciudad del Vaticano [Diario Oficial C 321 de 28.12.2004].

Luxemburgo - Quincuagésimo aniversario del Gran Duque Enrique, quinto aniversario de su acceso al trono y centenario de la muerte del Gran Duque Adolfo [Diario Oficial C 11 de 15.1.2005].

Bélgica - Unión Económica Belgo-Luxemburguesa [Diario Oficial C 61 de 11.3.2005].

Austria - Quincuagésimo aniversario del Tratado de Estado de Austria [Diario Oficial C 61 de 11.3.2005].

España - IV Centenario de la primera edición de «Don Quijote de la Mancha» [Diario Oficial C 131 de 28.5.2005].

República de San Marino - 2005, Año Mundial de la Física [Diario Oficial C 244 de 4.10.2005].

Finlandia - Sexagésimo aniversario de las Naciones Unidas y quincuagésimo aniversario de la adhesión de Finlandia a esta Organización [Diario Oficial C 244 de 4.10.2005].

Italia - Primer aniversario de la firma de la Constitución Europea [Diario Oficial C 283 de 16.11.2005].

Estado de la Ciudad del Vaticano - Vigésimo Día Mundial de la Juventud, celebrado en Colonia en agosto de 2005 [Diario Oficial C 283 de 16.11.2005].

Luxemburgo - Vigésimo quinto aniversario del heredero del trono, el Gran Duque Guillermo [Diario Oficial C 20 de 27.1.2006].

Alemania - Schleswig-Holstein [Diario Oficial C 33 de 9.2.2006].

Italia - Vigésimos Juegos Olímpicos de Invierno [Diario Oficial C 33 de 9.2.2006].

Bélgica - Atomium [Diario Oficial C 53 de 3.3.2006].

Finlandia - Centenario del sufragio universal e igualitario [Diario Oficial C 248 de 14.10.2006].

República de San Marino - V Centenario de la muerte de Cristóbal Colón [Diario Oficial C 248 de 14.10.2006].

Estado de la Ciudad del Vaticano - V Centenario de la Guardia Suiza Pontificia [Diario Oficial C 260 de 28.10.2006].

Alemania, Austria, Bélgica, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal - 50 Aniversario de la firma del Tratado de Roma [Diario Oficial C 65 de 21.3.2007].

Alemania - Meclemburgo-Pomerania Occidental [Diario Oficial C 76 de 4.4.2007].

Mónaco - Vigésimo quinto aniversario de la muerte de la Princesa Grace [Diario Oficial C 172 de 25.7.2007].

República de San Marino - Bicentenario del nacimiento de Giuseppe Garibaldi [Diario Oficial C 233 de 5.10.2007].

Estado de la Ciudad del Vaticano - Octogésimo aniversario del Papa Benedicto XVI [Diario Oficial C 233 de 5.10.2007].

Alemania - Hamburgo [Diario Oficial C 13 de 18.1.2008].

Italia - 60º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos [Diario Oficial C 89 de 10.4.2008].

República de San Marino - 2008, Año Europeo del Diálogo Intercultural [Diario Oficial C 89 de 10.4.2008].

Eslovenia - 500º aniversario del nacimiento de Primoz Trubar [Diario Oficial C 125 de 22.5.2008].

Bélgica - 60º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos [Diario Oficial C 125 de 22.5.2008].

See also

Para más información, consúltense:

Última modificación: 28.05.2008