Programa Marco Polo II

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1692/2006 por el que se establece el programa Marco Polo II para la concesión de ayuda financiera comunitaria a fin de mejorar el comportamiento medioambiental del sistema de transporte de mercancías

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Acciones elegibles

Podían optar a financiación las acciones que se mencionan a continuación.

Criterios de selección de las propuestas presentadas

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Intermodalidad: La intermodalidad, también denominada multimodalidad, es un indicador de la calidad del nivel de integración entre diferentes modos de transporte. Una mayor intermodalidad supone mayores niveles de integración y complementariedad entre modos, lo que da margen para un uso más eficiente del sistema de transporte.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 1692/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por el que se establece el segundo programa Marco Polo para la concesión de ayuda financiera comunitaria a fin de mejorar el comportamiento medioambiental del sistema de transporte de mercancías (Marco Polo II) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1382/2003 (DO L 328 de 24.11.2006, pp. 1-13).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1692/2006 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — El programa Marco Polo: resultados y perspectivas (COM(2013) 278 final, 14.5.2013).

última actualización 10.08.2020