Transporte fluvial seguro y eficiente: servicios de información fluvial

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2005/44/CE relativa a los servicios de información fluvial (SIF) armonizados en las vías navegables interiores de la UE

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

Establece las normas sobre el uso de los Servicios de Información Fluvial (SIF)* armonizados. Estas normas están diseñadas para garantizar la seguridad, la eficiencia y el respeto del medio ambiente de las vías navegables interiores de la Unión Europea (UE) y se aplican a los canales, ríos, lagos y puertos capaces de albergar buques de entre 1 000 y 1 500 toneladas.

PUNTOS CLAVE

Programa de acción

En 2006, la Comisión presentó una comunicación sobre un programa de acción integrado de la UE para el transporte por vía navegable. Conocido como Naiades (Acción y Desarrollo para la Navegación y las Vías Navegables en Europa), el programa se actualizó en 2013 (Naiades II) y estableció objetivos específicos hasta 2020. La Comunicación sobre Naiades II de la Comisión tiene como objetivo crear las condiciones para el transporte de navegación por vía navegable para convertirse en un modo de transporte de calidad.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 20 de octubre de 2005 y los países de la UE tuvieron que incorporarla en la legislación nacional antes del 20 de octubre de 2007.

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

* Servicios de Información Fluvial (SIF): apoyan la gestión del tráfico y el transporte de navegación interior y, cuando es posible, la coordinación con otras formas de transporte.

ACTO

Directiva 2005/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a los servicios de información fluvial (SIF) armonizados en las vías navegables interiores de la Comunidad (DO L 255 de 30.9.2005, pp. 152-159)

Las modificaciones y correcciones sucesivas a la Directiva 2005/44/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 25.07.2016