Normas para fomentar el transporte interior por vía navegable en la Unión Europea

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Reglamento (CE) n.o 718/1999 relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable

Reglamento (CE) n.o 181/2008 por el que se establecen determinadas medidas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 718/1999 relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable

Reglamento (UE) n.o 546/2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 718/1999 relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS REGLAMENTOS?

PUNTOS CLAVE

Reglamento (CE) n.o 718/1999

Reglamento (CE) n.o 181/2008

El Reglamento (CE) n.o 181/2008 establece disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 718/1999. Establece el tipo de contribuciones especiales a que se refiere el Reglamento (CE) n.o 718/1999 (artículo 7), los coeficientes de la norma viejo por nuevo y las modalidades prácticas para la ejecución de la política de capacidad de las flotas comunitarias.

Reglamento de modificación (UE) n.o 546/2014

En virtud del Reglamento de modificación (UE) n.o 546/2014, se amplió el ámbito de aplicación de las medidas recogidas en el Reglamento (CE) n.o 718/1999. Las medidas incluyen:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR LOS REGLAMENTOS?

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Barcos de carga seca: barcos que transportan carga seca (por ejemplo, cereales).
Barcos cisterna: barcos que transportan carga húmeda (por ejemplo, petróleo).
Empujadores: barcos que sirven para empujar otros barcos (por ejemplo, gabarras) pero que no llevan carga.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Reglamento (CE) n.o 718/1999 del Consejo, de 29 de marzo de 1999, relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable (DO L 90 de 2.4.1999, pp. 1-5).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (CE) n.o 718/1999 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Reglamento (CE) n.o 181/2008 de la Comisión, de 28 de febrero de 2008, por el que se establecen determinadas medidas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 718/1999 del Consejo relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable (DO L 56 de 29.2.2008, pp. 8-12).

Reglamento (UE) n.o 546/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 718/1999 del Consejo relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable (DO L 163 de 29.5.2014, pp. 15-17).

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 96/75/CE del Consejo, de 19 de noviembre de 1996, relativa a los sistemas de fletamentos y de fijación de precios en el sector de los transportes nacionales e internacionales de mercancías por vía navegable en la Comunidad (DO L 304 de 27.11.1996, pp. 12-14).

Véase la versión consolidada.

última actualización 02.10.2020