Servicios de telecomunicaciones asequibles: derechos de los usuarios

La Unión Europea (UE) quiere garantizar la disponibilidad de un conjunto mínimo de servicios de comunicaciones electrónicas de buena calidad a todos los usuarios a un precio asequible con una distorsión mínima del mercado.

ACTO

Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas («Directiva de servicio universal»).

SÍNTESIS

La Unión Europea (UE) quiere garantizar la disponibilidad de un conjunto mínimo de servicios de comunicaciones electrónicas de buena calidad a todos los usuarios a un precio asequible con una distorsión mínima del mercado.

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

La « Directiva de servicio universal » garantiza normas específicas para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas dentro de la UE. En este contexto, establece:

PUNTOS CLAVE

Obligaciones de servicio universal

Los países de la UE velarán por que:

Para compensar a los prestadores de servicios por los costes netos en los que incurren como consecuencia de la prestación del servicio universal (que no siempre es rentable), los países de la UE podrán introducir mecanismos compensatorios.

Intereses y derechos de los usuarios

Los consumidores deberán recibir información que les permita entender los servicios a los que se abonan. Los contratos deberán: a) proporcionar información relativa a las normas mínimas de calidad de servicio, así como sobre los mecanismos de indemnización y reembolso en caso de no alcanzar dichos niveles, b) mencionar el derecho a figurar en las guías telefónicas a disposición de los abonados, c) contener información clara sobre los criterios para optar a las ofertas promocionales.

Además, la Directiva reconoce:

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA DIRECTIVA?

A partir del 24 de febrero de 2002.

ANTECEDENTES

La Directiva forma parte del paquete de reformas de las telecomunicaciones en la UE, que contiene otras cuatro directivas (la « Directiva marco », la « Directiva de acceso », la « Directiva de autorización » y la « Directiva de intimidad y comunicaciones electrónicas »), así como el Reglamento por el que se establece el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE).

Para obtener más información, véase el sitio web de la Comisión Europea, así como el sitio web«Tu Europa» .

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2002/22/CE

24.4.2002

24.7.2003

DO L 108, 24.4.2002, pp. 51-77

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2009/136/CE

19.12.2009

25.5.2011

DO L 337, 18.12.2009, pp. 11-36

Corrección de errores de la Directiva 2009/136/CE

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DO L 241, 10.9.2013, p. 9

última actualización 22.09.2015