Emisores de valores: información más transparente

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2004/109/CE sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Información periódica en materia de finanzas y sostenibilidad

Notificación de participaciones importantes en derechos de voto

Informe sobre los pagos realizados a gobiernos

La Directiva exige a las empresas con valores admitidos a negociación en un mercado regulado que tienen actividades en las industrias extractivas (petróleo, gas y minerales) y de explotación del bosque primario a declarar los pagos realizados a las administraciones públicas en los Estados miembros en los que operan, en un informe específico, con periodicidad anual.

Divulgación de información adicional

Difusión, almacenamiento y acceso a información regulada

Países de fuera de la UE

Cuando el domicilio social de un emisor esté situado en un país de fuera de la UE, podrá elegir entre los Estados miembros en los que sus valores estén admitidos a cotización en un mercado regulado. La autoridad competente del Estado miembro que elija puede permitir que dicho emisor siga sus normas nacionales (como las normas relativas a la información periódica y otra información que debe divulgarse) siempre que la legislación del país de fuera de la UE en cuestión establezca requisitos equivalentes a los de la UE. La autoridad competente debe, a continuación, informar a la AEVM de cualquier exención concedida.

Supervisión de los informes sobre sostenibilidad

La AEVM debe publicar directrices acerca de la supervisión de los informes sobre sostenibilidad por parte de las autoridades nacionales competentes, previa consulta a la Agencia Europea de Medio Ambiente y a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Actos de ejecución y delegados

La Comisión Europea ha adoptado varios actos de ejecución y actos delegados en relación con la Directiva 2004/109/CE.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

Esta Directiva debía transponerse a la legislación nacional a más tardar el 20 de enero de 2007.

La Directiva 2004/109/CE fue modificada por última vez por la Directiva (UE) 2022/2464, que debe transponerse a más tardar el 6 de julio de 2024.

Su aplicación se desarrollará en tres fases:

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado y por la que se modifica la Directiva 2001/34/CE (DO L 390 de 31.12.2004, pp. 38-57).

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 2004/109/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) 2019/815 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2018, por el que se completa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la especificación de un formato electrónico único de presentación de información (DO L 143 de 29.5.2019, pp. 1-792).

Véase la versión consolidada.

Reglamento Delegado (UE) 2016/1437 de la Comisión, de 19 de mayo de 2016, por el que se complementa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en materia de acceso a información regulada a nivel de la Unión (DO L 234 de 31.8.2016, pp. 1-7).

Reglamento Delegado (UE) 2015/761 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2014, por el que se completa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas normas técnicas de regulación sobre participaciones importantes (DO L 120 de 13.5.2015, pp. 2-5).

Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, pp. 84-119).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (CE) n.o 1569/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establece un mecanismo para la determinación de la equivalencia de las normas de contabilidad aplicadas por emisores de valores de terceros países, con arreglo a las Directivas 2003/71/CE y 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 340 de 22.12.2007, pp. 66-68).

Véase la versión consolidada.

Recomendación 2007/657/CE de la Comisión, de 11 de octubre de 2007, sobre la red electrónica de mecanismos oficialmente designados para el almacenamiento central de la información regulada a la que se refiere la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 267 de 12.10.2007, pp. 16-22).

Directiva 2007/14/CE de la Comisión, de 8 de marzo de 2007, por la que se establecen disposiciones de aplicación de determinadas prescripciones de la Directiva 2004/109/CE sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado (DO L 69 de 9.3.2007, pp. 27-36).

Véase la versión consolidada.

última actualización 20.11.2023