Comercio internacional de productos químicos peligrosos (Convenio de Rotterdam)

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Convenio de Rotterdam

Decisión 2003/106/CE sobre la aprobación del Convenio de Rotterdam

Decisión 2006/730/CE sobre la celebración del Convenio de Rotterdam

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE CONVENIO Y DE ESTAS DECISIONES?

PUNTOS CLAVE

El Convenio:

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

El Convenio entró en vigor el 24 de febrero de 2004.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (DO L 63 de 6.3.2003, pp. 29-47).

Decisión 2003/106/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (DO L 63 de 6.3.2003, pp. 27-28).

Decisión 2006/730/CE del Consejo, de 25 de septiembre de 2006, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (DO L 299 de 28.10.2006, pp. 23-25).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) n.o 649/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos (DO L 201 de 27.7.2012, pp. 60-106).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 649/2012 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 06.08.2020