Seguridad de los productos: normas generales
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Directiva 2001/95/CE relativa a la seguridad general de los productos
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?
La Directiva, también conocida como la Directiva sobre la Seguridad General de los Productos (DSGP), requiere que las empresas se aseguren de que los artículos en venta sean seguros y que se tomen las medidas correctivas cuando se constate que no es tal el caso.
Introduce un sistema de alerta rápida de la UE para productos* no alimenticios peligrosos. Exige que las empresas garanticen que los artículos a la venta sean seguros y que adopten medidas correctivas cuando se constate que no es ese el caso.
PUNTOS CLAVE
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Los productos puestos en el mercado de la UE deben ser seguros.
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Deben llevar información que permita localizarlos, como la identidad del fabricante y la referencia del producto. Si fuera necesario para un uso seguro, los productos deberán ir acompañados de avisos e información sobre cualquier riesgo inherente.
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Un producto se considerará seguro si cumple los requisitos nacionales específicos o las normas de la UE. En ausencia tanto de requisitos como de normas, la evaluación de la seguridad deberá basarse en:
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las directrices de la Comisión,
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las mejores prácticas del sector correspondiente,
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el estado actual de los conocimientos y de la técnica,
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la seguridad que puedan esperar razonablemente los consumidores.
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Las autoridades nacionales competentes disponen de los poderes para controlar la seguridad de los productos y adoptar las medidas apropiadas contra los artículos peligrosos.
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Un sistema de intercambio rápido de información gestionado por la Comisión permite que las autoridades nacionales alerten rápidamente a sus homólogas sobre cualquier producto que entrañe un riesgo grave para la salud y la seguridad. La Decisión de Ejecución (UE) 2019/417 establece directrices para la gestión del Sistema de Intercambio Rápido de Información de la UE (RAPEX), creado en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos, y su sistema de notificación Los alimentos, productos farmacéuticos y dispositivos médicoscuentan con sus propias disposiciones.
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Al utilizar el sistema de alerta rápida, las autoridades nacionales deberán proporcionar información que identifique el artículo y su disponibilidad en otros sitios de Europa, detalles sobre los riesgos que presenta y cualquier acción que se haya tomado para proteger al público.
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La Comisión puede tomar medidas rápidas a escala de la UE por un período de hasta un año (renovable) si un producto presenta un riesgo grave.
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Esta legislación no es aplicable a las antigüedades ni a los productos para ser reparados o reacondicionados.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
Está en vigor desde el 15 de enero de 2002 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 15 de enero de 2004.
ANTECEDENTES
Para obtener más información, véase:
TÉRMINOS CLAVE
Producto: todo artículo destinado a la venta al consumidor o que pueda ser usado por el consumidor, ya sea nuevo, usado o reacondicionado.
DOCUMENTO PRINCIPAL
Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos (DO L 11 de 15.1.2002, pp. 4-17).
Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2001/95/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
DOCUMENTOS CONEXOS
Decisión de Ejecución (UE) 2019/417 de la Comisión de 8 de noviembre de 2018 por la que se establecen directrices para la gestión del Sistema de Intercambio Rápido de Información de la Unión Europea «RAPEX», creado en virtud del artículo 12 de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos, y su sistema de notificación (DO L 73 de 15.3.2019, pp. 121-187).
Decisión 2010/15/UE de la Comisión, de 16 de diciembre de 2009, por la que se establecen directrices para la gestión del Sistema Comunitario de Intercambio Rápido de Información RAPEX, creado en virtud del artículo 12 de la Directiva 2001/95/CE (Directiva sobre seguridad general de los productos) y del procedimiento de notificación establecido en el artículo 11 de esa misma Directiva (DO L 22 de 26.1.2010, pp. 1-64).
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la seguridad general de los productos (DO C 38 de 17.2.2009, pp. 11-14).
Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos [COM(2008) 905 final de 14.1.2009].
última actualización 14.09.2015