Zumos de frutas y otros productos similares

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2001/112/CE relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece normas específicas relativas a la composición de los zumos de frutas, sus denominaciones reservadas, sus características de fabricación y su etiquetado.

PUNTOS CLAVE

Zumos de frutas

Los productos que quedan cubiertos por esta Directiva son:

Estos productos se definen sobre la base de su composición y de sus procesos de preparación, a fin de favorecer un uso comercial correcto y no engañoso para los consumidores de sus denominaciones. Además, la Directiva define algunas denominaciones particulares (tradicionales) utilizadas en determinados países y en determinadas lenguas.

Etiquetado

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 12 de enero de 2002 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la Unión Europea (UE) a más tardar el 11 de julio de 2003.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2001/112/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2001, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana (DO L 10 de 12.1.2002, pp. 58-66).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2001/112/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) n.o 1040/2014 de la Comisión, de 25 de julio de 2014, que modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana con el fin de adaptar su anexo I al progreso técnico (DO L 288 de 2.10.2014, pp. 1-2).

última actualización 29.05.2020