Vehículos de motor y remolques: neumáticos (hasta 2017)
La Unión Europea armoniza los procedimientos nacionales de homologación de neumáticos y de instalación de éstos en los vehículos de motor y sus remolques.
ACTO
Directiva 92/23/CEE del Consejo, de 31 de marzo de 1992, relativa a los neumáticos de los vehículos de motor y de sus remolques [Véanse los actos modificativos].
SÍNTESIS
La directiva se aplica a los neumáticos de origen y de repuesto de los vehículos de motor de la categoría M1 (vehículos de motor destinados al transporte de personas con ocho plazas de asiento máximo además de la del conductor) y de los remolques definidos en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de la legislación de los Estados miembros que trata de la homologación de los vehículos a motor y sus remolques.
La directiva abarca, por una parte, las prescripciones técnicas de fabricación y prueba de los neumáticos de los automóviles particulares y de sus remolques y, por otra parte, los requisitos de instalación de los neumáticos en los vehículos.
La nueva directiva 2001/43/CEE tiene por objeto conciliar los requisitos de seguridad con la necesidad de limitar el ruido producido por el contacto de los neumáticos con el firme de la calzada.
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 92/23/CEE |
29.4.1992 |
30.6.1992 |
DO L 129 du 14.5.1992 |
Acto(s) modificativo(s) |
Entrada en vigor |
Transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 2001/43/CE |
4.8.2001 |
4.8.2002 |
JO L 211 de 4.8.2001 |
Directiva 2005/11/CE |
9.3.2005 |
31.12.2005 |
DO L 046 de 17.2.2005 |
Última modificación: 13.07.2005