Proceso europeo de escasa cuantía – normas que rigen los litigios transfronterizos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 861/2007 por el que se crea un proceso europeo de escasa cuantía

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

La legislación:

El proceso dispone que:

Las costas deben:

La parte perdedora soportará las costas del proceso y no se pagarán a la parte ganadora si se han generado innecesariamente o no guardan proporción con el valor de la demanda.

Es posible recurrir la sentencia, si así lo prevé la legislación nacional del órgano jurisdiccional.

La revisión de la sentencia:

Las sentencias:

La ejecución de las sentencias se rige por la legislación del país de ejecución.

Los países de la UE:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTOS REGLAMENTOS?

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

Transfronterizo: al menos una de las partes está domiciliada o tiene su residencia en un país de la UE distinto de aquel en el que se encuentre el órgano jurisdiccional competente.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía (DO L 199 de 31.7.2007, pp. 1-22).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 861/2007 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (CE) n.o 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo (DO L 399 de 30.12.2006, pp. 1-32).

Véase la versión consolidada.

última actualización 05.05.2020