Protección del euro contra la falsificación: Europol

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión 2005/511/JAI designación de Europol como organismo central para la lucha contra la falsificación del euro

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

Designa a Europol como organismo central para la lucha contra la falsificación del euro con objeto de aplicar eficazmente el Convenio internacional de Ginebra para la represión de la falsificación de moneda de 1929 (Convenio de Ginebra) y reforzar la cooperación entre los países de la Unión Europea (UE), por una parte, y entre los países de la UE, Europol y países de fuera de la UE, por otra.

PUNTOS CLAVE

La UE refuerza la cooperación entre los países de la UE y entre los países de la UE y Europol con el fin de proteger el euro contra la falsificación a escala mundial. Los países de fuera de la UE necesitan un punto de contacto centralizado para toda la información referente a euros falsos. Toda esta información debe reunirse para su análisis en Europol, que actuará como oficina central para la lucha contra la falsificación del euro en el sentido del Convenio Ginebra.

Papel de Europol

Aplicación eficaz del Convenio de Ginebra de 1929

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 16 de julio de 2005.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión 2005/511/JAI del Consejo, de 12 de julio de 2005, relativa a la protección del euro contra la falsificación mediante la designación de Europol como organismo central para la lucha contra la falsificación del euro (DO L 185 de 16.7.2005, pp. 35-36)

última actualización 23.03.2017