Instrumento de financiación para la promoción de la democracia y los derechos humanos en el mundo (2007-2013)

El presente Reglamento establece un instrumento europeo para la democracia y los derechos humanos con el fin de contribuir al desarrollo y la consolidación de la democracia y del Estado de Derecho así como al respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

ACTO

Reglamento (CE) nº 1889/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 por el que se establece un instrumento de financiación para la promoción de la democracia y de los derechos humanos a escala mundial.

SÍNTESIS

El presente Reglamento establece un instrumento financiero orientado a promover la democracia y los derechos humanos en los terceros países, y remplaza a la anterior Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH).

Características del instrumento

La ayuda facilitada en el marco de este instrumento tiene por objetivos:

A fin de conseguir estos objetivos, la ayuda comunitaria apoya las siguientes actuaciones:

Con el fin de garantizar la coherencia y eficacia de la ayuda, la Comisión garantiza una estrecha coordinación entre sus propias actividades y las de los Estados miembros. Además, la ayuda contemplada en el Reglamento es coherente con la política comunitaria de cooperación al desarrollo y con la política exterior y de seguridad de la Unión Europea en su conjunto. Debe también completar la ayuda facilitada en los instrumentos comunitarios de ayuda exterior y en el acuerdo de asociación con los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP).

Gestión y aplicación

En virtud de lo dispuesto en el presente Reglamento, la ayuda se aplica mediante:

Las entidades que pueden beneficiarse de una financiación son las siguientes:

Otros organismos o actores pueden recibir excepcionalmente financiación si ello resulta necesario para la consecución de los objetivos del presente Reglamento.

La ayuda proporcionada en virtud del presente Reglamento puede adoptar las siguientes formas:

La participación en la adjudicación de contratos de adquisición o subvención financiados conforme al presente Reglamento estará abierta, entre otros, a todas las personas físicas que sean nacionales de (o a las personas jurídicas que se establezcan en) un Estado miembro de la Comunidad, en un país en vías de adhesión o candidato oficial reconocido por la Comunidad Europea o en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo, un país en desarrollo (según lo especificado por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (EN) (FR)); y a las organizaciones internacionales.

La Comisión estará asistida por un Comité de Democracia y Derechos Humanos.

La Comisión presentará en un informe anual los avances realizados en la aplicación de las medidas de ayuda adoptadas en el marco de este Reglamento.

El instrumento cuenta con un presupuesto de 1104 millones de euros para el período 2007-2013.

Referencias

Acto

Entrada en vigor – Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CE) nº 1889/2006

30.12.2006 – 31.12.2013

-

DO L 386 de 29.12.2006

ACTOS CONEXOS

Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2009 que modifica el Reglamento (CE) nº 1905/2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo y se modifica el Reglamento (CE) nº 1889/2006 por el que se establece un instrumento financiero para la promoción de la democracia y de los derechos humanos a escala mundial [COM(2009) 194 final - no publicada en el Diario Oficial].

Es preciso mejorar la correcta ejecución de los programas y proyectos financiados con el instrumento para la promoción de la democracia y de los derechos humanos. Por este motivo, el Parlamento y el Consejo proponen suavizar los criterios de aptitud para la financiación en lo que respecta a los costes relativos a los impuestos, derechos o gravámenes que deben pagar los países beneficiarios del instrumento. De hecho, no existen mecanismos de exención fiscal o de devolución de los impuestos en todos los Estados implicados, lo que supone un obstáculo para los participantes en el programa.

Procedimiento de codecisión: (COD/2009/0060)

Última modificación: 15.10.2009