Intercambio de datos con Interpol

Los pasaportes expedidos y vírgenes robados, extraviados o desviados se utilizan para eludir la ley y cometer actos ilícitos que pueden poner en peligro la seguridad de la Unión y de sus Estados miembros. La presente posición común pretende prevenir y combatir la delincuencia organizada de gran envergadura, incluido el terrorismo, a través de la cooperación entre los servicios policiales de los Estados miembros y entre estos servicios y sus homólogos de países terceros mediante el intercambio de datos sobre pasaportes con Interpol.

ACTO

Posición común 2005/69/JAI del Consejo, de 24 de enero de 2005, relativa al intercambio de determinados datos con Interpol.

SÍNTESIS

Uno de los objetivos de la Unión Europea (UE) es ofrecer a los ciudadanos un elevado nivel de protección, por lo que resulta necesario reforzar la cooperación entre los servicios policiales de la Unión. Los pasaportes expedidos y vírgenes robados, extraviados o desviados se utilizan para eludir la ley y cometer actos ilícitos que ponen en peligro la seguridad de la Unión.

Para luchar contra la delincuencia organizada e internacional y contra el terrorismo, la posición común responde a la exigencia de establecer un sistema integrado de intercambio de información sobre los pasaportes robados y extraviados basándose en el sistema de información Schengen (SIS) y la base de datos STD de Interpol.

Interpol (EN) es la Organización Internacional de Policía de la que forman parte todos los Estados miembros. La Interpol recibe, almacena y difunde datos para ayudar a los servicios policiales a prevenir y combatir la delincuencia internacional. Su base de datos sobre documentos de viaje robados permite a los miembros de Interpol compartir datos sobre los pasaportes robados y extraviados.

Esta posición común obliga a los servicios policiales competentes de los Estados miembros a intercambiar determinados datos no nominativos relativos a pasaportes robados o extraviados con los otros Estados miembros de Interpol, mediante el banco de datos sobre documentos de viaje robados. Interpol garantiza un nivel de protección adecuado de los datos de carácter personal así como el respeto de las libertades y derechos fundamentales relativos a su tratamiento automático.

Cada Estado miembro puede decidir con Interpol las modalidades de intercambio del conjunto de datos relativos a los pasaportes. Estos datos figuran en la respectiva base de datos nacional apropiada o en la del SIS, si dicho Estado miembro participa en ella.

En diciembre de 2005, a más tardar, la Comisión presentará un informe al Consejo sobre la aplicación de la posición común. El Consejo evaluará en qué medida los Estados miembros se ajustan a la posición común y adoptará las medidas necesarias.

Términos clave del acto

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Posición común 2005/69/JAI del Consejo

-

-

DO L 27 de 29.1.2005

ACTOS CONEXOS

Informe de la Comisión sobre la aplicación de la posición común 2005/69/JAI del Consejo [COM (2006) 167].

Tal como se prevé en la posición común, la Comisión presenta su informe sobre la aplicación de la posición común en los Estados miembros. De los 25 Estados miembros, 18 participan en la base de datos STD de Interpol sobre documentos robados y transmiten a esta base los datos relativos a los documentos de viaje perdidos o robados. Sin embargo, las cifras de Interpol indican que aunque la UE es el más importante proveedor de información para la base de datos sobre documentos de viaje, sólo efectúa una pequeña parte de las investigaciones. Por consiguiente, el informe invita a los Estados miembros a tener una actitud más activa, fomentando la utilización de la base de datos de Interpol por los agentes de los servicios policiales.

última actualización 27.04.2007