Comercialización de animales y productos de la acuicultura

La Unión Europea establece un marco de control seguro para la comercialización y la importación de animales y productos de la acuicultura. Dicho marco se basa principalmente en la autorización de zonas indemnes de las enfermedades y en la clasificación de las enfermedades por tipos a los que se aplican normas sanitarias diferentes.

ACTO

Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

Esta Directiva establece un marco que permite la supresión de los obstáculos al comercio de animales de la acuicultura evitando al mismo tiempo la propagación de enfermedades contagiosas, en particular en las regiones de la Unión Europea que están indemnes de enfermedades.

El marco se basa en la definición de zonas o explotaciones indemnes de enfermedades endémicas graves y establece los criterios y los procedimientos para la concesión, el mantenimiento, la suspensión, el restablecimiento y la retirada de la autorización de dichas zonas o explotaciones.

Define, asimismo, los documentos necesarios para el desplazamiento en el interior de esas zonas: los animales y productos de la acuicultura deben ir acompañados de un documento de transporte y un certificado sanitario.

La Directiva establece, además, un régimen comunitario aplicable a las importaciones procedentes de terceros países a fin de salvaguardar la salud de los animales de acuicultura de los Estados miembros.

Las enfermedades y los animales a los que puede aplicarse dicho régimen se distribuyen en tres listas:

Esta Directiva queda derogada y se sustituirá, a partir del 1 de agosto de 2008, por la Directiva 2006/88/CE del Consejo (véase la sección de «Actos conexos»).

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Directiva 91/67/CEE

4.2.1991

1.1.1993

DO L 46 de 19.2.1991

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Directiva 93/54/CEE

-

30.6.1993

DO L 175 de 19.7.1993

Directiva 95/22/CE

31.10.1995

30.6.1996

DO L 243 de 11.10.1995

Directiva 97/79/CE

19.2.1998

30.6.1999

DO L 24 de 30.1.1998

Directiva 98/45/CE

3.7.1998

30.6.1999

DO L 189 de 3.7.1998

Reglamento (CE) n° 806/2003

5.6.2003

-

DO L 122 de 16.5.2003

ACTOS CONEXOS

Directiva 2006/88/CE del Consejo, de 24 octubre 2006, relativa a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, y a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos [Diario Oficial L 328 de 24.11.2006]. Esta Directiva prevé la derogación y la sustitución, a partir del 1 de agosto de 2008, de la normativa en vigor sobre las condiciones de policía sanitaria aplicables a los animales y los productos de la acuicultura, así como medidas de prevención y control de las enfermedades de los peces y moluscos. En efecto, esta legislación debe actualizarse para tomar en consideración la evolución del sector, la experiencia acumulada y los avances científicos, y para adaptarla a las normas y los acuerdos internacionales.

Decisión 2003/390/CE de la Comisión, de 23 de mayo de 2003, por la que se establecen condiciones específicas para la puesta en el mercado de especies de animales de acuicultura consideradas inmunes a ciertas enfermedades, así como de sus productos [Diario Oficial L 135 de 3.6.2003].

Decisión 1999/567/CE de la Comisión, de 27 de julio de 1999, por la que se establece el modelo de certificado al que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 91/67/CEE [Diario Oficial L 216 de 14.8.1999].

Véanse las nuevas normas del «paquete higiene».

See also

Si desea más información sobre este tema (zonas y explotaciones autorizadas, condiciones relativas a las importaciones, medidas de salvaguarda, etc.), consúltese el sitio Internet de la Comisión (EN).

Última modificación: 12.12.2007