Sistema de información aduanero (SIA)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 515/97 relativo a la asistencia mutua entre las autoridades administrativas de los Estados miembros y a la colaboración entre estas y la Comisión con objeto de asegurar la correcta aplicación de las reglamentaciones aduanera y agraria

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Protección de los datos

Fichero de identificación de los expedientes de investigaciones aduaneras

El fichero de identificación de los expedientes de investigaciones aduaneras (FIDE) es una parte específica del SIA que centraliza los expedientes referentes a las personas y a las empresas sospechosas o culpables de haber cometido infracciones.

Mejora de la gestión de riesgos y de la prevención y detección del fraude

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 13 de marzo de 1998.

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

Datos personales: cualquier información referente a una persona física, identificada o identificable (se considerará identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un número de identificación o uno o varios elementos específicos, característicos de su identidad física, fisiológica, psíquica, económica, cultural o social).
Análisis operativo: proceso de análisis de las operaciones que constituyen o parecen constituir infracciones, y que consta de varias fases, como por ejemplo la recopilación de información, la evaluación de su fiabilidad, su vinculación con otros datos, así como la formulación de recomendaciones destinadas a identificar a las personas o empresas implicadas y/o a detectar otras infracciones.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 515/97 del Consejo, de 13 de marzo de 1997, relativo a la asistencia mutua entre las autoridades administrativas de los Estados miembros y a la colaboración entre estas y la Comisión con objeto de asegurar la correcta aplicación de las reglamentaciones aduanera y agraria (DO L 82 de 22.3.1997, pp. 1-16).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 515/97 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) 2016/757 de la Comisión, de 3 de febrero de 2016, por el que se determinan aquellas operaciones relacionadas con la aplicación de reglamentos agrícolas que exigen la introducción de información en el Sistema de Información Aduanero (DO L 126 de 14.5.2016, pp. 1-2).

Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 89-131).

Véase la versión consolidada.

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/345 de la Comisión, de 10 de marzo de 2016, por el que se establecen la frecuencia de notificación de los mensajes de estado de los contenedores, el formato de los datos y el método de transmisión (DO L 65 de 11.3.2016, pp. 38-39).

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/346 de la Comisión, de 10 de marzo de 2016, por el que se determinan los elementos que deben incluirse en el Sistema de información aduanera (DO L 65 de 11.3.2016, pp. 40-48).

Decisión 2009/917/JAI del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros (DO L 323 de 10.12.2009, pp. 20-30).

Decisión n.o 70/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a un entorno sin soporte papel en las aduanas y el comercio (DO L 23 de 26.1.2008, pp. 21-26).

Véase la versión consolidada.

última actualización 29.10.2019