Programa específico Justicia Penal (2007-2013)

En virtud de esta Decisión, se establece el programa específico Justicia Penal. Este programa constituye uno de los cinco pilares del programa general Derechos Fundamentales y Justicia, cuyo objetivo es crear un verdadero espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea (UE). El programa Justicia Penal permitirá a las autoridades judiciales y a los profesionales del Derecho de los países de la UE mejorar la cooperación y la confianza mutua.

ACTO

Decisión del Consejo 2007/126/JAI, de 12 de febrero de 2007, por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico Justicia Penal, integrado en el programa general Derechos Fundamentales y Justicia.

SÍNTESIS

En virtud de esta Decisión se establece el programa específico Justicia Penal. Dicho programa es uno de los cinco específicos que constituyen el programa general Derechos Fundamentales y Justicia, establecido con el fin de crear un espacio de libertad, seguridad y justicia dentro de la Unión Europea (UE).

El programa Justicia Penal abarca el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

Objetivos generales

El objetivo del programa Justicia Penal es crear un espacio judicial europeo. Dicho programa tiene cuatro objetivos generales, entre ellos:

Objetivos específicos

Más precisamente, el programa Justicia Penal pretende favorecer la cooperación judicial penal con el objetivo de:

El programa también pretende alcanzar los objetivos específicos siguientes:

Acciones subvencionables

El programa Justicia Penal respalda diversas iniciativas, entre otras:

Objetivo y destinatarios

Este programa se dirige, en particular, a los profesionales del sector judicial, las autoridades nacionales y los ciudadanos de la Unión en general.

Pueden participar en él los organismos tanto públicos como privados, incluidos los organismos profesionales, las universidades, los centros de investigación y de formación, los profesionales del Derecho, las ONG y las organizaciones con ánimo de lucro, aunque sujetas a determinadas condiciones.

Los países no pertenecientes a la UE y las organizaciones internacionales sólo pueden participar en los proyectos transnacionales en calidad de socios.

Tipos de financiación europea

Existen dos tipos de financiación europea que ofrece el programa:

Disposiciones de ejecución

La Comisión presta la asistencia financiera de conformidad con el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de la UE. También adopta un programa de trabajo anual en el que se establecen los objetivos específicos, las prioridades temáticas y las medidas de acompañamiento que se financian a través de los contratos públicos.

La evaluación y la concesión de subvenciones tienen en cuenta varios criterios, entre ellos:

La concesión de subvenciones de funcionamiento a las acciones realizadas por las ONG o por la red europea de formación jurídica también está sujeta a determinados criterios.

Complementariedad con otros programas

Conviene crear sinergias con otros programas, entre ellos:

Seguimiento y evaluación

Al objeto de permitir a la Comisión que lleve a cabo el seguimiento de las acciones financiadas, el beneficiario de la ayuda deberá:

La Comisión, por su parte, deberá:

La Comisión debe aplicar medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal. Llevará a cabo controles, recupera los importes abonados indebidamente y aplica sanciones en caso de irregularidad.

La Comisión garantizará el control y la evaluación del programa de manera periódica, independiente y externa. Cada año publicará una lista de las acciones financiadas con cargo al programa.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2007/126/JAI

24.2.2007

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DO L 58, 24.2.2007

Última modificación: 18.05.2011