Plan de acción para legislar mejor
La simplificación de la regulación requiere un compromiso político importante por parte del conjunto de las instituciones europeas y de los Estados miembros a lo largo del todo el proceso legislativo. La presente Comunicación les propone una serie de actuaciones y permitirá a largo plazo crear una nueva cultura legislativa que se articule alrededor del principio «legislar mejor».
ACTO
Comunicación de la Comisión, de 5 de junio de 2002, Plan de acción «Simplificar y mejorar el marco regulador» [COM (2002) 278 final - no publicada en el Diario Oficial].
SÍNTESIS
Esta Comunicación se propone mejorar el marco regulador. Tras una serie de consultas, la Comisión ha comprobado que era necesario legislar mejor a lo largo del todo el proceso legislativo: de la preparación de la propuesta por parte de la Comisión a la aplicación por parte de los Estados miembros. El presente Plan de acción pone de manifiesto las responsabilidades de cada agente interesado durante el proceso legislativo. Se pretende que el conjunto de las instituciones europeas y los Estados miembros se encuentren en condiciones de legislar mejor.
Acciones que debe emprender la Comisión
En primer lugar, la Comisión se propone mejorar la calidad de las propuestas legislativas gracias a diversas acciones, entre las que se pueden destacar:
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la definición de normas mínimas de consulta antes de finales de 2002: entre estas normas, la Comisión prevé un plazo mínimo de seis semanas para las consultas y la creación de un punto único de acceso en el que figurará la lista de consultas en curso;
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la elaboración de análisis de impacto para sus principales iniciativas políticas y legislativas: los análisis de impacto servirán para decidir si es preferible legislar a escala comunitaria o no hacer nada. Dichos análisis facilitarán la elección del instrumento legislativo o no legislativo más idóneo;
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el refuerzo de la exposición de motivos de las propuestas legislativas mediante cinco criterios: por cada propuesta legislativa, la Comisión presentará las consultas llevadas a cabo y sus resultados, los análisis de impacto, la justificación de la elección del instrumento y, por último, las implicaciones financieras de la propuesta;
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la introducción en los actos legislativos de una cláusula de reexamen, o incluso de una cláusula de revisión en las propuestas legislativas de la Comisión, permitirá garantizar la actualización de la legislación y preservar la seguridad jurídica de los usuarios. Esas cláusulas de reexamen serán especialmente beneficiosas en los campos sujetos a una rápida evolución tecnológica.
A continuación, la Comisión se compromete a un mayor seguimiento de la adopción y aplicación de los actos legislativos mediante las siguientes acciones:
- animará de forma más decidida al Parlamento Europeo y al Consejo para que lleguen rápidamente a un acuerdo;
- incitará al Consejo a que aplique el voto por mayoría cualificada, siempre que se prevea esta posibilidad para acelerar el procedimiento;
- hará un mayor uso de la posibilidad de retirar sus propuestas, sobre todo cuando el Consejo y el Parlamento Europeo no hayan debatido una propuesta pendiente durante varios años. Asimismo, la Comisión retirará sus propuestas cuando las enmiendas del Parlamento Europeo o del Consejo desvirtúen la propuesta de manera desproporcionada. La Comisión señala, por último, que la retirada de las propuestas se hará respetando el proceso de negociación y los compromisos políticos a que hayan llegado las instituciones;
- por otra parte, continuará ocupándose del seguimiento de las infracciones. La Comisión tiene previsto definir los criterios para establecer prioridades en la instrucción de posibles incumplimientos del Derecho comunitario, por ejemplo, la calidad de la transposición de las directivas o también la gravedad de los efectos sobre el interés comunitario. La Comisión se compromete también a reforzar su control de la transposición.
Por último, la Comisión se ocupará de la coordinación general y de la aplicación del presente Plan de acción, gracias a la creación de una red interna «Legislar mejor». Dicha red reunirá a las direcciones generales y estará coordinada por la secretaría general. Sus principales tareas serán las siguientes:
- asegurarse del cumplimiento de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad;
- coordinar los preparativos de cara a la evaluación anual de la calidad de la regulación y a la elaboración de los informes nacionales;
- velar por la coherencia de la posición de la Comisión en la red interinstitucional y en las relaciones con los Estados miembros.
Acciones propuestas al Parlamento Europeo y al Consejo
La Comisión insta al Parlamento Europeo y al Consejo a comprometerse en la iniciativa de mejora de la calidad de la regulación, por ejemplo mediante la celebración de un acuerdo interinstitucional antes de finales de 2002. En primer lugar, la Comisión propone a las instituciones que adapten mejor la utilización de los instrumentos legislativos. Esta iniciativa se llevará a cabo principalmente mediante las siguientes acciones:
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la vuelta a las definiciones originales de «directiva» y «reglamento» que figuran en el Tratado: el reglamento sólo debe utilizarse para aquellas acciones que exijan una aplicación uniforme en los Estados miembros. La directiva debe limitarse todo lo posible al marco general;
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la utilización, cuando sea apropiado, de otros instrumentos alternativos a la legislación, por ejemplo la autorregulación, los acuerdos voluntarios sectoriales o el método abierto de coordinación. La Comisión propondrá al legislador hacer un mayor uso de la corregulación. Esta última permite que las partes definan las medidas de aplicación de acuerdo con los objetivos establecidos por el legislador. El legislador podrá pronunciarse sobre la oportunidad de utilizar este instrumento;
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el compromiso de la Comisión de no sobrecargar sus propuestas legislativas.
A continuación, se invita al Parlamento Europeo y al Consejo a acompañar a la Comisión en su proyecto de simplificación y reducción de la legislación comunitaria. Para ello, conviene que las instituciones definan conjuntamente un programa de simplificación. La Comisión propone al Parlamento Europeo y al Consejo la creación de estructuras encargadas específicamente de la simplificación legislativa. Sería muy conveniente la celebración de un acuerdo interinstitucional sobre el particular. Se solicita al Parlamento Europeo y al Consejo su apoyo para el programa de codificación adoptando las propuestas en este sentido mediante procedimientos de aprobación rápida.
Finalmente, las instituciones de la Unión Europea son responsables de la calidad de la legislación adoptada. Algunas enmiendas pueden alterar la calidad del acto, debido a su compleja redacción o a su carácter demasiado o no suficientemente preciso. La introducción de un plazo para que los juristas lingüistas pudieran releer las propuestas antes de su adopción definitiva podría servir para incrementar la calidad y la coherencia del acto. La Comisión propone al Parlamento Europeo y al Consejo que lleven a cabo análisis de impacto de las modificaciones sustanciales introducidas en primera lectura por esas instituciones.
Acciones que afectan a los Estados miembros
Es conveniente que los Estados miembros se impliquen asimismo en la mejora y simplificación del marco regulador. Para ello, la Comisión formula las siguientes recomendaciones a los Estados miembros:
- transponer fielmente y en los plazos previstos los actos comunitarios a sus propios ordenamientos jurídicos;
- implicar a las administraciones nacionales, regionales y locales encargadas de la transposición y aplicación de los actos comunitarios, desde las primeras etapas del proceso legislativo;
- designar a un corresponsal responsable de la coordinación de la transposición y aplicación de los actos comunitarios.
La Comisión propone a los Estados miembros acciones concretas, entre las que se pueden destacar:
- la notificación de las medidas nacionales de transposición por vía electrónica, usando para ello un modelo de formulario. Sería deseable que los Estados miembros transmitieran al mismo tiempo cuadros de concordancia para poder comparar las medidas de transposición con el acto comunitario original;
- la realización de consultas y análisis de impacto para cualquier disposición suplementaria que se añada a los actos legislativos en el momento de la transposición.
Desarrollar una cultura legislativa común en la Unión
Para que tenga éxito el presente Plan de acción, hay que integrar el objetivo de mejora de la legislación en el conjunto del ciclo legislativo, de la elaboración de la propuesta a la aplicación por parte de los Estados miembros, pasando por la adopción por parte del legislador. El desarrollo de una cultura legislativa común beneficiará a largo plazo a los ciudadanos europeos. A tal efecto, la Comisión propone las siguientes acciones:
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la creación de una red legislativa a dos niveles: por una parte, entre las instituciones comunitarias y, por otra, entre las instituciones y los Estados miembros. La Comisión propone a las instituciones comunitarias la creación de un mecanismo permanente, la red interna «Legislar mejor», con objeto de llevar a la práctica el presente Plan de acción. Para mejorar la cooperación entre el nivel comunitario y los Estados miembros, la Comisión tiene prevista la designación de corresponsales de «transposición y aplicación»;
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la evaluación anual de la calidad de la regulación: la Comisión evaluará cada año la aplicación del presente Plan de acción y redactará informes nacionales sobre diferentes grupos de países;
- deberá desarrollarse el acceso público a la legislación, concretamente ampliando el acceso del público a Eur-Lex, creando foros en Internet y haciendo participar a los puntos de contacto y redes tradicionales.
ACTOS CONEXOS
Comunicación de la Comisión, de 6 de junio de 2002, «La gobernanza europea: legislar mejor» [COM (2002) 275 final - no publicada en el Diario Oficial].
Esta Comunicación completa el Plan de acción «Simplificar y mejorar el marco regulador» y pretende aumentar la calidad de ejecución de la Unión mediante diversas iniciativas, entre las que se pueden destacar:
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clarificar las responsabilidades ejecutivas: la Comisión propone que las normas que rigen la comitología sean más claras, sobre todo mediante una definición precisa de las misiones de cada institución. Es conveniente que el Parlamento Europeo se implique en la comitología, en concreto a la hora de elaborar decisiones sometidas a codecisión;
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definir el marco para la creación de agencias europeas: la Comisión propondrá al Parlamento Europeo y al Consejo un acuerdo interinstitucional sobre el particular;
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tomar en consideración los contextos regionales, urbanos y locales: las entidades regionales o municipales y los Estados miembros podrán celebrar contratos piloto con la Comisión, con vistas a la realización de objetivos comunitarios de desarrollo sostenible;
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adoptar un enfoque nuevo del control de la aplicación del Derecho: la Comisión prestará una mayor atención a los retrasos en la aplicación de las medidas nacionales de aplicación.
Esta Comunicación reafirma por último la importancia del método comunitario como base para construir la Unión Europea. Las reformas de la gobernanza, «revolución tranquila en nuestras formas de actuación», requieren que las instituciones consoliden y clarifiquen cómo se comparten sus competencias.
Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 11 de febrero de 2003, «Actualizar y simplificar el acervo comunitario» [COM (2003) 71 final - no publicada en el Diario Oficial].
Esta Comunicación sirve para completar el Plan de acción «Simplificar y mejorar el marco regulador». Desde que se creó la Comunidad, nunca se había revisado por completo el acervo comunitario. La Comisión propone un marco de acción para simplificar el acervo comunitario y fija los seis objetivos siguientes:
- simplificar el acervo;
- completar la consolidación del acervo y mantenerla rigurosamente actualizada;
- codificar el acervo;
- revisar la organización y presentación del acervo;
- garantizar la transparencia y un seguimiento eficaz en el plano político y técnico;
- establecer una estrategia de aplicación eficaz.
Última modificación: 28.02.2007