Programa específico «Capacidades»

Con este programa específico se pretende reforzar las infraestructuras de investigación en Europa. Las diferentes acciones puestas en marcha tendrán como finalidad, por una parte, acercar las PYME, las regiones, la sociedad civil y los terceros países de la comunidad científica y, por otra parte, reforzar el potencial de investigación de los diferentes protagonistas y la coherencia entre las políticas. El presente documento propone una presentación detallada del programa específico (objetivos específicos, características, enfoques, ámbitos de actividades, etc.).

ACTO

Decisión 2006/974/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2006, relativa al programa específico Capacidades por el que se ejecuta el séptimo programa marco de la Comunidad Europea de acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013).

SÍNTESIS

Como continuación de las acciones llevadas a cabo anteriormente, el programa específico «Capacidades» contempla principalmente la creación de nuevas infraestructuras de investigación y de innovación en toda Europa.

A tal fin, el programa prevé, en particular, un enfoque estratégico en dos fases: una fase preparatoria y otra de construcción. Este enfoque afecta a los ámbitos siguientes:

En términos presupuestarios, el importe considerado necesario para la ejecución del programa específico asciende a 4097 millones de euros para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS GENERALES

El conjunto de los medios movilizados por el programa responden a objetivos específicos a cada ámbito:

A modo de observación, la aplicación del Séptimo Programa Marco, incluidos los diferentes programas específicos y todas las actividades de investigación que se derivan del mismo, estará guiada por el respeto de los principios éticos fundamentales pero también de los aspectos sociales, jurídicos, socioeconómicos, culturales y de igualdad de géneros.

TEMAS: OBJETIVOS, ENFOQUES, ACTIVIDADES

Para cada uno de los temas abordados por el programa específico se definen:

Infraestructuras de investigación

El programa específico tiene como objetivo optimizar el uso y el desarrollo de las infraestructuras de investigación * europeas y al mismo tiempo fomentar su creación o modernización. Además, podrían preverse medidas de apoyo con el fin de responder a posibles necesidades que surjan posteriormente. De forma más global, se trata de reforzar los conocimientos tecnológicos europeos al servicio de una economía del conocimiento más competitiva y más dinámica.

Las acciones relativas a las infraestructuras de investigación (existentes o recientemente creadas) así como a la aparición de nuevas necesidades y posibilidades consisten en:

El presupuesto asignado a este ámbito de investigación ascenderá a 1715 millones de euros.

Investigación en beneficio de las PYME

Con el fin de permitir a las PYME y a las asociaciones de PYME explotar mejor los avances de la investigación en beneficio de su crecimiento, sus conocimientos técnicos y su capacidad de innovación, se prevén dos regímenes específicos:

Estos regímenes contarán con una dotación de 1336 millones de euros.

Regiones del conocimiento

El programa específico tiene como primer objetivo reforzar el potencial investigador de las regiones europeas. Para lograrlo, se alentará el apoyo al desarrollo, en toda Europa, de «agrupaciones regionales» que aglutinen a las autoridades regionales, las universidades, los centros de investigación, las empresas y las otras partes interesadas. También forma parte de las prioridades del programa coordinar mejor la política regional y las políticas relacionadas con la investigación.

Los diferentes proyectos de este apartado se centrarán en las actividades siguientes:

El presupuesto asignado a las regiones del conocimiento ascenderá a 126 millones de euros.

Potencial de investigación

La acción del programa debe concentrarse en las regiones menos avanzadas de la Unión Europea (UE) y en las regiones ultraperiféricas para que puedan explotar plenamente sus capacidades en materia de investigación. Esta circunstancia debería permitir, a largo plazo, decuplicar el potencial investigador (aumento de los conocimientos, desarrollo de competencias suplementarias, incremento de la visibilidad) de la Unión ampliada.

En términos de actividades concretas, la acción favorecerá, en particular, las asociaciones estratégicas, incluidos los hermanamientos, entre grupos de investigación (tanto del sector público como del privado) de estas regiones y grupos de investigación de primer plano de otras regiones de Europa. Estas asociaciones y hermanamientos permitirán a los grupos de investigación seleccionados (sobre la base de su calidad y su potencial) en las regiones menos avanzadas beneficiarse de:

Se destinarán 340 millones de euros al desarrollo del potencial de investigación.

Ciencia y sociedad

La construcción de una sociedad europea del conocimiento efectiva y democrática pasa inevitablemente por la integración de la dimensión científica en el tejido social europeo.

Motor de la innovación y, en consecuencia, del crecimiento, del bienestar y del desarrollo sostenible, la integración de la investigación científica en la sociedad es poco satisfactoria. Entre las distintas causas pueden citarse:

Tantos elementos son fuente de ambigüedades entre, por una parte, la voluntad creciente de impulsar más a la investigación a encontrar una respuesta a los grandes retos sociales (enfermedades, contaminación, epidemias, desempleo, cambios climáticos, envejecimiento demográfico, etc.) y, por otra parte, un sentimiento creciente de desconfianza respecto a las posibles derivas de la ciencia.

Por lo tanto, ante el riesgo de ver ahondarse una fractura científica en nuestras sociedades, parece esencial:

La aplicación de este apartado seguirá tres grandes líneas de actuación:

En lo que atañe al sistema científico europeo, se inscriben tres aspectos en la agenda:

En la previsión y resolución de los problemas políticos, éticos y sociales, dos aspectos entran en juego:

Con el fin de mejorar la comprensión del lugar de la ciencia y la tecnología en la sociedad, el programa preconiza la formación de redes universitarias especializadas, cuya tarea consistiría en revelar la participación real de la ciencia en la construcción de una sociedad y una identidad europeas. A tal fin, se haría hincapié en varios aspectos:

Respecto al papel cambiante de las universidades, se insistirá en:

Además, se pondrá en práctica un marco de acciones para reforzar el papel de las mujeres así como la dimensión de género en la investigación científica.

Asimismo, las actividades destinadas a los jóvenes se concentrarán en:

Por último, en materia de comunicación científica, el esfuerzo se centrará en los aspectos siguientes:

El presupuesto asignado a este ámbito temático ascenderá a 330 millones de euros.

Cooperación internacional

Con el fin de desarrollar una política internacional de primer plano en materia de ciencias y tecnologías, la UE pretende:

La cooperación con los terceros países se centrará principalmente en los países candidatos, los países asociados mediterráneos, los países de los Balcanes Occidentales, los países de Europa Oriental, el Cáucaso y Asia Central, los países en vías de desarrollo y las economías emergentes.

Esta cooperación pasará por:

Se destinará un presupuesto de 180 millones de euros a las actividades de cooperación internacional.

Coherencia de las políticas de investigación

Además de mejorar la eficacia y la coherencia de las políticas nacionales y comunitarias de investigación, la UE tiene como objetivo:

Para lograrlo, hay que seguir dos líneas de acción:

Este apartado contará con una financiación de 70 millones de euros.

Contexto

Desde 1984, la UE lleva a cabo una política de investigación y desarrollo tecnológico basada en programas marco plurianuales. El séptimo programa marco es el segundo desde el lanzamiento de la estrategia de Lisboa en 2000. Su papel es primordial para el crecimiento y el empleo en Europa en los próximos años.

Términos-clave del acto

Referencias

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2006/974/CE

1.1.2007 - 31.12.2013

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DO L 400 de 30.12.2006

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión, de 29 de abril de 2009, al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre los progresos conseguidos dentro del Séptimo Programa Marco europeo de investigación [COM(2009) 209 – no publicada en el Diario Oficial]. Las acciones del Programa «Capacidades» están muy solicitadas, en especial las que apoyan la investigación en las PYME y en las asociaciones de PYME.

La construcción de los 44 proyectos de infraestructuras prioritarias de interés estratégico europeo enumeradas por el «Foro estratégico europeo sobre infraestructuras de investigación» (ESFRI) está limitada por la carencia de recursos comunitarios y nacionales. Sin embargo, la adopción del nuevo marco jurídico para las estructuras europeas de investigación en 2009 debería aportar un nuevo impulso y ofrecer seguridad a la planificación financiera integrando los demás instrumentos financieros (BEI o Fondos Estructurales).

Las actividades «Potencial de investigación» y «Regiones del conocimiento», que reúnen las capacidades científicas entre regiones, no han dado los resultados que se esperaban (en concreto en las regiones de convergencia), ya que también carecen de recursos. Una utilización más adecuada y concentrada de los Fondos Estructurales permitiría reforzar el nivel de excelencia científica y tecnológica en toda la UE.

El nuevo régimen de financiación fomenta en mayor medida la creación de una asociación europea entre la investigación y la sociedad.

Decisión n° 743/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre la participación de la Comunidad en un programa de investigación y desarrollo, emprendido por varios Estados miembros, destinado a apoyar a las PYME que realizan actividades de investigación y desarrollo [Diario Oficial L 201 de 30.7.2008].

El programa Eurostars apoya a las PYME que realizan actividades de investigación y desarrollo (I+D). Este programa se basa en el artículo 169 del Tratado CE relativo a la participación de la Comunidad en el programa de I+D emprendido conjuntamente por varios Estados miembros. El programa Eurostars tiene la finalidad de aproximar y sincronizar los programas de investigación e innovación nacionales pertinentes para establecer un programa conjunto en el que se plasme la integración científica, administrativa y financiera, contribuyendo con ello a la realización del Espacio Europeo de Investigación.

Eurostars es un programa conjunto entre Eureka y el séptimo programa marco de investigación y desarrollo tecnológico (“Capacidades”).

Este programa está cofinanciado por los Estados miembros, los países terceros participantes y la Comunidad. La contribución financiera de la Comunidad ascenderá a 100 millones de euros, mientras que los 22 Estados miembros de la UE y los cinco países asociados al 7PM de investigación y desarrollo proporcionarán conjuntamente 300 millones de euros adicionales. La financiación privada ascenderá a 400 millones de euros. El importe total en favor de las PYME europeas activas en el campo de la investigación será, por tanto, de 800 millones de euros durante un periodo de seis años.

Última modificación: 30.05.2010