Asignación de la reserva de eficacia

La Comisión Europea ha asignado la reserva de eficacia, es decir el 4% del presupuesto de los Fondos Estructurales, a 200 programas de desarrollo regional. Los Estados miembros han evaluado los programas sobre la base de una serie de indicadores que reflejan la eficacia, la gestión y la ejecución financiera. Por primera vez, existe una relación directa entre la asignación de la cofinanciación y los resultados obtenidos.

ACTO

Decisión 2004/344/CE de la Comisión, de 23 de marzo de 2004, por la que se establece la asignación de la reserva de eficacia por Estados miembros en virtud de la ayuda de los Fondos Estructurales comunitarios con respecto a los objetivos 1, 2 y 3 y el Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca en las regiones no incluidas en el objetivo 1.

SÍNTESIS

La Comisión Europea ha asignado la reserva de eficacia a 200 programas de desarrollo regional, es decir, el 90% de los programas ya existentes. Los créditos ascienden a un total de 8 246 millones de euros, es decir, el 4% del presupuesto total de los Fondos Estructurales. En el caso de los programas más eficaces, el aumento oscila entre el 6 y el 9% de las asignaciones iniciales.

La reserva de eficacia constituye uno de los elementos innovadores de las disposiciones legales europeas sobre la aplicación de los Fondos Estructurales (FEDER, FSE, sección de Orientación del FEOGA e IFOP). Establece por primera vez una relación directa entre la asignación de la cofinanciación y los resultados.

La evaluación de los programas más eficaces tuvo lugar a finales de 2003 con motivo de la revisión intermedia de los programas. Se trata de evaluar las intervenciones siguientes : los tres objetivos (objetivo nº 1, objetivo nº 2 y objetivo nº 3) y las medidas estructurales del IFOP fuera del objetivo nº 1.

¿Cuál es el procedimiento que se aplica?

En estrecha concertación con la Comisión, cada Estado miembro procede a la evaluación de la eficacia de cada uno de los programas operativos (PO) o de los documentos únicos de programación (DOCUP). Utiliza a tal fin un reducido número de indicadores de seguimiento que reflejan la eficacia, la gestión y la ejecución financiera. Estos indicadores evalúan los resultados intermedios obtenidos por los programas en comparación con los objetivos específicos iniciales.

Cada Estado miembro fija los indicadores sobre la base de una lista indicativa de la Comisión, y los cuantifica en los distintos informes anuales de ejecución y en el informe de evaluación intermedia.

Los Estados miembros proponen a la Comisión los programas que desean premiar. El 31 de marzo de 2004 a más tardar, la Comisión asigna los créditos de compromiso a los PO, los DOCUP o los ejes prioritarios más eficaces. Es preciso proceder a continuación a la adaptación de los documentos de programación.

Estados miembros

Objetivo n° 1 (millones de euros)

Objetivo n° 2 (millones de euros)

Objetivo n° 3 (millones de euros)

IFOP fuera del objetivo nº 1(millones de euros)

Bélgica

28

19

33,2

0,75

Dinamarca

-

8

16,4

8,8

Alemania

899

159

206,4

2,35

Grecia

945

-

-

-

España

1717

119

96,4

9,1

Francia

171

273

204,5

10,1

Irlanda

134

-

-

-

Italia

996

113

168,7

4,4

Luxemburgo

-

3

1,7

-

Países Bajos

6

36

80

1,4

Austria

12

31

23,8

0,3

Portugal

855

-

-

-

Finlandia

41

23

18,2

1,4

Suecia

32

17

32,4

2,7

Reino Unido

263

212

205,8

5,6

Total

6099

1013

1087,5

46,9

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2004/344/CE

17.4.2004

-

L 111 de 17.4.2004

Última modificación: 05.11.2004