Productos de origen animal destinados al consumo humano: normas zoosanitarias
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Directiva 2002/99/CE: normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano
SÍNTESIS
¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?
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Establece normas zoosanitarias generales para los productos destinados al consumo humano.
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Estas abarcan todas las fases de la producción, transformación y distribución llevadas a cabo dentro de la Unión Europea (UE), así como las importaciones de otros países.
PUNTOS CLAVE
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Las autoridades nacionales deben garantizar que todos aquellos que intervienen en la cadena alimentaria no propaguen enfermedades transmisibles a los animales.
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Los productos deben proceder de animales que no están sujetos a ninguna restricción sanitaria territorial.
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Están prohibidos la carne y los productos a base de carne procedentes de locales en los que había animales infectados o sospechosos de estar infectados, durante el proceso de sacrificio.
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Los productos comestibles deben ir acompañados de un certificado veterinario.
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Las autoridades nacionales llevan a cabo controles oficiales de sanidad animal. Las inspecciones se efectúan generalmente sin aviso previo.
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Los expertos de la Comisión Europea, conjuntamente con las autoridades nacionales, pueden llevar a cabo controles y auditorías in situ. Estos tienen las mismas competencias de inspección en países de fuera de la UE.
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Cuando se identifica un riesgo importante, las autoridades nacionales deben tomar todas las medidas necesarias para proteger la sanidad animal.
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Las importaciones:
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deben cumplir las normas zoosanitarias de la UE,
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solo pueden proceder de países que demuestren que cumplen dichos requisitos,
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deben ir acompañadas de un certificado veterinario.
Derogación
La Directiva 2002/99/CE será derogada y sustituida por el Reglamento (UE) 2016/429 a partir del 2 de abril de 2021.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
Está en vigor desde el 12 de febrero de 2003. Los países de la UE debían incorporarla a la legislación nacional antes del 31 de diciembre de 2004.
ANTECEDENTES
La Unión Europea ha adoptado medidas específicas contra las enfermedades siguientes:
Para más información, véase Otros productos de origen animal en el sitio web de la Comisión Europea.
ACTO
Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (DO L 18 de 23.1.2003, pp. 11-20)
Las modificaciones sucesivas a la Directiva 2002/99/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 24.05.2016