Higiene de los piensos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.º 183/2005: requisitos en materia de higiene de piensos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

El Reglamento se aplica a las actividades de los explotadores del sector de la alimentación animal, desde la producción primaria de piensos hasta su comercialización, así como a la alimentación de animales productores de alimentos y la importación y exportación de pienso desde y hacia terceros países.

Exclusiones

Están excluidos del ámbito de aplicación:

Principales elementos:

Explotadores del sector de la alimentación animal responsables de la producción primaria de piensos

Estos explotadores deberán adoptar las medidas necesarias para prevenir, suprimir o reducir los riesgos para la seguridad de los piensos, durante las etapas de fabricación, preparación, limpieza, embalaje, almacenamiento y transporte de dichos productos (anexo I). También deberán llevar registros en los que se detallen las medidas adoptadas para controlar los peligros de contaminación.

Otros explotadores del sector de la alimentación animal

Registro y autorización

Guías de buenas prácticas

Tanto la Comisión como los países de la UE editan guías de buenas prácticas en el sector de la alimentación animal, así como para la aplicación de los principios HACCP, de conformidad con lo dispuesto en el Codex Alimentarius y en consulta con todas las partes interesadas. Cuando se elaboren guías estandarizadas de la UE, el Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos garantizará que su contenido puede ser puesto en práctica.

Modificación

El anexo II ha sido modificado dos veces (por el Reglamento (UE) n.º 225/2012 y por el Reglamento (UE) 2015/1905) en lo que atañe a la autorización de empresas que fabrican productos derivados de aceites vegetales y grasas mezcladas y en lo referente a los requisitos específicos de producción, almacenamiento, transporte y detección de dioxinas.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el domingo, 1 de enero de 2006.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Producción primaria: la producción de productos agrícolas, incluidos el cultivo, la cosecha, el ordeño y la cría de animales (antes de ser sacrificados) o la actividad pesquera, que únicamente den como resultado productos que no se sometan a ninguna otra operación tras su cosecha, recogida o captura, exceptuando el tratamiento meramente físico.
Premezclas: mezclas de aditivos para alimentación animal o mezclas de uno o más aditivos para alimentación animal con materias primas para piensos o agua utilizadas como soporte que no se destinan a la alimentación directa de los animales.
Piensos compuestos: las sustancias orgánicas o inorgánicas en mezclas, incluyan o no aditivos, destinadas a la nutrición animal por vía oral en forma de piensos compuestos completos o de piensos complementarios.
Principios APPCC: prevén una serie de requisitos que deben respetarse durante todo el ciclo de producción, transformación y distribución para permitir, gracias a un análisis de los peligros, determinar los puntos críticos en los que la realización de controles es indispensable para garantizar la inocuidad alimentaria.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos (DO L 35 de 8.2.2005, pp. 1-22).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.º 183/2005 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las disposiciones legales, los sistemas y las prácticas existentes en materia de responsabilidad en el sector de los piensos y en el de los alimentos tanto en los Estados miembros como a nivel comunitario y sobre los sistemas viables de garantías financieras en el sector de los piensos a nivel comunitario, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos [COM (2007) 469 final, de 14.8.2007].

última actualización 07.09.2017