Conservación de las aves silvestres

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2009/147/CE relativa a la conservación de las aves silvestres

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Medidas concernientes a las especies en peligro

Los países de la UE deben adoptar medidas para mantener o restablecer las poblaciones de especies de aves a un nivel que corresponda a las exigencias ecológicas, científicas y culturales, teniendo en cuenta las necesidades económicas y recreativas.

Medidas concernientes a todas las especies de aves

Deben establecerse medidas para preservar, mantener o restablecer una diversidad y una superficie suficientes de hábitats* para todas las especies de aves.

Estas medidas consisten principalmente en:

Medidas especiales

Medidas de protección generales

Caza de aves

Investigación

Los países de la UE deben promover la investigación con fines de gestión, protección y explotación razonable (por ejemplo, la elaboración de listas nacionales de especies amenazadas de extinción) de las aves silvestres en el territorio europeo.

Información

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 15 de febrero de 2010. La Directiva 2009/147/CE codificó y sustituyó a la Directiva 79/409/CEE y sus modificaciones posteriores.

ANTECEDENTES

Para más información véase:

TÉRMINOS CLAVE

Hábitat: un espacio natural o entorno en el que normalmente habita un determinado tipo de animal o planta.
Biotopo: un área de condiciones ambientales uniformes que proporciona un espacio vital para una combinación específica de animales y plantas.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (versión codificada) (DO L 20 de 26.1.2010, pp. 7-25).

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 2009/147/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2019/1010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación relativa al medio ambiente y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 166/2006 y (UE) n.o 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/49/CE, 2004/35/CE, 2007/2/CE, 2009/147/CE y 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 338/97 y (CE) n.o 2173/2005 del Consejo, y la Directiva 86/278/CEE del Consejo (DO L 170 de 25.6.2019, pp. 115-127).

última actualización 28.05.2020