Redes de transporte de gas natural

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 715/2009 sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece las normas para el acceso a:

Estas normas tienen por objeto contrarrestar los obstáculos a la competencia en el mercado de la Unión Europea (UE) para el gas natural y garantizar su buen funcionamiento.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento determina lo siguiente:

Certificación de los gestores de redes de transporte

Las autoridades reguladoras nacionales deben notificar a la Comisión Europea las decisiones relativas a la certificación de un GRT. La Comisión dispone de dos meses para emitir su dictamen a la autoridad, que adopta posteriormente la decisión final relativa a la certificación del GRT. Dicha decisión y el dictamen de la Comisión se publican.

Certificación de los gestores de almacenamiento

El Reglamento de modificación (UE) 2022/1032 exige que las autoridades de los Estados miembros de la UE certifiquen a todos los operadores de instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas. El objetivo es evitar los riesgos potenciales de influencia externa en las infraestructuras críticas de almacenamiento, lo cual podría poner en peligro la seguridad del abastecimiento energético de la UE y otros intereses esenciales de seguridad. Cualquier operador que no obtenga esta certificación deberá dejar la propiedad o el control de las instalaciones de almacenamiento de gas dentro de la UE.

Creación de la Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Gas

Los GRT de gas debían entregar a la Comisión y a la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) el proyecto de estatutos de la Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Gas (REGRT de Gas), una lista de sus miembros y el proyecto de reglamento interno a más tardar el 3 de marzo de 2011.

Códigos de red

La Comisión consultará a la ACER y la REGRT de Gas con el fin de elaborar una lista anual de prioridades para formular conjuntos de normas (denominados códigos de red). Estos códigos se crean mediante una directriz no vinculante que la ACER transmite a la Comisión. Los códigos se refieren en particular a lo siguiente:

Tareas de la REGRT de Gas

La REGRT de Gas adoptará:

Costes y tarifas

Las autoridades reguladoras determinarán las tarifas o las metodologías para calcularlas. Los Estados miembros podrán tomar decisiones sobre las tarifas, como por ejemplo su fijación mediante procedimientos basados en el mercado.

Servicios de acceso de terceros

Gestión de la congestión

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 3 de marzo de 2011. Derogó el Reglamento (CE) n.o 1775/2005 a partir del 3 de marzo de 2011.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Transporte. Transporte de gas de las zonas de producción hasta los consumidores finales a través de gasoductos subterráneos.
Gestor de redes de transporte (GRT). Entidad que transporta energía (por ejemplo, gas natural), ya sea a escala nacional o regional, usando una infraestructura fija.
Balance. Igualar las recepciones de gas y los suministros de gas de una empresa. El balance puede lograrse de forma diaria, mensual o estacional, con la aplicación de sanciones por balances excesivamente desequilibrados.
Gestión de la congestión. La congestión se produce cuando el sistema de transporte resulta insuficiente para transferir la potencia según los requisitos del mercado. La gestión de la congestión garantiza el uso de la potencia disponible sin sobrepasar las limitaciones del sistema.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1775/2005 (DO L 211 de 14.8.2009, pp. 36-54).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento de ejecución (CE) n.o 715/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2022/1032 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2022 por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1938 y (CE) n.o 715/2009 en relación con el almacenamiento de gas (DO L 173 de 30.6.2022, pp. 17-33).

Reglamento (UE) 2017/459 de la Comisión, de 16 de marzo de 2017, por el que se establece un código de red sobre los mecanismos de asignación de capacidad en las redes de transporte de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 984/2013 (DO L 72 de 17.3.2017, pp. 1-28).

Reglamento (UE) 2017/460 de la Comisión, de 16 de marzo de 2017, por el que se establece un código de red sobre la armonización de las estructuras tarifarias de transporte de gas (DO L 72 de 17.3.2017, pp. 29-56).

Reglamento (UE) 2015/703 de la Comisión, de 30 de abril de 2015, por el que se establece un código de red sobre las normas de interoperabilidad y de intercambio de datos (DO L 113 de 1.5.2015, pp. 13-26).

Reglamento (UE) n.o 312/2014 de la Comisión, de 26 de marzo de 2014, por el que se establece un código de red sobre el balance del gas en las redes de transporte (DO L 91 de 27.3.2014, pp. 15-35)

última actualización 31.10.2022