Exposición al amianto: protección de los trabajadores

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2009/148/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo

SÍNTESIS

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

El amianto es un mineral que existe naturalmente cuyas fibras pueden separarse en hilos finos y resistentes. Se ha usado ampliamente en muchas industrias porque las fibras son unos aislantes excelentes (resistentes al calor, el fuego y los productos químicos ya que no conducen la electricidad).

El amianto, no obstante, es una sustancia especialmente peligrosa (clasificada como carcinógena de categoría 1A en el Reglamento (CE) n.o1272/2008 sobre la clasificación, el envasado y el etiquetado de productos químicos). Si los productos que contienen amianto se alteran, pueden inhalarse fibras diminutas que causan, con el tiempo, enfermedades como asbestosis*, mesotelioma* y otros tipos de cáncer.

Prohibición

Las actividades prohibidas son aquellas que exponen a los trabajadores a las fibras de amianto durante:

La única excepción a esta prohibición es el tratamiento y la descarga de los productos resultantes de la demolición y de la retirada de amianto.

A escala de la Unión Europea (UE), existe otra prohibición en cuanto a la proyección de amianto por atomización y toda actividad que implica la incorporación de materiales de aislamiento o de insonorización de baja densidad que contienen amianto.

Retirada y demolición

Se permite el tratamiento y la descarga de los productos resultantes de la retirada de amianto, así como de demoliciones en las que el amianto se retira en una operación planificada antes de que tenga lugar cualquier demolición general. La exposición debe mantenerse en un mínimo por medio de las medidas siguientes:

Evaluación de riesgos

Si existe un posible riesgo de exposición al polvo de amianto, el riesgo debe ser evaluado para determinar la naturaleza y el grado de dicha exposición en relación con una muestra representativa de la exposición personal del trabajador. Los empresarios deben notificar a la autoridad responsable del país de la UE de que se trate, antes de que se inicien las obras, lo siguiente:

Límite de concentración

Ningún trabajador debe exponerse a una concentración de amianto en el aire superior a 0,1 fibras por cm3. Cuando esta se sobrepase, las obras deben detenerse hasta que se tomen otras medidas para proteger a los trabajadores afectados, estas medidas incluyen:

Formación

Los empresarios deben facilitar una formación apropiada para todos los trabajadores que estén, o puedan estar, expuestos a polvo procedente de amianto o de materiales que lo contengan, a intervalos regulares y sin coste alguno para los trabajadores. La formación debe incluir información sobre:

Reconocimiento médico y vigilancia de la salud

Debe someterse a cada trabajador a un reconocimiento médico antes de la exposición y elaborarse un historial médico individual con nuevas revisiones cada tres años, como mínimo. Los médicos pueden pronunciarse sobre las eventuales medidas individuales de protección, las cuales pueden incluir la retirada del trabajador afectado de toda exposición al amianto.

Responsabilidades de los países de la UE

Los países de la UE deben comunicar cualquier Derecho interno que adoptan en este ámbito a la Comisión Europea, así como presentar un informe cada cinco años sobre la aplicación práctica de la Directiva. Deben tener, asimismo, un registro de los casos de asbestosis y mesotelioma.

Esta Directiva deroga una Directiva anterior (Directiva 83/477/CEE) que ha sido modificada en varias ocasiones y de forma sustancial.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 5 de enero de 2010.

TÉRMINOS CLAVE

* Asbestosis: enfermedad pulmonar inflamatoria crónica causada por la respiración y la retención de fibras de amianto. Puede causar dificultad respiratoria grave y acarrea un mayor riesgo de sufrir ciertos tipos de cáncer.

* Mesotelioma: cáncer agresivo que afecta a la pleura y al revestimiento del abdomen. La exposición al amianto es la causa principal y el primer factor de riesgo.

ACTO

Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo (versión codificada) (DO L 330 de 16.12.2009, pp. 28-36)

última actualización 06.06.2016