Informe 2008 sobre las relaciones laborales en Europa

Los sistemas de relaciones laborales de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) se constituyen según fundamentos comunes, a pesar de las especificidades nacionales marcadas. La UE es la organización regional que ha establecido el modelo de relaciones laborales más avanzado. De este modo, el presente informe demuestra el papel esencial de los interlocutores sociales en la aplicación de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo. Su intervención aporta una flexibilidad adicional al proceso y su conocimiento de los problemas locales permite idear soluciones más apropiadas. El informe presenta los principales avances políticos y legislativos que de ello se derivan.

ACTO

Informe de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de la Comisión Europea – Relaciones laborales en Europa 2008 [no publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La diversidad de los mecanismos nacionales de diálogo social ha incrementado con la ampliación de la Unión Europea (UE). Estas peculiaridades dependen fundamentalmente de la naturaleza de las organizaciones de los interlocutores sociales, de su autonomía en relación con el Estado y de su papel en los acuerdos tripartitos.

A nivel europeo, las relaciones laborales se han desarrollado en paralelo con el surgimiento de la política social europea y gracias a la inclusión gradual de los interlocutores sociales europeos (ETUC (EN), BUSINESSEUROPE (EN), UEAPME (EN), CEEP (EN)) en el proceso legislativo. La negociación colectiva y la fijación de salarios siguen siendo competencias nacionales. Sin embargo, la coordinación europea de las negociaciones no salariales incrementa, igual que la celebración de acuerdos autónomos europeos y las negociaciones transnacionales.

La puesta en marcha del diálogo social europeo se basa en acuerdos alcanzados gracias a la Directiva del Consejo, o en acuerdos autónomos europeos. La autonomía cada vez más extendida de los interlocutores sociales supone su implicación en la ejecución y seguimiento de dichos acuerdos. Otros tipos de textos pueden servir de marco de acción como recomendaciones y directrices cuya aplicación es voluntaria.

La participación de los interlocutores sociales en la estrategia de Lisboa renovada es esencial en todos los niveles de decisión política. Los interlocutores sociales están implicados de forma activa en la celebración de pactos con los gobiernos y en la puesta en marcha de programas y políticas comunitarias. Los interlocutores sociales europeos apoyan los objetivos de Lisboa a través de su programa de trabajo 2006-2008. Han negociado una serie de acuerdos marco europeos, así como opiniones y marcos de acción comunes.

La contribución de los interlocutores sociales es esencial para la aplicación de la Estrategia de Lisboa y de los principios de flexiseguridad. Todo esto teniendo en cuenta su capacidad de acción autónoma y sus ámbitos de especialización como:

De 2006 a 2008 se ha desarrollado el diálogo social europeo con arreglo a los resultados del análisis del mercado laboral realizado de forma conjunta por los actores interprofesionales. Este permitió alcanzar un consenso sobre los principios comunes de la flexiseguridad en el Consejo Europeo de diciembre de 2007.

Los interlocutores también han proseguido su acción autónoma, sobre todo con la celebración de un acuerdo marco sobre el acoso y la violencia en el trabajo. Se están negociando otros acuerdos autónomos relativos al permiso parental, a la inclusión en el mercado laboral y a la normativa del trabajo marítimo. Se han adoptado las directrices para la promoción de la igualdad de género, para la movilidad transfronteriza, y la salud y la seguridad en el trabajo en el marco del diálogo social sectorial. Los interlocutores también han emprendido un diálogo en los sectores del fútbol profesional y de la provisión de comidas.

En lo que respecta a los avances legislativos entre 2006 y 2008, el Consejo ha llegado a un acuerdo político para la revisión de la Directiva sobre el tiempo de trabajo y las empresas de trabajo temporal. La Comisión ha presentado una propuesta sobre los comités de empresa europeos (CEE) para incrementar la eficacia de los derechos transnacionales de consulta e información de los trabajadores y su seguridad jurídica. Se ha revisado la aplicación de determinadas disposiciones legislativas como la Directiva relativa al desplazamiento de los trabajadores (seguida de recomendaciones sobre la cooperación entre administraciones nacionales) y las Directivas relativas a la transmisión de empresas, el trabajo de duración determinada y la insolvencia de los empresarios. En 2006, el Libro Verde planteó debates sobre la modernización del derecho laboral. Además, se lanzó una nueva Estrategia relativa a la salud y la seguridad en el trabajo 2007-2013.

Es necesario el desarrollo de las capacidades de los interlocutores sociales para contribuir a la calidad de las condiciones laborales, a la competitividad y a la cohesión social. La programación 2007-2013 del Fondo Social Europeo (FSE) prevé un apoyo financiero directo para reforzar las capacidades de los interlocutores. Asimismo, el fondo apoya sus proyectos comunes como los desarrollados en el ámbito de la formación continua o de la modernización del mercado laboral. Los nuevos Estados miembros de la UE y los Balcanes Occidentales han realizado un especial esfuerzo al respecto.

Última modificación: 14.08.2009