Informe 2006 sobre las relaciones laborales en Europa

El informe presenta la evolución del diálogo social a nivel nacional y europeo en el marco de la estrategia de Lisboa renovada. La Comisión observa un incremento de la flexibilidad del mercado laboral y de sus convenios colectivos, así como un descenso del número de afiliados a las organizaciones sindicales y patronales. Asimismo, el informe destaca un nuevo contexto legislativo europeo favorable al desarrollo de la representación de los empleados en el lugar del trabajo, en particular, en Irlanda, en Reino Unido y en numerosos Estados de Europa Central y Oriental

ACTO

Informe de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de la Comisión Europea – Relaciones laborales en Europa 2006 [no publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

El diálogo social es una herramienta de la política social y reviste especial importancia en el contexto de la revisión de la Estrategia de Lisboa adoptada en 2005. La participación de los interlocutores sociales es, en efecto, esencial para alcanzar los objetivos y hacer de la Unión Europea (UE) la economía del conocimiento más competitiva del mundo.

La representación de los trabajadores y la capacidad de las organizaciones patronales varían según los Estados miembros. De este modo, la densidad sindical, definida como la relación entre el número real y el número potencial de miembros de un sindicato, es generalmente más baja en Europa del sur y en Europa Central y Oriental. Dicha densidad también varía en función de los sectores de actividad, del sexo y de la edad de los trabajadores. El poder y la estructura de las organizaciones patronales también están relativamente diversificados. En líneas generales, su densidad es más elevada que la de los sindicatos, excepto en los países nórdicos.

Los convenios colectivos autónomos permiten fijar, de forma libre, las políticas salariales y las condiciones de trabajo y se pueden utilizar para establecer los derechos sociales. Según la tendencia actual, los convenios se utilizan para derogar el carácter obligatorio de determinadas normas.

La representación de los trabajadores en el lugar de trabajo constituye una de las características del sistema comunitario. Existen diferencias entre los Estados miembros en función de la estructura del modelo nacional de representación, pero también en función de los sectores de actividad, del tamaño de la empresa y de la categoría profesional. La falta de representación es más importante en el sector privado que en el público. La obligación de consultar a los trabajadores y de informarles está regulada por la Directiva 2002/14/CE.

La capacidad de los nuevos Estados miembros y de los países candidatos para establecer relaciones laborales constituye una prioridad abordada mediante acciones de cooperación técnica. Dichas acciones tienen por objeto en especial la participación de los interlocutores sociales en los foros europeos y el refuerzo del diálogo tripartito a nivel nacional.

El vigésimo aniversario del lanzamiento del diálogo social europeo ha permitido elaborar un balance de su evolución, caracterizado por una mayor autonomía de los interlocutores sociales europeos. El presente informe subraya la importancia del diálogo tripartito al servicio de los objetivos de Lisboa. El diálogo bilateral se utiliza principalmente para implantar modelos de flexiseguridad, de formación permanente, al igual que el acuerdo marco europeo autónomo sobre el teletrabajo. El programa de trabajo plurianual (2006-2008) del diálogo social europeo debe apoyar los siguientes avances.

Entre 2004 y 2006 la legislación comunitaria evolucionó en diferentes sectores. Se adoptaron Directivas en el ámbito de la salud y de la seguridad en el trabajo relativas a la exposición de los trabajadores a campos electromagnéticos, agentes carcinógenos y mutágenos y radiaciones ópticas artificiales. La Directiva 2005/47/CE ha puesto en práctica el acuerdo relativo a la movilidad de los trabajadores que prestan servicios de interoperabilidad transfronteriza. En 2005, la Comisión presentó una Comunicación sobre el empleo y las reestructuraciones de las empresas . Además, una nueva directiva regula las fusiones transfronterizas de sociedades y las modalidades de consulta de los empleados.

También se han producido avances en el marco de la lucha contra las discriminaciones y la igualdad de trato en materia de empleo. Se han simplificado las disposiciones relativas a la movilidad, al derecho de residencia de los trabajadores y a la coordinación de los programas de seguridad social. Desde 2006, la tarjeta sanitaria europea sustituye los formularios E para los ciudadanos de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE).

A partir de ahora, el mercado laboral se orienta hacia una mayor flexibilidad de las condiciones de trabajo atípicas y una mayor diversidad de contratos y horarios. La flexibilidad del trabajo puede suponer un riesgo para la cohesión social, y combinada con otros factores de riesgo puede crear situaciones de vulnerabilidad.

Se debe compensar la flexibilidad con otros aspectos como el crecimiento económico, la creación de puestos de trabajo estables, la flexibilidad interna de las empresas y la mejora de la calidad del trabajo. Si los resultados económicos no se pueden asociar directamente a un modelo de diálogo social, los sistemas con una fuerte representación sindical y cuyos interlocutores sociales participan en el proceso político tienen tendencia a ser más competitivos. Esto sucede cuando las organizaciones sindicales y patronales actúan de forma coordinada.

Última modificación: 30.07.2009