Plan de Trabajo para el Deporte para 2011-2014

Con el fin de reforzar la cooperación europea en el ámbito del deporte, el Consejo adopta una serie de acciones específicas que la Comisión y los países de la Unión Europea (UE) deberán aplicar durante el periodo 2011-2014.

ACTO

Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al Plan de Trabajo Europeo para el Deporte para 2011-2014 [DO C 162 de 1.6.2011].

SÍNTESIS

El Tratado de Lisboa ha convertido el deporte en un ámbito de competencia de la Unión Europea (UE) en el que puede apoyar, coordinar y completar las acciones de los Estados miembros. Al favorecer el crecimiento sostenible, inteligente e integrado y la creación de nuevos puestos de trabajo, el deporte también contribuye a alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020. Además, tiene efectos positivos sobre la integración social, la educación y la formación, la salud pública y el envejecimiento activo.

Con el fin de desarrollar la dimensión europea del deporte, el Consejo aprueba un plan de trabajo de tres años que detalla las acciones que deberán poner en marcha los Estados miembros y la Comisión.

Se identifican tres prioridades que irán acompañadas de acciones durante el periodo 2011-2014:

1.

La integridad del deporte, en particular la lucha contra el dopaje y el amaño de partidos. Para ello, las acciones definidas son:

Presentar los comentarios de la UE para la revisión del Código AMA de la Agencia Mundial Antidopaje (EN);

Desarrollar una dimensión europea en materia de integridad del deporte con el objetivo inicial de luchar contra el amaño de partidos;

Elaborar principios de transparencia en materia de buena gobernanza en el ámbito del deporte;

Tratar las cuestiones señaladas en relación con el acceso a la profesión de agente deportivo y su supervisión y con el traspaso de jugadores entre equipos deportivos (sobre todo la cuestión del traspaso de jugadores jóvenes).

1.

Los valores sociales del deporte, en especial la salud, la integración social, la educación y el voluntariado. Se deberán llevar a cabo las acciones siguientes:

Elaborar una propuesta de directrices europeas sobre la «doble formación» con el fin de garantizar que los jóvenes atletas reciben una enseñanza de calidad paralelamente a su entrenamiento deportivo;

Proseguir la inclusión de cualificaciones relacionadas con el deporte en los Marcos Nacionales de Cualificaciones con referencia al Marco Europeo de Cualificaciones;

Explorar vías para fomentar la salud aumentando la actividad física y la participación en el deporte popular.

1.

Los aspectos económicos del deporte, en particular la financiación sostenible del deporte popular y una actuación basada en datos probados. En este sentido, se establecen dos acciones:

Fomentar la recogida de datos para estimar los beneficios económicos del sector del deporte en la UE;

Reforzar los mecanismos financieros de solidaridad entre el deporte profesional y el deporte de base.

Aplicación

Con el fin de apoyar la ejecución del plan de trabajo, se han introducido métodos de trabajo jamás utilizados en el ámbito del deporte. En particular, grupos de expertos creados por la Comisión y los países de la UE en los ámbitos siguientes: lucha contra el dopaje, buena gobernanza en el deporte, educación y formación en el deporte, salud y participación, estadísticas deportivas y financiación sostenible del deporte. Asimismo, se han aplicado estructuras de diálogo reforzadas y se ha pedido a la Comisión a que elabore un informe sobre la ejecución del plan de trabajo publicado en enero de 2014, que servirá de base para un nuevo plan de trabajo aplicable a partir de mediados de 2014.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 18 de enero de 2011 - Desarrollo de la dimensión europea en el deporte [COM(2011) 12 final - no publicada en el Diario Oficial].

Libro Blanco sobre el Deporte de 11 de julio de 2007 presentado por la Comisión Europea al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo [COM(2007) 391 final - no publicado en el Diario Oficial].

Conclusiones del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la doble carrera de los deportistas [Diario Oficial C 168 de 14.6.2013].

Estas conclusiones son a raíz de las «directrices europeas sobre la doble carrera de los deportistas», que establecieron los Estados miembros y el grupo de expertos de la Comisión «Educación y Formación en el Deporte». Se invita a los Estados miembros, las organizaciones deportivas y a las partes interesadas a adoptar una serie de medidas destinadas a que los deportistas tengan la posibilidad de combinar de un modo flexible su carrera deportiva con los estudios y el trabajo, Estas medidas van desde un marco de actuación o unas directrices nacionales en materia de doble carrera, hasta acciones concretas relacionadas con la educación, el trabajo, la salud y los medios financieros de los atletas. La Comisión, por su parte, deberá apoyar y evaluar la aplicación de esta política.

Recomendación del Consejo sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud [Diario oficial C 354 de 4.12.2013].

Esta recomendación tiene por objeto el fomento de las políticas eficaces en materia de actividad física beneficiosa para la salud elaborando un planteamiento intersectorial que abarque los ámbitos del deporte, la salud, la educación, el medio ambiente y el transporte. Asimismo, pretende garantizar el seguimiento de los niveles de actividad física y las políticas nacionales en este ámbito, así como facilitar el intercambio periódico de información y de las mejores prácticas sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud. Se aplicará en estrecha sinergia y cooperación con la OMS, evitándose así la duplicación en la recogida de datos.

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 24 enero de 2014, sobre la aplicación del Plan de Trabajo Europeo para el deporte para 2011-2014 [ COM(2014) 022 final no publicado en el Diario Oficial].

En general, las actividades llevadas a cabo en el marco del Plan han arrojado unos resultados muy positivos en los ámbitos prioritarios definidos. El Plan de Trabajo ha tenido un impacto positivo para el sector del deporte en la mayoría de los países y ha propiciado el desarrollo y la aplicación de la política deportiva a nivel nacional y se ha traducido en fructíferos resultados para los procesos políticos. En cambio, la influencia del Plan de Trabajo en los procesos de política deportiva parece haber sido menos positiva fuera de la UE.

Última modificación: 28.02.2014