Asociación para la Adhesión de Lituania

La Asociación para la Adhesión tiene por objeto ayudar a las autoridades del país candidato en su esfuerzo por cumplir los criterios de adhesión. Recoge detalladamente las prioridades de la preparación del país para la adhesión, en concreto la aplicación del acervo, y constituye el fundamento de la programación de la ayuda a la preadhesión proporcionada con cargo a fondos comunitarios como el programa Phare.La Asociación para la Adhesión se ha extinguido a raíz de la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003 y de la incorporación oficial del país a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

En su comunicación " Agenda 2000 ", la Comisión Europea formuló una serie de propuestas para fortalecer la estrategia de preadhesión de todos los países candidatos de Europa Central y Oriental (PECO). Esta estrategia tiene como objetivo general ofrecer un programa coherente para preparar a estos países para la adhesión a la Unión Europea y, en particular:

1) OBJETIVO

La Asociación para la Adhesión (adoptada en marzo de 1998 y modificada en diciembre de 1999 y en enero de 2002), tiene por objetivo inscribir en un marco jurídico los ámbitos prioritarios de trabajo definidos en el dictamen de la Comisión sobre la solicitud de adhesión de Lituania, los medios financieros disponibles para ayudar a Lituania a aplicar estas prioridades y las condiciones aplicables a esta ayuda. Esta Asociación constituye un apoyo a una serie de instrumentos destinados a contribuir al esfuerzo de los países candidatos en su proceso de adhesión.

Estos instrumentos incluyen, entre otras cosas, un programa nacional para la incorporación del acervo comunitario (PNAA) (revisado en febrero de 2002), la evaluación conjunta de las prioridades a medio plazo de la política económica, el pacto contra el crimen organizado, el plan de desarrollo nacional así como otros programas sectoriales necesarios para la participación en los Fondos estructurales tras la adhesión, y en la aplicación de ISPA y SAPARD antes de la adhesión. En 2002, la Asociación para la Adhesión sirvió de punto de partida para la elaboración de un plan de actuación destinado a reforzar la capacidad administrativa y judicial de Lituania.

Estos instrumentos no formarán parte integrante de la presente Asociación, pero sus prioridades serán compatibles con la misma.

El seguimiento de la aplicación de la Asociación para la adhesión estará garantizado en el marco del Acuerdo europeo entre la Unión Europea y Lituania.

2) PRIORIDADES

Se han distribuido en dos grupos: a corto y medio plazo. Las cuestiones prioritarias del primer grupo son las que Lituania podía solucionar o hacer avanzar durante el año 2000. Las del segundo grupo deberían estar resueltas antes de finalizar el año 2003.

Lituania ha cumplido en gran medida las prioridades relativas a los criterios políticos y económicos, así como las prioridades en materia de libre circulación de mercancías, derecho de sociedades, competencia, estadísticas, empleo, política social, energía, medio ambiente, protección de los consumidores y sanidad. La mayor parte de las prioridades restantes se han cumplido de manera parcial. En diciembre de 1999, las prioridades de la Asociación para la Adhesión fueron objeto de una revisión (véase p. 3 del anexo de la Decisión 1999/856/CE). En febrero de 2002 se publicó una última revisión (Decisión 2002/89/CE), que constituye la base del informe de la Comisión del año 2002

Los ámbitos prioritarios son los siguientes:

(Para acceder a la información actualizada, consúltese el análisis de la asimilación del acervo comunitario)

3) MARCO FINANCIERO

Phare

El programa Phare 2000 para Lituania preveía una dotación nacional de 38,3 millones de euros. Se destinaba una cantidad complementaria de 1 millón de euros a la cooperación transfronteriza (CTF), que incluía un mecanismo de apoyo a pequeños proyectos de cooperación en la zona del Báltico. Phare 2001 concedía 45,5 millones de euros a Lituania. La cooperación transfronteriza báltica recibía un suplemento de 3 millones. Phare 2002 asignaba 43,7 millones de euros a Lituania, además de un suplemento de 18,5 millones con cargo al instrumento previsto por el programa para la consolidación de las instituciones nacionales. También se concedió a Lituania una dotación de 3 millones para cooperación transfronteriza.

La Comisión prometió conceder una ayuda financiera de 165 millones de euros, hasta 2006, para clausurar la central nuclear de Ignalina. La mayor parte de dicha ayuda se abonará a través del Fondo internacional de apoyo para la clausura de Ignalina, creado en junio de 2000 y gestionado por el BERD. En 1999 ya se asignaron mediante un protocolo inicial 10 millones de euros, en 2000 otros 35 millones y en 2001 nuevamente 55 millones.

Las autoridades del país socio asumen la responsabilidad de los contratos y pagos vinculados a la ayuda. No obstante, el Reglamento financiero de las Comunidades Europeas obliga a la Comisión a supervisar el procedimiento de adjudicación de los contratos y aprobar cualquier contrato financiado por Phare y firmado por el país socio antes de su entrada en vigor.

Ayuda de preadhesión

A partir del año 2000 la ayuda financiera incluye una ayuda a la agricultura y al desarrollo rural (SAPARD) y un instrumento estructural (ISPA) que concede la prioridad a medidas adoptadas en el ámbito de los transportes y del medio ambiente. El Reglamento por el que se coordina la ayuda de Phare, SAPARD e ISPA, adoptado en junio de 1999, permitirá a la Comisión efectuar un control a posteriori de los contratos cuando juzgue insuficiente el Control Financiero efectuado por su país socio.

Durante el período 2000-2002, el total de la ayuda financiera disponible ascendía a 126 millones de euros para Phare, 90 millones de euros para SAPARD y alrededor de 155 millones de euros para ISPA. SAPARD 2002 destinó una dotación indicativa de 31,3 millones de euros a Lituania, siendo la de ISPA de entre 44 y 65 millones de euros.

4) REFERENCIAS

Decisión 98/265/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/856/CE de 06.12.1999Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2007 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 706 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(1999) 507 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 707 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1750No publicado en el Diario Oficial

Decisión 2002/89/CE de 28.01.2002Diario Oficial L 44 de 14.02.2002

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1406No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004