Bulgaria

REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión COM(97) 2008 final [No publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión COM(98) 707 final [No publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión COM(99) 501 final [No publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión COM(2000) 701 final [No publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1744 [No publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1400 [No publicado en el Diario Oficial].

Informe periódico de la Comisión COM(2003) 676 final - SEC(2003) 1210 [No publicado en el Diario Oficial].

Informe periódico de la Comisión COM(2004) 657 final - SEC(2004) 1199 [No publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión COM(2005) 534 final - SEC(2004) 1199 - [No publicado en el Diario Oficial].

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 157 de 21.6.2005]

SÍNTESIS

En el dictamen de julio de 1997 se preveía una adaptación a medio plazo de la legislación nacional a las exigencias comunitarias, a condición de que se adoptaran rápidamente las medidas legislativas necesarias y éstas estuvieran acompañadas de las debidas adaptaciones estructurales de la industria audiovisual búlgara.

En el informe de noviembre de 1998 se mantenía la misma evaluación, aunque se destacaba la falta de avances sustanciales en este sector.

En el informe de octubre de 1999, por el contrario, se apreciaban avances significativos, sobre todo en la adaptación de la legislación búlgara al acervo comunitario.

En los informes de noviembre de 2000, noviembre de 2001 y octubre de 2002 se exponían los diferentes resultados obtenidos por Bulgaria, principalmente en el ámbito audiovisual.

En el informe de noviembre de 2003 se presentaban algunos de los avances de Bulgaria en la adaptación de su legislación al acervo comunitario.

En el informe de octubre de 2004 se subrayaba que globalmente la legislación búlgara era conforme al acervo comunitario y que ya se habían creado las estructuras administrativas necesarias. Se habían cerrado momentáneamente las negociaciones relativas a los ámbitos audiovisual y cultural. No obstante, Bulgaria aún debía fortalecer más la capacidad administrativa de la autoridad de regulación y garantizar la aplicación transparente y eficaz del marco regulador (especialmente en lo relativo al proceso de concesión de licencias).

El informe de octubre de 2005 indica que la legislación búlgara es conforme al acervo en materia audiovisual.

El Tratado de adhesión se firmó el 25 de abril de 2005, y la adhesión se produjo el 1 de enero de 2007

ACERVO COMUNITARIO

El acervo relativo al ámbito audiovisual tiene por objeto la puesta a disposición y la libre circulación de servicios audiovisuales en la UE, así como el fomento de la industria europea de programas en el marco del mercado interior. Este acervo está recogido en la Directiva « Televisión sin fronteras »,que se aplica a todos los organismos de difusión con independencia de los modos de transmisión (terrestre, satélite o cable) o de su carácter público o privado, y establece normas básicas sobre radiodifusión transfronteriza. Los objetivos principales en este ámbito son los siguientes:

El Acuerdo europeo entre la Unión Europea y Bulgaria prevé una cooperación destinada a fomentar y modernizar la industria audiovisual y a armonizar los aspectos reguladores de la política audiovisual.

La Directiva «televisión sin fronteras» forma parte de la lista de medidas que los países de Europa Central y Oriental deben adoptar en la fase I del Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y el Mercado Interior (1995).

EVALUACIÓN

En noviembre de 1998 se adoptó la Ley de la radio y la televisión que, junto con la Ley de telecomunicaciones adoptada en julio de 1998, forma parte del marco jurídico común del sector de las telecomunicaciones y el sector audiovisual. En marzo de 1999 Bulgaria ratificó el Convenio del Consejo de Europa sobre la televisión transfronteriza.

Ya se han creado las estructuras administrativas necesarias para la aplicación de la legislación, principalmente el Consejo nacional de la radio y la televisión. No obstante, es aún preocupante la capacidad de este organismo para controlar la conformidad con las normas comunitarias, especialmente por la falta de recursos presupuestarios.

Desde octubre de 2000, con la entrada en vigor de las modificaciones de la Ley de la radio y la televisión, la legislación audiovisual búlgara es conforme a la Directiva «televisión sin fronteras». En noviembre de 2001 entraron en vigor modificaciones adicionales que consolidaron la transposición del acervo en el ámbito audiovisual. Su propósito era reforzar la jurisdicción de control en este sector y racionalizar los procedimientos de concesión de licencias. En consecuencia, en noviembre de 2001 se instituyó un Consejo de los medios de comunicación electrónicos que sustituye al Consejo nacional de la radio y la televisión como jurisdicción nacional de tutela.

En 2000 se reforzó la capacidad administrativa del Consejo nacional de la radio y la televisión pero ésta sigue siendo insuficiente.

El mercado audiovisual búlgaro no está regulado. El primer operador privado ya ha iniciado sus actividades.

En julio de 1999, Bulgaria suscribió el Convenio del Consejo de Europa sobre la televisión transfronteriza.

En 2003 se promulgó el protocolo por el que se modifica y completa el Convenio europeo sobre la televisión transfronteriza. Además, el presupuesto y el personal de la autoridad de tutela --el Consejo de los medios de comunicación electrónicos-- se incrementaron ligeramente. Este Consejo ha adoptado varias decisiones, en particular una relativa a la introducción de un sistema de programas de etiquetado para la protección de la infancia.

En cambio, al no cobrarse un impuesto a los usuarios, ni dicho Consejo ni la televisión y la radio nacionales búlgaras han podido financiarse con el Fondo de radiotelevisión.

En septiembre de 2005, el Parlamento búlgaro adoptó la estrategia en materia de radio y televisión, en virtud de la cual el Consejo de los medios de comunicación electrónicos podrá convocar nuevos procedimientos de adjudicación de licencias de programas de radio y de televisión.

En el ámbito de la cultura, Bulgaria ha demostrado tener capacidad administrativa suficiente para participar en los programas culturales. En consecuencia, en octubre de 2001 fue adoptada la Decisión del Consejo de asociación por la que se autoriza a Bulgaria a participar en el programa Cultura 2000.

En el ámbito audiovisual, la Comisión ha adoptado una Decisión que permite a Bulgaria participar en los programas MEDIA Plus (2001-2005) y MEDIA Formación (2001-2005). La participación en el programa de apoyo a la industria audiovisual europea se hizo efectiva en enero de 2002. En 2004 se creó una oficina nacional de los medios de comunicación. Su director fue elegido en abril de 2004.

Última modificación: 12.01.2006