Rumanía

REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM (97) 2003 final - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (98) 702 final - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (99) 510 final - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2000) 710 final - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2001) 700 final - SEC (2001) 1753 - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2002) 700 final - SEC (2002) 1409 - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2003) 676 final - SEC (2003) 1211 - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2004) 657 final - SEC (2004) 1200 - no publicado en el Diario Oficial]

Informe de la Comisión [COM (2005) 534 final - SEC (2005) 1354 - no publicado en el Diario Oficial]

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 157 de 21.6.2005]

SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea consideraba que, para poder adaptarse al acervo comunitario de la UE, Rumanía debía conceder mayor prioridad a los aspectos ambientales, aplicar estrategias de adhesión y programas de trabajo centrados en el medio ambiente, aumentar notablemente los recursos financieros y desarrollar sus capacidades administrativas. Si se seguía esta estrategia, podría conseguirse la plena transposición del acervo comunitario a medio y largo plazo. No obstante, como ciertos textos legislativos requieren una inversión sostenida y considerables esfuerzos administrativos (por ejemplo, los que se refieren al tratamiento de las aguas residuales urbanas, al agua potable, a la gestión de residuos, a la contaminación atmosférica, etc.), la Comisión pensaba que la conformidad efectiva con el acervo comunitario sólo se podría conseguir a largo plazo.

El informe de noviembre de 1998 constataba que Rumanía no había progresado en la armonización legislativa y que quedaba mucho por hacer para respetar las prioridades a corto plazo que establece la asociación para la adhesión. Subsistían graves problemas en materia de contaminación atmosférica y de gestión de los recursos hídricos y de los residuos.

El informe de octubre de 1999 ponía de manifiesto que Rumanía apenas había avanzado en la aproximación de la legislación. El país aún no disponía de una estrategia general que incluyera evaluaciones de costes, programas de aplicación y planes de financiación respecto de directivas concretas. La Comisión insistía en que para aplicar el acervo comunitario en materia de medio ambiente, era necesario un compromiso mayor por parte del Gobierno, un Ministerio de medio ambiente reforzado y muchos más recursos para la protección del medio ambiente.

El informe de noviembre de 2000 señalaba que Rumanía había reformado la administración local encargada de la protección del medio ambiente, pero las capacidades administrativas a escala nacional seguían siendo reducidas. Apenas había progresado en las estrategias destinadas a incorporar el acervo, aunque hubiera finalizado la mayor parte de las estrategias sectoriales de aproximación. Seguía pendiente la evaluación de los costes de aplicación de las principales directivas.

En su informe de noviembre de 2001 la Comisión subrayaba los progresos alcanzados en la ratificación de los convenios internacionales y el establecimiento de los planes de acción para alinear y adoptar el acervo. No obstante, los niveles de incorporación y aplicación seguían siendo bajos. Se requerían estrategias de financiación, planes de aplicación y el refuerzo de la capacidad administrativa.

El informe de octubre de 2002 indicaba que Rumanía había hecho muchos progresos en la incorporación del acervo. No obstante, se había adoptado la nueva legislación sin tener suficientemente en cuenta los recursos financieros y administrativos necesarios. Debían reforzarse las capacidades de aplicación de la legislación.

El informe de octubre de 2003 señalaba que se habían realizado progresos legislativos. Aunque se había incorporado gran parte del acerbo medioambiental, los recursos administrativos y financieros asignados al medio ambiente no eran suficientes. Resultaba necesario un esfuerzo complementario en la aplicación de la legislación ambiental.

El informe de octubre de 2004 ponía de manifiesto los progresos alcanzados por Rumanía en la adaptación de su legislación al acervo, así como las medidas que debían tomarse para aplicar toda la legislación comunitaria en ámbitos importantes como la calidad del aire, la gestión de los residuos y la calidad del agua. Asimismo debían realizarse esfuerzos prioritarios en materia de aplicación, sobre todo en lo que se refería al establecimiento de las estructuras administrativas necesarias y a las inversiones. Rumanía había procedido al cierre provisional de las negociaciones del capítulo medioambiental.

El informe de octubre de 2005 destaca el alto grado de adaptación al acervo alcanzado por Rumanía. Insiste asimismo en la necesidad de seguir realizando esfuerzos, en particular por lo que se refiere a la legislación horizontal y sobre gestión de residuos, calidad del agua, contaminación industrial y capacidad administrativa en general.

El Tratado de adhesión se firmó el 25 de abril de 2005, y la adhesión se produjo el 1 de enero de 2007

ACERVO COMUNITARIO

La política medioambiental de la Comunidad, derivada del Tratado, tiene por objeto el desarrollo sostenible basado en la integración de la protección del medio ambiente en las políticas sectoriales de la UE, la acción preventiva, el principio de que quien contamina paga, la lucha en la fuente contra los daños medioambientales y la responsabilidad compartida. El acervo comunitario comprende un total de aproximadamente 200 actos normativos que cubren una amplia gama de cuestiones, incluidas la contaminación del agua y del aire, la gestión de los residuos y de los contaminantes químicos, la biotecnología, la protección contra las radiaciones y la preservación de la naturaleza. Los Estados miembros tienen la obligación de efectuar un estudio de impacto ambiental antes de dar su consentimiento para la realización de determinados proyectos públicos o privados.

El Acuerdo Europeo estipula que las políticas de desarrollo económico de Rumanía se guiarán por el principio del desarrollo sostenible e integrarán plenamente las consideraciones de carácter medioambiental.

El Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y el mercado interior (1995) incluye sólo una pequeña parte del acervo medioambiental, concretamente la normativa aplicable a los productos, que se relaciona directamente con la libre circulación de mercancías.

EVALUACIÓN

No se ha producido ningún avance en relación con la integración del medio ambiente en las demás políticas.

Se han registrado progresos por lo que respecta a la legislación horizontal. Se han adoptado textos legislativos sobre los procedimientos correspondientes a la evaluación de impacto ambiental y a la evaluación ambiental estratégica. Se ha elaborado un procedimiento de comunicación para consultar al público y una guía de aplicación. Por otra parte, se habían ratificado los actos internacionales siguientes: la Convención de Aarhus, el Convenio de Espoo sobre evaluación de impacto ambiental en un contexto transfronterizo y el Protocolo de Kioto. No obstante, falta por realizar la transposición de las normas comunitarias sobre la evaluación ambiental estratégica y sobre el acceso a la información. Deberían organizarse acciones de formación suplementarias en este ámbito.

Por lo que se refiere a la gestión de los residuos, Rumanía ha adoptado actos legislativos sobre los traslados de residuos y las normas técnicas aplicables a la utilización de lodos de depuradora en la agricultura, pero debe continuar con la adaptación al acervo en materia de gestión de residuos, sobre todo por lo que respecta a los vertederos, los envases y residuos de envases, los traslados de residuos, los vehículos al final de su vida útil y los residuos eléctricos y electrónicos. Prosiguen el cierre o la reconstrucción de los vertederos existentes y la puesta en marcha de nuevos emplazamientos. El Ministerio de medio ambiente y gestión del agua se encarga del traslado de residuos, pero deben reforzarse las capacidades administrativas a escala regional y local, y es preciso velar por la coordinación entre autoridades. Además, deben adoptarse planes de gestión de residuos a escala regional.

Ha mejorado la situación relativa a la calidad del agua. Se ha realizado la transposición del acervo sobre aguas residuales urbanas y vertido de sustancias peligrosas en aguas de superficie, pero deben adoptarse aún algunas medidas complementarias. Se ha modificado la ley relativa al agua para ajustarla a la Directiva marco sobre el agua y a la legislación sobre el agua potable. Se han adoptado las disposiciones legislativas correspondientes a un sistema integrado de control de la contaminación de las aguas por nitratos y a la aprobación de programas de control de sustancias contaminantes de origen agrícola. Asimismo se han adoptado reglamentos para el control de la calidad del agua respecto a determinadas sustancias peligrosas y para las normas de higiene aplicables al agua embotellada. Rumanía ha tomado medidas para declarar todo su territorio «zona sensible» por lo que respecta al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Además, se han elaborado planes de acción para las aglomeraciones, y las infraestructuras existentes de tratamiento de aguas residuales han sido objeto de una evaluación. Se ha establecido un método para designar las zonas que pueden verse amenazadas por aguas contaminadas por nitratos.

Por lo que se refiere al control y los riesgos de contaminación industrial, se han adoptado varias disposiciones de aplicación, en particular para la concesión de autorizaciones integradas. Se ha revisado el inventario de instalaciones a las que se aplican la prevención y la reducción integradas de la contaminación (IPPC) y se han evaluado las instalaciones. Es fundamental, sin embargo, seguir realizando esfuerzos respecto a la concesión de permisos a las instalaciones reguladas por la Directiva IPPC. Se ha llevado a cabo un primer análisis para elaborar un repertorio de emisiones de sustancias contaminantes. Además, en marzo de 2003, se ratificó el Convenio sobre los efectos transfronterizos de los accidentes industriales. Debe proseguir la transposición del acervo en materia de incineración de residuos, grandes instalaciones de combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de disolventes orgánicos.

En cuanto a la seguridad nuclear y la radioprotección, se han realizado más progresos gracias a la publicación de nuevas normas, pero queda mucho por hacer en relación, sobre todo, con la vigilancia de los traslados de residuos radiactivos. Se ha llevado a cabo un inventario de las actividades que suponen un riesgo de exposición a las radiaciones ionizantes. Se ha creado una base de datos para las solicitudes de autorización de traslados de residuos radiactivos y para las autorizaciones ya concedidas.

Respecto al ruido, cabe señalar una serie de avances a este respecto, entre los que se incluyen una evaluación sobre la contaminación acústica y un inventario de las aglomeraciones urbanas, autopistas, líneas ferroviarias y aeropuertos.

En relación con la protección de la naturaleza, se ha incorporado lo esencial del acervo. Se han registrado nuevos progresos en cuanto al establecimiento de la red Natura 2000 y a la transposición de actos reglamentarios en este ámbito. Se está llevando a cabo la identificación de los lugares de importancia comunitaria y zonas especiales de conservación con la participación, en particular, de organizaciones no gubernamentales. Deben realizarse esfuerzos suplementarios de sensibilización y fomento de la participación de los agentes interesados en la aplicación, y deben reforzarse las capacidades administrativas en este ámbito.

Rumanía apenas ha avanzado en el ámbito de las sustancias químicas y organismos modificados genéticamente. Ha adoptado textos legislativos que regulan las sustancias que agotan la capa de ozono y ha aprobado el nuevo programa nacional destinado a su supresión progresiva. En marzo de 2003, Rumanía ratificó el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. Deben completarse las reglas sobre biocidas.

En relación con la calidad del aire, ya se ha adoptado legislación a este respecto en Rumanía, y es conforme con el acervo, especialmente gracias a la adopción en los últimos años de disposiciones de aplicación sobre el contenido de azufre de los combustibles líquidos, la designación de organismos de control, las emisiones de compuestos orgánicos volátiles y las condiciones aplicables a la comercialización de gasolina y gasóleo. Además, se han designado zonas a efectos de evaluación y gestión de la calidad del aire, y ya se ha llevado a cabo la primera evaluación. Se ha creado asimismo una red de vigilancia de la calidad del aire en las aglomeraciones. Se han publicado procedimientos sobre la elaboración y aplicación de planes y programas de gestión de la calidad del aire. Se han aprobado una estrategia y un plan de acción a escala nacional para la protección de la atmósfera. No obstante, deben establecerse los planes de acción y los sistemas de control, y debe terminarse la transposición de las normas comunitarias relativas a las emisiones de las máquinas móviles no de carretera.

Rumanía es miembro de la Agencia Europea del Medio Ambiente.

Respecto a las capacidades administrativas, el sector del medio ambiente ha experimentado importantes mutaciones institucionales durante el periodo del informe. Tras haberse fusionado con el Ministerio de agricultura en junio de 2003, existe de nuevo un Ministerio de medio ambiente y gestión del agua desde marzo de 2004. Se han creado una agencia nacional y ocho agencias regionales de protección medioambiental y en la primavera de 2004 ha comenzado la contratación de personal. Se están reforzando los efectivos de estos órganos administrativos y los de las 34 agencias locales de protección ambiental. No obstante, deben seguir reforzándose las capacidades, en particular a nivel regional y local. Por otra parte, debe intensificarse la coordinación entre las autoridades responsables del medio ambiente.

No se ha progresado respecto a las inversiones que deben realizarse a medio y largo plazo para aplicar el acervo. El informe recuerda que siguen siendo necesarias inversiones considerables, sobre todo a medio plazo, con objeto de garantizar la aplicación del acervo medioambiental.

Ha mejorado la cooperación con las organizaciones no gubernamentales.

No obstante, habría que aumentar la participación del público en el proceso de diseño y aplicación de la política medioambiental.

Se han cerrado provisionalmente las negociaciones entre Rumanía y la Unión sobre el capítulo relativo al medio ambiente. Se han concedido regímenes transitorios, de entre 1 y 12 años, para la aplicación del acervo en sectores tales como la depuración de aguas residuales urbanas, el agua potable, las emisiones de compuestos orgánicos volátiles de algunas instalaciones y el tratamiento de residuos.

Última modificación: 13.12.2005