Chipre

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(93) 313 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(98) 710 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 502 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 702 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1745 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1401 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1202 - No publicado en el Diario Oficial]

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1993 la Comisión llamaba la atención sobre determinados aspectos relativos, en particular, a los sectores del transporte por carretera y el transporte marítimo.

El informe de 1998 consideraba que se habían producido avances en materia de transporte aéreo y por carretera, pero que era necesario realizar un importante esfuerzo en el sector marítimo.

En el informe de 1999 la Comisión observaba que Chipre había avanzado en el proceso de la armonización de su legislación con el acervo en todos los sectores del transporte, pero aún tenía que incorporar una parte considerable de la legislación (en materia de seguridad marítima y de funcionamiento del registro de buques, sobre todo por lo que se refiere al control del estado rector del puerto).

En el informe de 2000, se habían realizado notables progresos en el transporte terrestre y aéreo, y especialmente en el transporte marítimo. En lo referente a los asuntos horizontales había habido muy pocos avances de los que informar, aparte de la finalización, en octubre de 1999, del proceso de evaluación de las necesidades de las infraestructuras de transporte, que debía constituir la base para extender a este país las redes transeuropeas.

El informe de noviembre de 2001 comprobaba los avances realizados en la armonización del marco legislativo y administrativo. Chipre había registrado mejoras importantes en casi todos los sectores de la política de transportes.

El informe de 2002 dejaba constancia de la adaptación de la legislación al acervo. Chipre seguía haciendo progresos, sobre todo en el ámbito del transporte por carretera y marítimo, y había aumentado su capacidad administrativa en ese sector.

El informe de 2003 pone de manifiesto que Chipre cumple la mayor parte de los compromisos y requisitos en los ámbitos del transporte por carretera y del transporte aéreo. No obstante, tiene que prestar una atención prioritaria a la adopción de las disposiciones de aplicación y reforzar aún su capacidad administrativa, sobre todo mediante la informatización, con objeto de aplicar el acervo en el campo del transporte marítimo.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

La política común de transportes se articula en torno a tres grandes ejes.

EVALUACIÓN

En el campo del transporte terrestre, se registraron progresos sobre todo en lo que se refiere a la tecnología y la seguridad. En 2002 se adoptaron varios reglamentos sobre la instalación de tacógrafos en vehículos de nueva matriculación, así como en autocares y vehículos pesados. Se aprobó una ley relativa a la tributación de vehículos, que completa la adaptación al acervo fiscal en materia de tarificación de vehículos pesados.

Se adoptaron una ley y varios reglamentos sobre el nivel mínimo de formación de los conductores profesionales en el ámbito del transporte por carretera. Desde enero de 2002, todos los vehículos nuevos deben ir equipados con cinturones de seguridad en asientos delanteros y traseros. Aún no se ha procedido, sin embargo, a adaptar la legislación en el campo de los transportes de sustancias peligrosas y es preciso realizar esfuerzos para aplicar el acervo a nivel social y técnico.

Chipre disfruta de un régimen transitorio hasta finales de 2005 en relación con la obligación de instalar y utilizar dispositivos de control en los vehículos existentes que se utilizan para los transportes nacionales.

Respecto al transporte aéreo, Chipre ratificó en junio del 2000 las últimas enmiendas al Convenio de Eurocontrol revisado. En este contexto, en 2001 entraron en vigor varios reglamentos que adoptan las normas de Eurocontrol en materia de equipos y sistemas de gestión del tráfico aéreo. Las negociaciones entre la Comunidad Europea y Chipre para la adhesión de este país al Acuerdo Multilateral sobre la creación del Espacio Europeo Aéreo Común comenzaron en enero del 2000. En cuanto a la capacidad administrativa, el Departamento de Aviación Civil ha aprobado la contratación de nuevo personal.

En 2002 entraron en vigor los reglamentos relativos a los equipos y sistemas de gestión del tráfico aéreo, que deben permitir la adopción de las normas de Eurocontrol en este ámbito. Chipre debe convertirse aún en miembro de pleno derecho de las Autoridades Aeronáuticas Conjuntas (JAA) y reforzar su capacidad administrativa.

En lo que se refiere al transporte marítimo, a comienzos del 2000 el Gobierno introdujo una nueva normativa, más restrictiva, sobre el registro de barcos chipriotas, para incrementar la calidad de flota con pabellón chipriota y su nivel general de seguridad. En febrero del 2000 se puso en funcionamiento el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC) para reglamentar mejor el cometido de las sociedades de clasificación.

En 2001, Chipre adaptó su legislación sobre todo por lo que respecta a los controles de seguridad. No obstante, se requieren normas más estrictas en materia de registro de buques antiguos y una política más rigurosa con respecto a los buques que no cumplen las normas. El porcentaje de inmovilización de buques chipriotas registrado tras los controles efectuados por el Estado del puerto sigue siendo, sin embargo, muy superior a la media de buques que enarbolan pabellón de un Estado miembro de la Unión Europea.

En 2002 Chipre incorporó la legislación relativa a los equipos marítimos. El departamento de marina mercante empezó a conceder certificados de cualificación profesional a todos los oficiales que trabajan a bordo de buques chipriotas.

En materia de capacidad administrativa, se reforzó la red mundial de inspectores encargados de controlar el estado de los buques.

En 2003, el pabellón chipriota sigue figurando en la lista negra del Memorando de París sobre el control de buques por el Estado del puerto. Se han creado las estructuras administrativas adecuadas en este campo, pero aún deben reforzarse.

Por otro lado, la informatización del departamento de la marina mercante reviste carácter de urgencia, sobre todo por lo que se refiere a la gestión de los expedientes de los buques. Chipre debe además acabar de adoptar disposiciones de aplicación en los ámbitos relativos a las instalaciones portuarias receptoras y el régimen de reconocimientos obligatorio para garantizar la seguridad en la explotación de servicios regulares de transbordadores de carga rodada y naves de pasaje de gran velocidad.

Última modificación: 13.01.2004