Rumania

REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(1997) 2003 final - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(1998) 702 final - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(1999) 510 final - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2000) 710 final - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1753 - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1409 - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2003) 676 final - SEC(2003) 1211 - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2004) 657 final - SEC(2004) 1200 - No publicado en el Diario Oficial].Informe de la Comisión [COM(2005) 534 final - SEC(2005) 1354 - No publicado en el Diario Oficial]. Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 157 de 21.6.2005]

SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997, la Comisión Europea consideraba que, tras un período en el que se habían observado algunas dificultades en el comercio con Rumania, las nuevas orientaciones adoptadas a principios de ese mismo año por las autoridades permitían pronosticar una evolución positiva, así como la voluntad de respetar el calendario previsto por el acuerdo europeo para la supresión de los obstáculos al comercio bilateral. La Comisión solicitaba, asimismo, a las autoridades que garantizasen que, en los ámbitos en los que no existiera una armonización comunitaria, la legislación nacional no obstaculizara los intercambios, en particular mediante la verificación de la proporcionalidad de las medidas vigentes con los objetivos perseguidos por dichas medidas. Además, reclamaba esfuerzos considerables antes de llegar a una situación lo suficientemente avanzada como para poder concluir que Rumania estaba en condiciones de aplicar plena y efectivamente el acervo comunitario.

En el informe de noviembre de 1998, la Comisión constataba que Rumania había progresado en la transposición de las Directivas «de nuevo enfoque», pero también afirmaba que aún debían adoptarse la mayoría de las normas europeas.

En el informe de octubre de 1999, consideraba que, aunque se había avanzado en materia de normalización y transposición de las Directivas relativas a los vehículos de motor, subsistían grandes problemas en cuanto a la transposición de las Directivas sectoriales, al no existir una legislación marco que aplicase los principios del nuevo enfoque y del enfoque global. Desde entonces, tal y como reflejaba el informe de noviembre de 2000, se han realizado escasos progresos.

En el informe de noviembre de 2001, se constataba que Rumania apenas había progresado en el ámbito de la libre circulación, salvo por lo que respecta a la legislación relativa al nuevo enfoque, el enfoque global y los contratos públicos. Sin embargo, había realizado grandes progresos en el ámbito aduanero.

En su informe de octubre de 2002, la Comisión constataba que Rumania había progresado en cierta medida en cuanto a transposición de la legislación sectorial y a armonización en materia de contratos públicos, y había realizado grandes progresos en el ámbito aduanero.

En su informe de noviembre de 2003, la Comisión consideraba que Rumania había seguido avanzando a buen ritmo en la transposición del acervo.

En el informe de octubre de 2004, se señalaba que Rumania había seguido progresando en lo relativo a la libre circulación de mercancías, con la clara excepción de la aplicación de la normativa en materia de contratación pública.

En el informe de octubre de 2005, se ponía de relieve que, pese a los avances logrados, Rumania tenía que seguir esforzándose por avanzar en materia de medidas horizontales y de procedimiento, así como en lo relativo a la legislación «de antiguo enfoque». La contratación pública seguía suscitando serias preocupaciones.

El Tratado de adhesión se firmó el 25 de abril de 2005, y la adhesión se produjo el 1 de enero de 2007

ACERVO COMUNITARIO

La libre circulación de mercancías supone la eliminación de las medidas que imponen restricciones a los intercambios, es decir, no sólo los derechos de aduana y las restricciones cuantitativas a los intercambios, sino también todas las medidas de efecto equivalente con resultados proteccionistas.

En la medida en que no estén armonizadas las exigencias técnicas, prevalece la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las reglamentaciones nacionales (de conformidad con los principios de la jurisprudencia «Cassis de Dijon»).

La Comunidad Europea ha desarrollado un « nuevo enfoque » con fines de armonización. La legislación comunitaria, más que imponer soluciones técnicas, se limita a establecer las exigencias mínimas que han de satisfacer los productos.

EVALUACIÓN

En 1998, Rumania aprobó dos decretos relativos a las actividades de normalización y acreditación y a la infraestructura de evaluación de la conformidad. Dichos decretos garantizan una base jurídica sólida para las actividades de normalización y acreditación de acuerdo con los principios de la Unión Europea. Asimismo, garantizan la separación de las funciones de normalización y acreditación. En la actualidad, la acreditación compete a un organismo nacional de acreditación (RENAR) independiente del Instituto Rumano de Normalización (ASRO) (EN), miembro de la European Acreditation (EN).

En 2002, con la adopción de la legislación marco relativa a la evaluación de la conformidad, se realizaron progresos desde el punto de vista de la red institucional. El informe de 2003 indicaba que se habían producido nuevos avances en la materia. De acuerdo con el informe de 2004, se habían registrado importantes progresos en el ámbito de la acreditación y la evaluación de la conformidad. En diciembre de 2003 se adoptaron disposiciones de aplicación para establecer los procedimientos de evaluación de la conformidad de los productos y para fijar la normativa de aplicación y utilización del marcado CE.

El Instituto de Normalización puso en marcha un programa para la adopción de normas europeas que ya está dando sus frutos. En el informe de 2001 se señalaba que el organismo de acreditación rumano había firmado acuerdos de reconocimiento mutuo y había transpuesto aproximadamente el 15 % de las normas europeas armonizadas. En relación con 2003, el informe indicaba que se había seguido adelante con la transposición de las normas europeas: se había transpuesto más del 70 %. En el informe de 2004 se señalaba que se habían introducido cláusulas de reconocimiento mutuo --que la Comisión quería introducir en 2001-- en la nueva ley sobre la metrología y en las disposiciones de aplicación de distintos ámbitos. En lo relativo a la normalización, se habían realizado importantes progresos gracias a la adopción de las normas europeas para cumplir los criterios de adhesión al CEN y el CENELEC. De acuerdo con el informe de 2005, las estructuras de vigilancia del mercado existen, pero todavía hay que consolidarlas y mejorar su coordinación. En concreto, deben reforzarse las capacidades administrativas del organismo de acreditación RENAR.

Por lo que se refiere a la legislación sectorial específica, los progresos hasta 2000 fueron bastante moderados debido a la ausencia de una legislación marco que recogiese sistemáticamente los principios del nuevo enfoque y del enfoque global. En el informe de 2001 se constataba que Rumania adoptó finalmente dicha legislación marco introduciendo los principios del nuevo enfoque y del enfoque global en la legislación nacional.

En los ámbitos que se incluyen en el nuevo enfoque, se ha ralentizado la transposición del acervo comunitario en materia de juguetes, ascensores, aparatos de gas, recipientes a presión, compatibilidad electromagnética, aparatos de baja tensión, aparatos médicos, barcos de recreo y metrología legal. Los progresos que han tenido lugar desde entonces se refieren a la adopción de la legislación marco que permite la aplicación del acervo. En el informe de 2004 se observaba una progresión en este ámbito por lo que se refiere al acervo sobre equipos eléctricos de baja tensión, compatibilidad electromagnética, ascensores, equipos terminales de radio y telecomunicaciones, metrología legal, juguetes, aparatos de gas, recipientes a presión simples y máquinas. Según el informe de 2005, si bien la armonización del acervo se considera, en general, aceptable, es necesario seguir esforzándose en varios sectores. Todavía hay que acreditar los organismos de evaluación de la conformidad.

En lo que se refiere a las Directivas de antiguo enfoque, se han realizado algunos progresos en los sectores de los detergentes, los vehículos de motor, los productos farmacéuticos (legislación de urgencia), los productos alimenticios (legislación marco y etiquetado) y el vidrio. Sin embargo, no se ha registrado ningún avance en lo que respecta al preenvasado, la madera y los productos textiles. En 2002, los progresos en materia de transposición y aplicación del acervo sobre metrología legal y preenvasado fueron limitados. En materia de seguridad alimentaria y de legislación sobre alimentos, se aceleró considerablemente el proceso de transposición. En el informe de 2003, se constataban avances en los ámbitos de los vehículos de motor, la cosmética, la metrología legal y los productos químicos. De acuerdo con el informe de 2005, Rumania ha transpuesto la mayor parte del acervo a su legislación nacional, pero todavía tiene que completar la armonización en el ámbito de las buenas prácticas de laboratorio y en la cosmética.

En lo tocante a seguridad alimentaria y alimentos, en septiembre de 2002 entró en vigor la mayoría de las Directivas verticales sobre productos alimenticios. Para 2005 era necesario realizar mayores esfuerzos en materia de organismos modificados genéticamente (OMG), reglas de higiene, aguas minerales y control de la importación de frutos secos.

Por último, ya ha entrado en vigor la nueva legislación sobre contratación pública, aunque todavía no se aplican los actos reglamentarios que la ponen en vigor. En 2005, todavía no se había completado la armonización íntegra del acervo. Aún había que transponer las directivas de 2004 y elaborar un marco jurídico completo que incluyese las normas armonizadas sobre concesiones y colaboración público-privada, sobre adjudicación electrónica de contratos públicos y sobre un mecanismo de recurso eficaz. La Comisión señala que la aplicación de la legislación sobre contratación pública suscita serias preocupaciones. Es necesario reforzar y modernizar de manera considerable las capacidades administrativas para evitar cualquier situación de abuso e incumplimiento. En julio de 2005 se creó la agencia de contratación pública, la autoridad nacional responsable de la regulación y el seguimiento de los contratos públicos.

Por lo que respecta a las negociaciones relativas al capítulo de la unión aduanera, en 2001 se realizaron progresos respecto a la adecuación de la legislación rumana al Código aduanero comunitario y a sus disposiciones de aplicación. En noviembre de 2001 se adoptaron disposiciones relativas a la aplicación del arancel aduanero integrado de Rumania (TARIR), basado en el arancel integrado de la Comunidad (TARIC). En el informe de 2004 se señalaba que los progresos realizados por Rumania para la transposición del acervo aduanero durante el período de referencia en materia de adaptación al acervo adoptado a partir de 2001 eran limitados.

En lo relativo a las capacidades administrativas y operativas, en marzo de 2004 se adoptó una nueva estructura organizativa y funcional de la autoridad aduanera. Se constataron progresos limitados en el ámbito de la cooperación con los operadores. Rumania debe seguir progresando en lo que respecta al desarrollo de las capacidades administrativas y de la lucha contra la corrupción dentro de la administración aduanera. Según se desprende del informe de 2005, Rumania cumple las obligaciones que se derivan de las negociaciones de adhesión en el ámbito de la legislación aduanera. La Comisión señala que es necesario realizar mayores esfuerzos en lo que se refiere a la capacidad administrativa y operativa de la autoridad aduanera, en concreto en materia de formación de los funcionarios, procedimientos aduaneros y lucha contra la corrupción.

Última modificación: 6.1.2006 

Última modificación: 06.01.2006