Eslovenia

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(97) 2010 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(98) 709 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 512 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 712 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001 700 final - SEC (2001) 1755 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1411 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1208 - No publicado en el Diario Oficial]Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea estimaba que aún era necesario proseguir la labor de adecuación al acervo comunitario en el sector agrario, si bien también señalaba que Eslovenia había logrado avances significativos en la incorporación de las medidas mencionadas en el Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y su integración en el mercado interior (1995).

La Comisión pedía un esfuerzo especial en los siguientes aspectos:

Por último, afirmaba que, de llevarse a cabo este esfuerzo, la adhesión a medio plazo de Eslovenia no tenía por qué presentar problemas importantes a la hora de aplicar la política agrícola común. Respecto a la política pesquera, la Comisión llegaba a la conclusión de que la producción y el comercio exterior de Eslovenia en este sector no tendrían una repercusión significativa en el conjunto de la Comunidad por ser de un volumen limitado.

El informe de noviembre de 1998 afirmaba que se precisarían nuevos esfuerzos de Eslovenia para adecuar su legislación al acervo comunitario en el sector agrario así como para adaptarse a los instrumentos de la PAC y a las normas agroalimentarias de la Unión. Asimismo, debían establecerse lo antes posible las estructuras necesarias para aplicar la política estructural y rural. En el sector pesquero, el informe de noviembre simplemente dejaba constancia de que no se había producido ningún avance.

En su informe de octubre de 1999 la Comisión consideraba que se habían realizado algunos avances en lo relativo a la aplicación del acervo agrario. Sin embargo, aún resultaba necesario un trabajo importante de adecuación y aplicación. En el sector pesquero no se había registrado ningún avance.

En su informe de noviembre de 2000 la Comisión considera que Eslovenia ha realizado notables avances en los ámbitos de la agricultura y la pesca.

El informe de noviembre de 2001 destacaba que, en materia agrícola, Eslovenia había realizado progresos aunque aún deben realizarse numerosos esfuerzos.

En el ámbito pesquero, Eslovenia avanzó en su trabajo de armonización legislativa con la aprobación, en marzo de 2001, del código marítimo. De este modo, el control de los buques de pesca y la creación de un registro de la flota pesquera cuentan con una base jurídica establecida. Por lo que se refiere a la gestión, la inspección y el control de los recursos, en el Ministerio de agricultura, silvicultura y productos alimenticios se creó un Departamento de la pesca en agua dulce, en el mar y la piscicultura. Por otra parte, durante 2001, el Instituto de pesca se transformó en un Instituto de investigación en el ámbito pesquero con el fin de convertirse en el principal centro de los consejos científicos sobre los recursos marinos.

El informe de noviembre de 2002 destacaba los progresos alcanzados para alinear la legislación agrícola, fortalecer la capacidad administrativa y los sectores veterinario y fitosanitario. En lo que atañe a la pesca, se realizaron esfuerzos en el ámbito legislativo y administrativo.

El informe de noviembre de 2003 demuestra que Eslovenia respeta algunos de sus compromisos. En lo que respecta a las organizaciones comunes de mercado (OCM) del azúcar y de la leche, y en lo que atañe a una parte del ámbito veterinario, aún deben realizarse esfuerzos para estar listos y operativos desde el momento de la adhesión. En lo que atañe a la pesca, Eslovenia respeta lo esencial de sus compromisos.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

La política agrícola común (PAC) tiene como finalidad mantener y desarrollar un sistema agrario moderno que garantice un nivel de vida equitativo a la población agraria, el suministro de alimentos a precios razonables al consumidor y la libre circulación de mercancías en el territorio de la Comunidad Europea.

El comercio de productos agrícolas entre Eslovenia y la Comunidad se enmarca jurídicamente en el Acuerdo europeo, entre cuyos objetivos está el de fomentar la cooperación en materia de modernización, reestructuración y privatización del sector agrario esloveno y en el campo de la industria agroalimentaria y las normas fitosanitarias. El Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y su integración en el mercado interior (1995) trata la legislación sobre controles veterinarios, fitosanitarios y de nutrición animal y las condiciones de comercialización de los productos. El objetivo de esta legislación es proteger al consumidor y preservar la salud pública y la sanidad animal y vegetal.

La política pesquera común engloba las organizaciones comunes de mercado, la política estructural, los acuerdos firmados con terceros países, la gestión y conservación de los recursos de la pesca y la investigación científica sobre actividades relacionadas con la pesca.

El Acuerdo europeo contiene disposiciones sobre el comercio de productos pesqueros con la Comunidad. El Libro Blanco no prevé medidas en este sector.

EVALUACIÓN

Agricultura

Eslovenia respeta en gran parte sus compromisos. Las normas relativas a las organizaciones comunes de mercado del azúcar y de la leche no están totalmente asimiladas al acervo. Lo mismo ocurre en los sistemas de control veterinario en el mercado interior, el comercio de animales vivos y de productos animales en el sector veterinario, la protección de la salud pública y las medidas comunes. Salvo que se hagan intensos esfuerzos en estos sectores, Eslovenia no estará lista a tiempo.

Pesca

Eslovenia respeta lo esencial de sus compromisos en el sector de la pesca. La asimilación del acervo debe estar finalizada en lo que atañe al registro de buques de pesca y la organización común de mercado. El refuerzo de la capacidad administrativa debe mejorarse en lo que atañe a los efectivos.

Última modificación: 27.02.2004