Letonia

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(97) 2005 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(98) 704 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 506 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 706 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final-SEC(2001) 1749 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión Europea [COM(2000) 700 final-SEC(2002) 1045]

Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

En su dictamen de julio de 1997 la Comisión Europea consideraba que, en el ámbito de la política agrícola, Letonia debía realizar esfuerzos importantes para conseguir la adecuación de su legislación al acervo comunitario, si bien había logrado avances significativos en la adopción de las medidas incluidas en el Libro Blanco sobre los países de Europea Central y Oriental y el Mercado Interior. Concretamente, la Comisión solicitaba que se realizaran esfuerzos en los ámbitos siguientes:

La Comisión constataba además que Letonia sólo aplicaba un número limitado de mecanismos de la política agrícola común y que sería necesaria una reforma profunda en este sector, así como un esfuerzo considerable para contemplar una posible adhesión a la Unión Europea a medio plazo.

En el sector de la pesca, la Comisión afirmaba que el proceso de modernización y de aplicación del acervo requería importantes esfuerzos, si bien este sector no parecía plantear graves problemas a medio plazo.

El informe de noviembre de 1998 comprobaba que, en materia de política agrícola, se habían realizado progresos en todos los sectores indicados en el dictamen (anteriormente citados) y en materia de aproximación de las legislaciones, tal como establece la cooperación con vistas a la adhesión. En lo referido a la política pesquera, Letonia había proseguido sus esfuerzos en este sector, concretamente mediante la adopción de programas específicos.

El informe de octubre de 1999 subrayaba los progresos importantes habidos en materia de privatización de tierras de labor. En los demás ámbitos (aproximación de legislaciones, aplicación de las normas veterinarias y fitosanitarias, mejora de la capacidad administrativa y reestructuración del sector agroalimentario) aún deberían darse pasos significativos. En el sector pesquero, Letonia había de seguir esforzándose por que su flota fuera más competitiva y por respetar los mecanismos de la política pesquera común.

El informe de noviembre de 2000 indicaba que Letonia había progresado en la aproximación de su legislación agraria al acervo comunitario. En el sector de la pesca, a pesar de que había habido algunos avances, Letonia debía proseguir sus esfuerzos.

El informe de noviembre de 2001 indicaba que no se había realizado ninguna modificación importante en el ámbito de la política agrícola. Sin embargo, se había progresado en los sectores fitosanitario y veterinario.

Con respecto a la pesca, había proseguido la labor de armonización legislativa. De este modo, se adoptó un reglamento en el año 2001 relativo al control del desembarque y la venta de pescado, el transporte de los productos de la pesca, los depósitos y los locales de producción. En lo concerniente a la capacidad administrativa, se habían registrado avances, como el reforzamiento del consejo del medio marino y la intensificación de los controles. Por otra parte, cabía destacar la elaboración de una legislación relativa al arqueo de los buques de pesca y la creación de un registro de la flota pesquera en el consejo nacional de pesca. Por último, no se había realizado ningún cambio en la política de ayudas estatales al sector de la pesca de Letonia.

El informe de octubre de 2002 destaca que Letonia ha seguido haciendo esfuerzos en el sector agrario. En el caso del sector pesquero, los esfuerzos se han centrado sobre todo en la gestión de los recursos, la inspección y el control.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

El objetivo de la política agrícola común (PAC) es mantener y desarrollar un sistema agrario moderno que garantice un nivel de vida equitativo a los agricultores y un suministro de alimentos a precios razonables a los consumidores al mismo tiempo que se garantiza la libre circulación de mercancías en el territorio de la Comunidad Europea.

El Acuerdo Europeo, que constituye el marco jurídico de los intercambios de los productos agrícolas entre Letonia y la Comunidad Europea, pretende fomentar la cooperación en el ámbito de la modernización, la reestructuración y la privatización del sector agrario letón así como la industria agroalimentaria y las normas fitosanitarias. El Libro Blanco sobre los países de Europa Central y Oriental y el Mercado Único (1995) abarca la normativa relativa a los controles veterinarios y fitosanitarios y a la nutrición animal así como los requisitos para la comercialización de los productos. El objetivo de esta normativa es la protección de los consumidores, la salud pública y la sanidad animal y vegetal.

La política pesquera común abarca a las organizaciones comunes de mercados, la política estructural, los acuerdos celebrados con terceros países, la gestión y conservación de los recursos de la pesca y la investigación científica dedicada a esas actividades.

El Acuerdo Europeo incluye una serie de disposiciones relativas al comercio de productos de la pesca con la Comunidad. El Libro Blanco no prevé medidas en este ámbito.

EVALUACIÓN

Agricultura

El valor añadido bruto de este sector creció hasta el 4,7% en 2001 mientras que el empleo agrario representa el 15,1% del empleo total. El excedente comercial a favor de la Comunidad pasó de 151,6 millones de euros en 1999 a 193,2 millones de euros en el 2000. El presupuesto de la administración para agricultura asciende a 40,07 millones de euros.

Letonia ha registrado mejoras desde el dictamen de 1997. Continúan las negociaciones. El país deberá asimilar definitivamente el acervo y acrecentar su capacidad administrativa.

Pesca

Letonia debe acabar la incorporación en su legislación del acervo comunitario referente a medidas estructurales y a la política de mercado además de acrecentar su capacidad administrativa.

Letonia ha registrado mejoras desde el dictamen de 1997 y ha cumplido en parte sus compromisos. Se ha incluido al espadín entre las especies sujetas a la política pesquera común y aprobado un régimen específico de gestión para el Golfo de Riga.

Última modificación: 14.01.2003