Violencia contra las mujeres y las niñas: directrices de la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directrices de la Unión Europea sobre la violencia contra las mujeres y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTAS DIRECTRICES?

PUNTOS CLAVE

La violencia contra las mujeres y las niñas es un fenómeno mundial que tiene sus raíces en las desigualdades económicas y de poder entre sexos, las costumbres, las tradiciones, los valores religiosos, la inestabilidad política y los conflictos armados.

Tiene consecuencias graves para la salud física y mental de las víctimas, así como para la sociedad en general.

Las Directrices tienen tres objetivos interrelacionados:

Para alcanzarlos, con la cooperación de los países de la UE, las Directrices tratan de:

La UE planteará el asunto con regularidad fuera de la Unión, incluidas las Naciones Unidas. Se incluirá una referencia a los derechos de la mujer en todos los mandatos de los representantes y enviados especiales de la UE. En particular, la UE instará a los países a ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

La UE tiene por objeto prevenir la violencia y ayudar a las víctimas a través del apoyo:

En casos de gravedad excepcional, por ejemplo cuando la violencia sea perpetrada o tolerada por un país en contravención a los compromisos internacionales, la UE puede tomar medidas específicas.

ANTECEDENTES

Las Directrices recurren a una serie de estudios e iniciativas, incluido el estudio detallado del Secretario General de las Naciones Unidas sobre todas las formas de violencia contra las mujeres (2006), el trabajo de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer (2008), la Resolución 61/143 de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer (2006) y las Resoluciones 1325 (2000) y 1820 (2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres y la paz y la seguridad.

También se inspiran en la Resolución 2005/2215 del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción.

Para más información, véanse también:

* TÉRMINOS CLAVE

Violencia contra las mujeres: todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad; esto puede ocurrir en el seno de la familia o de la sociedad, o puede ser perpetrado o tolerado por el conjunto del país.
Impunidad: exención o ausencia de castigo por el daño causado.
Defensores de los derechos humanos: individuos o grupos que promueven y protegen los derechos humanos y las libertades fundamentales, como los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluidos los derechos de las mujeres.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directrices de la UE sobre la violencia contra las mujeres y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas, Consejo de Asuntos Generales de 8 de diciembre de 2008.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo (DO L 315 de 14.11.2012, pp. 57-73)

Las correcciones sucesivas a la Directiva 2012/29/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establece el programa «Derechos, Igualdad y Ciudadanía» para el período de 2014 a 2020 (DO L 354 de 28.12.2013, pp. 62-72).

última actualización 27.06.2016