No discriminación e igualdad de oportunidades en la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Comunicación [COM(2008) 420] — No discriminación e igualdad de oportunidades: un compromiso renovado

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA COMUNICACIÓN?

PUNTOS CLAVE

Reforzar la lucha contra la discriminación

Reforzar los instrumentos políticos para la promoción activa de la igualdad de oportunidades

Complementando las medidas jurídicas, la Comunicación destaca el papel de determinados instrumentos políticos.

Financiación

ANTECEDENTES

El respeto de los valores compartidos de libertad o democracia, así como el respeto de los derechos y las libertades fundamentales están recogidos en los tratados constitutivos de la UE. Estos tratados reconocen que todas las personas tienen el mismo valor y deben tener un acceso equitativo a las oportunidades de la vida.

Para más información véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — No discriminación e igualdad de oportunidades: un compromiso renovado [COM(2008) 420 final de 2.7.2008]

ACTOS CONEXOS

Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico (DO L 180 de 19.7.2000, pp. 22-26)

Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO L 303 de 2.12.2000, pp. 16-22)

Directiva 2004/113/CE del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro (DO L 373 de 21.12.2004, pp. 37-43)

Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal (DO L 328 de 6.12.2008, pp. 55-58)

Recomendación del Consejo, de 9 de diciembre de 2013, relativa a la adopción de medidas eficaces de integración de los gitanos en los Estados miembros (DO C 378 de 24.12.2013, pp. 1-7)

Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual [COM(2008) 426 final de 2.7.2008]

última actualización 12.01.2017