Competencia en los transportes por ferrocarril, por carretera y por vía navegable
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL REGLAMENTO Y DE LOS ARTÍCULOS 101 Y 102 DEL TFUE?
El Reglamento establece las normas sobre competencia de la Unión Europea (UE) que se aplican a los transportes por ferrocarril, por carretera y por vía navegable.
Los artículos 101 y 102 del TFUE prohíben acuerdos contrarios a la competencia y prácticas concertadas entre empresas, así como los abusos de posición dominante*.
PUNTOS CLAVE
El Reglamento n.o 169/2009 (CE) se aplica a acuerdos, decisiones y prácticas concertadas que tengan por objeto o efecto:
Excepción legal para los acuerdos técnicos
No obstante, la prohibición del artículo 101, apartado 1, del TFUE no se aplicará a los acuerdos, decisiones y prácticas concertadas que tengan solamente por objeto y por efecto la aplicación de mejoras técnicas o la cooperación técnica mediante:
Exención para las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas
Este Reglamento también contempla la exención para las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas, cuando:
No obstante, si la aplicación de acuerdos, decisiones o prácticas concertadas tiene efectos incompatibles con el artículo 101, apartado 3, del TFUE, las empresas podrán ser obligadas a hacer cesar dichos efectos.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?
Este Reglamento está en vigor desde el 25 de marzo de 2009.
El Reglamento (CE) n.o 169/2009 codifica y deroga el Reglamento (CEE) n.o 1017/68 excepto el artículo 13, apartado 3, de dicho Reglamento que seguirá aplicándose a las decisiones adoptadas con arreglo al artículo 5 del mismo antes del 1 de mayo de 2004, hasta la fecha de expiración de dichas decisiones.
ANTECEDENTES
Para más información, véase:
TÉRMINOS CLAVE
DOCUMENTOS PRINCIPALES
Reglamento (CE) n.o 169/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, por el que se aplican las normas de la competencia a los sectores de los transportes por ferrocarril, por carretera y por vía navegable (Versión codificada) (DO L 61 de 5.3.2009, pp. 1-5)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tercera parte. Políticas y acciones internas de la Unión. Título VII. Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones. Capítulo 1. Normas sobre competencia. Sección primera. Disposiciones aplicables a las empresas. Artículo 101 (antiguo artículo 81 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 88-89)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Tercera parte. Políticas y acciones internas de la Unión. Título VII. Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones. Capítulo 1. Normas sobre competencia. Sección primera. Disposiciones aplicables a las empresas. Artículo 102 (antiguo artículo 82 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 89)
última actualización 06.03.2018