Cuarta conferencia de las Naciones Unidas sobre las mujeres

La Unión Europea instaura una nueva relación entre las mujeres y los hombres que supone una distribución igualitaria del trabajo remunerado y no remunerado y una participación de las mujeres y de los hombres en la vida civil, política, económica, social y cultural en condiciones de igualdad.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo de 1 de junio de 1995 - distribución y participación equitativas: para una nueva relación entre hombres y mujeres; prioridades de la Comunidad Europea para la Cuarta conferencia mundial de las Naciones Unidas sobre la mujer (Pekín, septiembre de 1995) [COM (1995) 221 - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Para la Comunidad, la igualdad entre las mujeres y los hombres constituye un principio fundamental. Los derechos de las mujeres y de las jóvenes son inalienables e indivisibles y constituyen una parte integral de los derechos humanos universales.

Las políticas y los programas deben hacer hincapié en las medidas favorables al reconocimiento del papel fundamental desempeñado por las mujeres en los procesos sociales, económicos y políticos, a la participación de las mujeres en la gestión del poder y a su acceso a la independencia económica.

Además, deben adoptarse medidas específicas para garantizar la integración de la cuestión de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todas las políticas de la Unión.

Es urgente suprimir las desigualdades en los ámbitos de la alimentación, la alfabetización, la educación y la formación, el empleo, el acceso a la atención primaria de salud, etc.

La Comunidad ha establecido los siguientes objetivos estratégicos:

La Comunidad deberá examinar el tratamiento que otorga a la cuestión de los recursos y del seguimiento a distintos niveles: instituciones comunitarias, Estados miembros, acciones llevadas a cabo por instituciones internacionales y acciones de estímulo y apoyo de gobiernos asociados y gobiernos de países con economías en transición, en el marco de la cooperación al desarrollo.

Contexto

La conferencia de las Naciones Unidas sobre la mujer, celebrada en Pekín en 1995, y la participación de la Comunidad Europea en este acontecimiento son una continuación del esfuerzo ya desplegado por la comunidad internacional para promover la igualdad entre mujeres y hombres.

En la primera conferencia mundial sobre la mujer, celebra en México en 1975, se habían determinado tres objetivos prioritarios: igualdad, desarrollo y paz. Para lograr estos objetivos, en la conferencia de Copenhague de 1980, se perfilaron tres ámbitos que requerían una atención particular: un acceso similar al de los hombres a la educación, a las oportunidades de empleo y a servicios adecuados de atención a la salud. En la conferencia de Nairobi de 1985 se declaró por primera vez que todos los problemas humanos eran también problemas de las mujeres. Las mujeres tienen, por lo tanto, un derecho legítimo a participar en el proceso de decisión y en la gestión de todas las cuestiones humanas.

ACTOS CONEXOS

Cuarta conferencia mundial sobre la mujer, Pekín 1995

La Declaración y la Plataforma de acción, adoptadas al final de la conferencia, enuncian los objetivos estratégicos y las acciones que deben llevarse a cabo para superar los obstáculos a la promoción de las mujeres.

Se determinaron doce ámbitos que suponen un freno a la promoción de las mujeres y que, en consecuencia, requieren acciones específicas: la mujer y la pobreza; la educación y la capacitación de la mujer; la mujer y la salud; la violencia contra la mujer; la mujer y los conflictos armados; la mujer y la economía; la mujer en el ejercicio del poder y la adopción de decisiones; mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer; los derechos humanos de la mujer; la mujer y los medios de difusión; la mujer y el medio ambiente; y la niña.

La conferencia de Pekín destacó también el concepto de género y la necesidad de incluir la igualdad entre el hombre y la mujer en todas las instituciones, políticas y acciones de los Estados miembros de las Naciones Unidas.

En una sesión extraordinaria de las Naciones Unidas, celebrada en 2000 bajo el título «Mujeres 2000: Igualdad de género, desarrollo y paz para el siglo XXI» (Pekín + 5), se hizo un seguimiento de la Cuarta conferencia mundial sobre la mujer.

Reglamento (CE) n° 806/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativo al fomento de la igualdad entre el hombre y la mujer en la cooperación al desarrollo .

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 21 de junio de 2001, « Programa de acción para la integración del factor género en la cooperación de la Comunidad al desarrollo» [COM (2001) 295 final - no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión, de 21 de febrero de 1996: «Integrar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el conjunto de las políticas y acciones comunitarias» [COM(96) 67 final - no publicada en el Diario Oficial].

See also

Para más información, consúltense las páginas SCADPlus sobre Derechos humanos y Lucha contra la violencia, la explotación sexual y la trata de mujeres, y el sitio de las Naciones Unidas de la Comisión de la condición de la mujer (EN).

Última modificación: 27.08.2004