Red de seguimiento y control de enfermedades contagiosas

La prevención de las enfermedades transmisibles constituye para la Unión Europea (UE) una prioridad que requiere un planteamiento global y coordinado de los Estados miembros. A tal efecto, la presente Decisión crea una red para potenciar la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros, con la asistencia de la Comisión Europea, a fin de mejorar la prevención y el control de las enfermedades transmisibles.

ACTO

Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de septiembre de 1998 por la que se crea una red de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles en la Comunidad [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

La red de vigilancia epidemiológica y control afecta a las enfermedades transmisibles siguientes:

Funciones de la red

Esta red * se utilizará para:

La Comisión se encarga de la coordinación de la red en colaboración con los Estados miembros. Está asistida por un comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

Medidas previstas

La Comisión Europea determina una serie de elementos para que la red funcione eficazmente en materia de vigilancia epidemiológica y para que la información sea homogénea:

Información que deben comunicar las estructuras nacionales

Cada estructura y/o autoridad nacional comunica a la red y a la Comisión:

Coordinación de las acciones

Los Estados miembros, basándose en la información disponible a través de la red comunitaria, deben:

Términos clave del acto

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión nº 2119/98/CE

3.1.1999

-

DO L 268 de 3.10.1998

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CE) n° 1882/2003

20.11.2003

-

DO L 284 de 31.10.2003

Reglamento (CE) nº 596/2009

7.8.2009

-

DO L 188 de 18.7.2009

Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 1882/2003 se han integrado en el texto de base. La versión consolidada tiene un valor meramente documental.

ACTOS CONEXOS

Decisión 2002/253/CE de la Comisión, de 19 de marzo de 2002, por la que se establecen las definiciones de los casos para comunicar las enfermedades transmisibles a la red comunitaria, de conformidad con la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [Diario Oficial L 86 de 3.4.2002].

Decisión 2000/96/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativa a las enfermedades transmisibles que deben quedar progresivamente comprendidas en la red comunitaria, en aplicación de la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [Diario Oficial L 28 de 3.2.2000]. La decisión establece una lista de enfermedades transmisible que deben ser objeto de vigilancia epidemiológica en la red comunitaria. Se trata concretamente de:

En esta lista figuran también otros problemas sanitarios especiales: las enfermedades nosocomiales y la resistencia a los antibióticos.

Decisión 2000/57/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativa al sistema de alerta precoz y respuesta para la vigilancia y control de las enfermedades transmisibles en aplicación de la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [Diario Oficial L 21 de 26.1.2000]. La decisión especifica la forma en que los Estados miembros y la Comisión intercambiarán las informaciones en la red establecida, así como el funcionamiento del mecanismo de alerta y repuesta rápida. Deben comunicarse los hechos siguientes:

Se prevén tres niveles de activación: intercambio de información, amenaza en potencia y amenaza confirmada.

See also

Última modificación: 07.03.2011