Programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales con los Estados Unidos

El principal objetivo del presente programa es proseguir la cooperación en materia de enseñanza superior y formación profesional entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América.

ACTO

Decisión n° 2006/910/CE del Consejo, de 4 de diciembre de 2006, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América por el que se renueva el programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales.

SÍNTESIS

El presente Acuerdo se inscribe en el doble contexto de la acción de la Unión Europea (UE) en favor de la enseñanza superior y de las relaciones entre la UE y los Estados Unidos. La acción de la UE persigue hacer de la enseñanza superior una referencia mundial en términos de pertinencia y calidad mientras que las relaciones bilaterales exigen una cooperación más extensa en el ámbito educativo.

El programa concederá apoyo a unos 274 proyectos durante un período de ocho años. Alrededor de 6 000 ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados Unidos participarán en actividades de movilidad durante ese período.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

El programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales persigue diversos objetivos.

En virtud de los objetivos generales, intentará fomentar la comprensión mutua entre los dos socios, mediante los idiomas, sus culturas e instituciones, y también mejorar la calidad del desarrollo de los recursos humanos para afrontar los desafíos que plantea la economía global basada en el conocimiento.

En virtud de los objetivos específicos, sus metas son las siguientes:

En virtud de los objetivos operativos, se propone lo siguiente:

MEDIDAS

Para llevar a cabo los objetivos del programa, el Acuerdo contempla cinco acciones.

Medida 1 «Proyectos de asociaciones»

El público destinatario de esta medida estará constituido por centros y organizaciones de enseñanza superior y formación profesional, así como su personal y sus alumnos.

Los proyectos de las asociaciones conjuntas deben contemplar, en principio, la movilidad transatlántica de estudiantes en el marco de programas de estudios conjuntos e intentar que el número de estudiantes de cada lado que se beneficien de ella esté equilibrado, además de prever una preparación lingüística y cultural adecuada.

Este tipo de proyecto apoyará las titulaciones dobles o conjuntas creadas y organizadas por asociaciones multilaterales de enseñanza superior de la UE y de Estados Unidos, incluidas las becas para estudiantes, profesorado y personal administrativo.

Medida 2 «Proyectos de movilidad que primen la excelencia»

La ayuda a la movilidad de los estudiantes que aporta este programa podrá apoyar principalmente los proyectos de asociaciones de centros de enseñanza superior y formación profesional con historial de excelencia demostrado, incluidos los proyectos financiados en el marco de los Acuerdos anteriores.

Medida 3 «Medidas de orientación política»

El público destinatario de esta medida serán organismos que trabajen en la enseñanza superior y la formación profesional. Las actividades de esta categoría pueden incluir estudios, conferencias, seminarios, grupos de trabajo o ejercicios de evaluación comparativa.

Medida 4 «Becas individuales de movilidad Schuman-Fulbright»

Esta medida interesa a los profesionales, incluidos los que cursan una formación, que deseen realizar estudios o recibir formación en ámbitos singularmente destacados para las relaciones entre la UE y los Estados Unidos. Esta medida va dirigida principalmente a responsables en la toma de decisiones, representantes de los interlocutores sociales y periodistas.

Medida 5 «Asociaciones de antiguos alumnos»

Mediante esta medida, el programa se dirige a las asociaciones de antiguos alumnos, que agrupan a estudiantes que hayan participado en intercambios apoyados por el programa y que reciben una ayuda de él.

ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA

Se ha creado un Comité Mixto, compuesto por un número igual de representantes de ambas partes. Las decisiones deberán ser objeto de consenso. Sus funciones son las siguientes:

La financiación de las actividades emprendidas con arreglo al programa se realizará de manera paritaria. El programa propuesto ascenderá a 46 millones de euros como máximo para el período 2006-2013, siempre que los Estados Unidos aporten la financiación correspondiente.

CONTEXTO

El 18 de mayo de 2005, la Comisión adoptó una Comunicación sobre el fortalecimiento de la asociación UE-EE UU, que, en consonancia con la estrategia de Lisboa, señala que la cooperación en materia de educación y formación profesionales es importante para estimular la dinámica del conocimiento y la innovación, y hace un llamamiento para que se renueve y se consolide el actual Acuerdo en materia de enseñanza superior y formación profesional.

El Acuerdo renueva el programa de cooperación para el período 2000-2005, inicialmente creado en virtud del Acuerdo de 1995 entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo límite de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión n° 2006/910/CE

Primer día del mes siguiente a la notificación

-

DO L 346 de 9.12.2006

ACTOS CONEXOS

Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América por el que se renueva el programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales [Diario Oficial L 346 de 9.12.2006].

Comunicación de la Comisión, de 27 de junio de 2005, relativa a la evaluación de los programas de cooperación entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales y entre la Comunidad Europea y Canadá en materia de enseñanza superior y formación profesional [COM (2005) 274 - no publicada en el Diario Oficial]. La Comisión presenta un informe sobre la evaluación intermedia del programa de cooperación entre la UE y los Estados Unidos. Sobre la base de evaluaciones externas positivas, la Comisión señala que el programa ha permitido establecer asociaciones trasatlánticas de larga duración en la enseñanza superior y la formación profesional. Casi todos los proyectos han conseguido llevar a la práctica intercambios de estudiantes basados en programas de estudios compartidos o elaborados conjuntamente. El informe destaca que los programas han logrado el objetivo de mejorar la calidad de los sistemas de educación y formación.

La Comisión presenta las propuestas de los evaluadores para mejorar algunos aspectos de los programas, aunque precisa que no hay carencias importantes. Señala asimismo que existe un potencial que no ha podido aprovecharse debido a los insuficientes recursos financieros disponibles.

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 18 de mayo de 2005, titulada Fortalecimiento de la Asociación UE-EE.UU. y mayor apertura del mercado en el siglo XXI [COM (2005) 196 final - no publicada en el Diario Oficial].

See also

Última modificación: 15.12.2006