Año Europeo de la Educación y de la Formación Permanentes (1996)

1) OBJETIVO

Sensibilizar el público europeo sobre la importancia de la educación y de la formación permanentes, fomentar una mayor cooperación entre las estructuras educativas y de formación y las empresas, en particular las PYME, contribuir a la realización de un espacio europeo de la educación y la formación mediante el reconocimiento académico y profesional de las cualificaciones en la Unión europea y destacar la contribución de la educación y la formación a la igualdad de oportunidades.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Decisión n° 95/2493/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 1995, por la que se declara 1996 como el "Año Europeo de la Educación y de la Formación Permanentes".

3) CONTENIDO

Se declara 1996 "Año Europeo de la Educación y de la Formación Permanentes". Durante este Año se llevarán a cabo acciones de información, sensibilización y promoción de la educación y la formación permanentes.

Los temas del Año Europeo serán los siguientes:

Las acciones previstas incluirán manifestaciones de carácter general o temáticas, la elaboración y difusión de productos de comunicación, así como de estudios y sondeos.

La Comisión será responsable de la aplicación de la presente decisión. Estará asistida por un Comité ad hoc de carácter consultivo compuesto por dos representantes de cada Estado miembro y presidido por el representante de la Comisión.

Cada Estado miembro designará unos o más organismos encargados de la selección, coordinación y ejecución en el ámbito nacional de las acciones previstas en la presente decisión. Los Estados miembros interesados presentarán a la Comisión las solicitudes de financiación relativas de estas acciones.

La dotación financiera será de 8 millones de ecus.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

26.10.1995

6) referencias

Diario Oficial L 256 de 26.10.1995

7) TRABAJOS POSTERIORES

Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, de 15 de septiembre de 1999, sobre la aplicación, los resultados y la evaluación global del Año Europeo de la Educación y de la Formación Permanentes (1996), presentado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Decisión n° 2493/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [COM (99) 447 final - no publicado en el Diario Oficial].

La idea de la educación y la formación permanentes se ha convertido en un tema central del debate político en la Unión europea. En efecto, la educación y la formación permanentes son un elemento clave de la reforma de los Fondos Estructurales y de la política comunitaria de empleo.

El objetivo del Año Europeo fue fomentar el aprendizaje durante toda la vida, sensibilizando a la población en general acerca de la necesidad y la conveniencia de seguir aprendiendo y estimulando el debate sobre la forma en que los sistemas de formación pueden dar respuesta satisfactoria a las nuevas necesidades de aprendizaje.

Las agencias nacionales recibieron más de 2 000 proyectos. Se cofinanciaron unos 550 proyectos (lo que supone unos 5.000 actos), por un valor total de 34 millones de ecus (publicaciones, conferencias, seminarios, etc.).

El Año ha tenido un impacto importante en Europa y ha conseguido que la educación y la formación permanentes ocupen un lugar importante en la reflexión política. Gracias a él, nuevos agentes han participado en un ámbito que anteriormente estaba reservado a los especialistas. Además, los responsables de varios Estados miembros señalaron que el Año Europeo había abierto nuevas posibilidades de mayor colaboración entre los ministerios o los diversos niveles administrativos.

Por último, el hecho de que el programa haya tenido lugar simultáneamente en todo el Espacio Económico Europeo ha incrementado su importancia.

La contribución de la Unión Europea al debate mundial sobre la educación y la formación permanentes se caracteriza por un enfoque amplio de «acompañamiento a lo largo de toda la vida», que no hace depender el aprendizaje de imperativos económicos y reconoce el derecho al enriquecimiento personal, la participación en el proceso democrático de toma de decisiones, el aprendizaje por propio interés y el envejecimiento activo.

8) disposiciones de aplicación de la comisión