Convenios y acuerdos internacionales de la Unión Europea

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Artículo 216 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

¿QUÉ ESTABLECEN LOS TRATADOS DE LA UNIÓN EUROPEA (UE) SOBRE LOS CONVENIOS Y LOS ACUERDOS DE LA UE?

PUNTOS CLAVE

Acuerdos internacionales (convenios, tratados)

Los acuerdos internacionales son los acuerdos celebrados entre la UE, por un lado, y otro organismo del Derecho internacional público, es decir, un Estado o una organización internacional, por otro. El artículo 216 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) cita los casos en los que la UE puede celebrar estos acuerdos. Tras su negociación y firma, y en función del ámbito del que se trate, pueden requerir la ratificación mediante una disposición de Derecho derivado.

Asimismo, los acuerdos internacionales con países no pertenecientes a la UE o con organizaciones internacionales también son parte integrante del Derecho de la UE. Estos acuerdos son independientes del Derecho primario y de la legislación secundaria, además de conformar una categoría sui generis. De acuerdo con determinadas resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a veces pueden tener un efecto directo y su eficacia jurídica es superior a aquella de la legislación secundaria, que, en consecuencia, debe respetarlos.

Asimismo, el artículo 207 del TFUE rige la política comercial de la UE, una competencia exterior clave de la UE y un elemento central de sus relaciones con el resto del mundo.

Algunos ejemplos de acuerdos internacionales son:

Si el ámbito de un acuerdo no es competencia exclusiva de la UE, los países de la UE también deben firmarlo. En este caso, se denominan «acuerdos mixtos». Esto significa que, a parte de la UE, los países de la UE se convierten en partes contratantes con respecto a las partes contratantes de fuera de la UE. En los acuerdos mixtos, también puede requerirse la adopción de una disposición interior de la UE para repartir las obligaciones entre los países de la UE y la UE.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte: La acción exterior de la Unión — Título V: Acuerdos internacionales — Artículo 216 (DO L 202 de 7.6.2016, pp. 144).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte: La acción exterior de la Unión — Título II: Política comercial común — Artículo 207 (antiguo artículo 133 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 140-141).

última actualización 13.03.2020