Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación (EACI)

Esta Decisión establece una Agencia Ejecutiva para la gestión de las actividades comunitarias dentro del actual Programa Marco para la Innovación y la Competitividad y del Programa Marco Polo. La Agencia se encarga de llevar a cabo trabajos en los ámbitos de la energía, el espíritu empresarial y la innovación, y en el del transporte de mercancías sostenible.

ACTO

Decisión de la Comisión 2004/20/CE, de 23 de diciembre de 2003, por la que se establece una agencia ejecutiva, denominada "Agencia ejecutiva de energía inteligente", encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito de la energía en aplicación del Reglamento (CE) n° 58/2003 del Consejo [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

Esta Decisión establece la Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación (EACI), antes denominada “Agencia ejecutiva de energía inteligente”, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2015. La EACI se rige por el Reglamento del Consejo (CE) nº 58/2003, y se encarga de la gestión de la acción comunitaria en los ámbitos de la energía, el espíritu emprendedor y la innovación, y en el del transporte de mercancías sostenible. Su sede se encuentra en Bruselas.

La EACI desarrolla su labor bajo el Programa marco para la innovación y la competitividad (CIP) 2007-13 y el segundo Programa Marco Polo 2007-13. Su trabajo consiste en lo siguiente:

La Agencia también gestiona las medidas de ejecución del Programa Energía inteligente - Europa 2003-06 y del Programa Marco Polo 2003-06. Además, a la EACI también se le puede encomendar la ejecución de tareas similares dentro del CIP o de otros programas comunitarios. En ese caso, la presente Decisión se modificará para incluir las tareas adicionales.

La EACI está administrada por un comité de dirección y un director. Ambos son nombrados por la Comisión, el primero por un período de tres años, y el segundo por un período de cinco años.

La Agencia se financia a través de los fondos del CIP y del Segundo Programa Marco Polo. Todas las tareas adicionales se financian con los fondos del programa comunitario correspondiente. El presupuesto de funcionamiento de la Agencia se ejecuta de conformidad con el Reglamento de la Comisión (CE) nº 1653/2004.

La Comisión se encarga de supervisar la actividad de la Agencia, que debe informarle con regularidad sobre los avances en la aplicación de sus Programas.

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2004/20/CE

23.12.2003-31.12.2015

-

DO L 5 de 9.1.04

Actos modificativos

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2007/372/CE

31.5.2007-31.12.2015

-

DO L 140 de 1.6.07

See also

Última modificación: 14.10.2008