ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
60.° año |
Número de información |
Sumario |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2017/C 312/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8589 — SCOR/MutRé) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2017/C 312/02 |
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2017/C 312/03 |
Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2017/C 312/04 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares ( 1 ) |
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2017/C 312/05 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con obligaciones de servicio público ( 1 ) |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2017/C 312/06 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.8585 — Axis/Novae) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2017/C 312/07 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.8617 — Allianz/LV general insurance businesses) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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Corrección de errores |
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2017/C 312/08 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8589 — SCOR/MutRé)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 312/01)
El 13 de septiembre de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8589. EUR-Lex da acceso al Derecho dela Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
19 de septiembre de 2017
(2017/C 312/02)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1972 |
JPY |
yen japonés |
133,44 |
DKK |
corona danesa |
7,4414 |
GBP |
libra esterlina |
0,88622 |
SEK |
corona sueca |
9,5261 |
CHF |
franco suizo |
1,1535 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,3420 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,103 |
HUF |
forinto húngaro |
308,85 |
PLN |
esloti polaco |
4,2785 |
RON |
leu rumano |
4,6004 |
TRY |
lira turca |
4,1764 |
AUD |
dólar australiano |
1,4969 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4714 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,3432 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6398 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,6151 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 351,57 |
ZAR |
rand sudafricano |
15,9446 |
CNY |
yuan renminbi |
7,8832 |
HRK |
kuna croata |
7,4745 |
IDR |
rupia indonesia |
15 886,84 |
MYR |
ringit malayo |
5,0200 |
PHP |
peso filipino |
61,038 |
RUB |
rublo ruso |
69,5066 |
THB |
bat tailandés |
39,603 |
BRL |
real brasileño |
3,7429 |
MXN |
peso mexicano |
21,2495 |
INR |
rupia india |
77,0174 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/3 |
Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación
(2017/C 312/03)
Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euros pueden emitir monedas conmemorativas de euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor : Francia.
Tema de la conmemoración : 25.o aniversario del lazo rosado, símbolo de la lucha contra el cáncer de mama.
Descripción del motivo : Desde la década de 1990, la lucha contra el cáncer de mama es una importante causa común en todo el mundo. Con ocasión del 25.o aniversario del lazo rosado, icono de esta lucha, Monnaie de Paris ha decidido prestar su apoyo a la causa. Desde hace casi quince años, se concede un premio lazo rosado para contribuir a los esfuerzos de investigación y a la innovación.
El motivo representa el busto de una mujer protegido simbólicamente por una mano y el lazo. Lo rodea, a la derecha, la leyenda «25e ANNIVERSAIRE DU RUBAN ROSE» (25.o aniversario del lazo rosado). En el lado derecho figuran también los años «1992-2017», la indicación del país emisor, «RF», y las marcas de ceca.
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen de emisión : 10 millones de monedas.
Fecha de emisión : 25 de septiembre de 2017.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/4 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 312/04)
Estado miembro |
Reino Unido |
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Ruta |
Cardiff – RAF Valley/Anglesey Airport |
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Fecha inicial de entrada en vigor de las obligaciones de servicio público |
5 de octubre de 2006 |
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Fecha de entrada en vigor de las modificaciones |
1 de abril de 2018 |
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Dirección en la que puede obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación en relación con la obligación de servicio público modificada |
Para más información, dirigirse a:
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20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/5 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con obligaciones de servicio público
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 312/05)
Estado miembro |
Reino Unido |
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Ruta |
Cardiff – RAF Valley/Anglesey Airport |
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Periodo de validez del contrato |
Del 1 de abril de 2018 al 31 de marzo de 2022 |
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Plazo de presentación de ofertas |
7 de diciembre de 2017 |
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Dirección en la que puede obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relacionada con la licitación y con la obligación de servicio público modificada |
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V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/6 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.8585 — Axis/Novae)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 312/06)
1. |
El 13 de septiembre de 2017, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). La presente notificación concierne a las siguientes empresas:
Axis adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad de Novae. La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas concernidas son: — Axis: compañía de seguros y reaseguros de ámbito mundial, con sede en las Bermudas y con cotización en la Bolsa de Nueva York, que ofrece una amplia gama de seguros especiales y contratos de reaseguro, — Novae: compañía del Reino Unido con sede en Londres y que cotiza en la Bolsa de Londres; a través de su consorcio de Lloyd’s (Syndicate 2007), suscribe tanto seguros como reaseguros. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia: M.8585 — Axis/Novae Las observaciones podrán enviarse por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/8 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.8617 — Allianz/LV general insurance businesses)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 312/07)
1. |
El 13 de septiembre de 2017, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). La presente notificación concierne a las siguientes empresas:
Allianz (a través de su filial Allianz Holdings plc) adquiere, a tenor del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad de la división británica de seguros contra daños distintos del seguro de vida de LVGI (en lo sucesivo, «Target»). La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas concernidas son: — Allianz: proveedor de servicios financieros a escala mundial, con sede en Múnich y con cotización en la Bolsa de Fráncfort, que presta servicios financieros fundamentalmente en el ámbito de los seguros de vida y de no vida, — Target: divisiones británicas de servicios jurídicos y seguros contra daños distintos del seguro de vida de LV. LV es un grupo de servicios financieros y una mutua del Reino Unido que ofrece toda una serie de productos de seguros de vida y de no vida. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia: M.8617 — Allianz/LV general insurance businesses Las observaciones podrán enviarse por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
Corrección de errores
20.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 312/9 |
Corrección de errores relativa a la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 12 de julio de 2017, relativa a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del documento único mencionado en el artículo 94, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y de la referencia a la publicación del pliego de condiciones de una denominación en el sector vitivinícola [Skalický rubín (DOP)]
( Diario Oficial de la Unión Europea C 224 de 13 de julio de 2017 )
(2017/C 312/08)
En la página 10, en el apartado 4, en las «Características analíticas generales»:
donde dice:
«Acidez total mínima — 3,5 meq/l»,
debe decir:
«Acidez total mínima — 3,5 g por litro, expresada en ácido tartárico».