ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
60.° año |
Número de información |
Sumario |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2017/C 155/01 |
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Comisión Europea |
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2017/C 155/02 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2017/C 155/03 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria |
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2017/C 155/04 |
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PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES |
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Tribunal de la AELC |
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2017/C 155/05 |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2017/C 155/06 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8301 — GE/ATI/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/1 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 11 de mayo de 2017
por la que se nombra a doce miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas
(2017/C 155/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) y por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (1), y en particular su artículo 79,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 79 del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 dispone que el Consejo nombrará un representante de cada Estado miembro como miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («Consejo de Administración»). |
(2) |
Los miembros del Consejo de Administración se nombran sobre la base de su experiencia y sus conocimientos especializados en el ámbito de la seguridad química o de la regulación de productos químicos, y de que los miembros del Consejo de Administración tengan conocimientos pertinentes en el ámbito de los temas generales, financieros y jurídicos. |
(3) |
Su mandato tendrá una duración de cuatro años y solo podrán renovarse una vez |
(4) |
Mediante Decisión de 7 de junio de 2007 (2), el Consejo nombró a veintisiete miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos. |
(5) |
Los miembros actuales del Consejo de Administración designados por Austria, Chequia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Suecia fueron todos ellos nombrados por un período que termina el 31 de mayo de 2017. |
(6) |
El Consejo ha recibido las candidaturas de todos los Estados miembros de que se trata. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se nombra como miembros del Consejo de Administración a las personas siguientes (nombre, nacionalidad y fecha de nacimiento), para un segundo mandato comprendido entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2021:
— |
D.a Sharon McGUINNESS, irlandesa, 13 de julio de 1965, |
— |
D. Paul RASQUE, luxemburgués, 8 de julio de 1981, |
— |
D.a Krisztina BIRÓ, húngara, 5 de abril de 1971, |
— |
D. Hans Albert MEIJER, neerlandés, 19 de septiembre de 1964. |
Artículo 2
Se nombra como miembros del Consejo de Administración a las personas siguientes (nombre, nacionalidad y fecha de nacimiento), para un primer mandato comprendido entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2021:
— |
D.a Taťjana KOLESNIKOVÁ, checa, 24 de noviembre de 1969, |
— |
D. Óscar Valentín GONZÁLEZ SÁNCHEZ, español, 8 de marzo de 1972, |
— |
D.a Marie-Laure METAYER, francesa, 6 de abril de 1968, |
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D.a Francesca GIANNOTTI, italiana, 20 de diciembre de 1971, |
— |
D. Paul KRAJNIK, austriaco, 20 de enero de 1964, |
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D. Alojz GRABNER, esloveno, 23 de julio de 1965, |
— |
D.a Hanna Maria KORHONEN, finlandesa, 8 de agosto de 1964, |
— |
D.a Lisa Jenny Kristina ANFÄLT, sueca, 29 de enero de 1974. |
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, 11 de mayo de 2017.
Por el Consejo
El Presidente
R. GALDES
(1) Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396 de 30.12.2006, p. 1).
(2) Decisión del Consejo, de 7 de junio de 2007, relativa al nombramiento de 27 miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (DO C 134 de 16.6.2007, p. 6).
Comisión Europea
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/3 |
Tipo de cambio del euro (1)
17 de mayo de 2017
(2017/C 155/02)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1117 |
JPY |
yen japonés |
124,82 |
DKK |
corona danesa |
7,4403 |
GBP |
libra esterlina |
0,85745 |
SEK |
corona sueca |
9,7573 |
CHF |
franco suizo |
1,0923 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,3708 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,435 |
HUF |
forinto húngaro |
309,42 |
PLN |
esloti polaco |
4,1867 |
RON |
leu rumano |
4,5584 |
TRY |
lira turca |
3,9472 |
AUD |
dólar australiano |
1,5014 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5136 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,6573 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6130 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5500 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 244,79 |
ZAR |
rand sudafricano |
14,5533 |
CNY |
yuan renminbi |
7,6552 |
HRK |
kuna croata |
7,4313 |
IDR |
rupia indonesia |
14 798,95 |
MYR |
ringit malayo |
4,8059 |
PHP |
peso filipino |
55,247 |
RUB |
rublo ruso |
63,0276 |
THB |
bat tailandés |
38,370 |
BRL |
real brasileño |
3,4446 |
MXN |
peso mexicano |
20,7537 |
INR |
rupia india |
71,2610 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/4 |
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
Cooperación administrativa
Lista de autoridades competentes a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del Impuesto sobre el valor añadido
[Esta lista incluye las autoridades en cuyo nombre debe aplicarse el Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido, ya sea directamente o por delegación]
(2017/C 155/03)
A efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo (1), por «autoridad competente de un Estado miembro» se entenderá:
— |
en Austria: Der Bundesminister für Finanzen oder sein Beauftragter bzw. seine Beauftragte, |
— |
en Bélgica: Le Président du Comité de direction du Service Public Fédéral Finances, De Voorzitter van het Directiecomité van de Federale Overheidsdienst Financïen, |
— |
en Bulgaria: изпълнителният директор на Националната агенция за приходите, |
— |
en Croacia: Ministarstvo financija, Porezna uprava, |
— |
en Chipre: Υπουργός Οικονομικών ή εξουσιοδοτημένος αντιπρόσωπός του, |
— |
en Chequia: Generální finanční ředitelství, |
— |
en Dinamarca: Skatteministeren, |
— |
en Estonia Maksu- ja Tolliamet, |
— |
en Francia: Ministère du budget, des comptes publics, de la fonction publique et de la réforme de l’Etat, |
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en Finlandia: Verohallinto/Skatteverket and Tulli/Tullen, |
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en Alemania: Bundesministerium der Finanzen, |
— |
en Grecia: Υπουργείο Οικονομίας, |
— |
en Hungría: Nemzeti Adó-és Vámhivatal Központi Kapcsolattartó Iroda, |
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en Irlanda: The Office of the Revenue Commissioners, |
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en Italia: il Direttore Generale delle Finanze, |
— |
en Letonia: Valsts ieņēmumu dienests, |
— |
en Lituania: Lietuvos Respublikos finansų ministerija, |
— |
en Luxemburgo: L’Administration de l’Enregistrement et des Domaines, |
— |
en Malta: Dipartiment tat-Taxxa fuq il-Valur Miżjud fil-Ministeru tal-Finanzi, l-Ekonomija u Investiment, |
— |
en Polonia: Ministerstwo Finansów, Szef Krajowej Administracji Skarbowej, |
— |
en Portugal: O Ministro das Finanças, |
— |
en Rumanía: Agenţia Naţională de Administrare Fiscală, |
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en Eslovaquia: Ministerstvo financií, |
— |
en Eslovenia: Ministrstvo za finance, |
— |
en España: El Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, |
— |
en Suecia: Skatteverket, |
— |
en los Países Bajos: De minister van financiën, |
— |
en el Reino Unido: The Commissioners for Revenue and Customs. |
(1) DO L 268 de 12.10.2010, p. 1.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/6 |
Convocatoria de manifestaciones de interés para el puesto de miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
Prórroga del plazo para la presentación de candidaturas
(Diario Oficial de la Unión Europea C 92 de 24 de marzo de 2017)
(2017/C 155/04)
El plazo de 24 de marzo de 2017 para la presentación de candidaturas a la convocatoria de manifestaciones de interés para el puesto de miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria se ha prolongado hasta el 16 de junio de 2017 a las 12 del mediodía, hora de Bruselas.
PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES
Tribunal de la AELC
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/7 |
Solicitud de dictamen consultivo al Tribunal de la AELC por el Fürstliches Obergericht, con fecha de 20 de diciembre de 2016, en el asunto Pascal Nobile/DAS Rechtsschutz-Versicherungs AG
(Asunto E-21/16)
(2017/C 155/05)
Mediante carta de 20 de diciembre de 2016, recibida en la Secretaría del Tribunal el 20 de diciembre de 2016, el Fürstliches Obergericht (Tribunal de Apelación del Principado) presentó al Tribunal de la AELC una solicitud de dictamen consultivo en el asunto Pascal Nobile/DAS Rechtsschutz-Versicherungs AG sobre las preguntas siguientes:
1. |
¿Se opone el artículo 201, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II), a un acuerdo contractual entre una aseguradora de defensa jurídica y una persona asegurada, según el cual, si la persona asegurada encomendase a un abogado su defensa sin la aprobación de la aseguradora de defensa jurídica y en un momento en el que la persona asegurada tuviese derecho a solicitar la cobertura de los gastos por el seguro, se produciría un incumplimiento del contrato por parte de la persona asegurada que eximiría a la aseguradora de sus obligaciones? |
2. |
En caso de respuesta negativa a la primera pregunta: En un procedimiento contencioso, ¿cuándo se considera que da comienzo una investigación o un procedimiento a tenor del artículo 201, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/138/CE y, por lo tanto, da comienzo la libre elección de un abogado? ¿Se toma en consideración a estos efectos únicamente el inicio formal del procedimiento judicial (presentación del escrito de demanda ante el órgano jurisdiccional) o se incluyen también trámites anteriores, y, en caso afirmativo, cuáles? |
3. |
En caso de que se responda a las preguntas primera y segunda después del 16 de enero de 2017:
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
18.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 155/8 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.8301 — GE/ATI/JV)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 155/06)
1. |
El 5 de mayo de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas General Electric Company («GE», EE. UU.) y Allegheny Technologies Incorporated («ATI», EE. UU.) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, de la empresa NewCo (EE. UU.) mediante adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — GE: empresa diversificada mundial que opera en los sectores industrial, tecnológico y de servicios, — ATI: productor mundial de componentes y materiales especiales como el titanio y aleaciones de titanio, aceros especiales y aleaciones de níquel, forjados de precisión, piezas fundidas y componentes mecanizados, circonio y aleaciones afines, — NewCo/EP: desarrollo de un proceso innovador de reducción de la aleación de titanio y la consiguiente comercialización de polvo de aleación de titanio así como de aleaciones de titanio innovadoras. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia M.8301 — GE/ATI/JV, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.