ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
60.° año |
Número de información |
Sumario |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2017/C 82/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8380 — CPPIB/Apax/GL) ( 1 ) |
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2017/C 82/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8120 — Hapag-Lloyd/United Arab Shipping Company) ( 1 ) |
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2017/C 82/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8199 — Bunge/European Oilseed Processing Facilities) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2017/C 82/04 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2017/C 82/05 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8305 — Rockwell Collins/B/E Aerospace) ( 1 ) |
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2017/C 82/06 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8293 — 3i/APG/ATP/EISER Infrastructure Portfolio) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8380 — CPPIB/Apax/GL)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 82/01)
El 7 de marzo de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8380. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8120 — Hapag-Lloyd/United Arab Shipping Company)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 82/02)
El 23 de noviembre de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b, leído en relación con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8120. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8199 — Bunge/European Oilseed Processing Facilities)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 82/03)
El 6 de febrero de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8199. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/3 |
Tipo de cambio del euro (1)
16 de marzo de 2017
(2017/C 82/04)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,0726 |
JPY |
yen japonés |
121,55 |
DKK |
corona danesa |
7,4343 |
GBP |
libra esterlina |
0,86810 |
SEK |
corona sueca |
9,4838 |
CHF |
franco suizo |
1,0695 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,1588 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
27,021 |
HUF |
forinto húngaro |
310,04 |
PLN |
esloti polaco |
4,2974 |
RON |
leu rumano |
4,5508 |
TRY |
lira turca |
3,9030 |
AUD |
dólar australiano |
1,3945 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4277 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,3275 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,5351 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5035 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 209,16 |
ZAR |
rand sudafricano |
13,6270 |
CNY |
yuan renminbi |
7,4004 |
HRK |
kuna croata |
7,4220 |
IDR |
rupia indonesia |
14 283,81 |
MYR |
ringit malayo |
4,7618 |
PHP |
peso filipino |
53,709 |
RUB |
rublo ruso |
62,1796 |
THB |
bat tailandés |
37,536 |
BRL |
real brasileño |
3,3244 |
MXN |
peso mexicano |
20,4770 |
INR |
rupia india |
70,1205 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/4 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.8305 — Rockwell Collins/B/E Aerospace)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 82/05)
1. |
El 8 de marzo de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Rockwell Collins (Estados Unidos) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de la empresa B/E Aerospace (Estados Unidos) mediante adquisición de acciones. La misma concentración se notificó ya a la Comisión el 2 de febrero de 2017, pero la notificación se retiró posteriormente el 15 de febrero de 2017. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8305 — Rockwell Collins/B/E Aerospace, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
17.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/5 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.8293 — 3i/APG/ATP/EISER Infrastructure Portfolio)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 82/06)
1. |
El 10 de marzo de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas 3i Group plc («3i», Reino Unido), APG Asset Management N.V. («APG», Países Bajos) y Arbejdsmarkedets Tillægspension («ATP», Dinamarca) adquieren indirectamente el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de una cartera de cinco empresas europeas de infraestructura («empresas participadas») mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8293 — 3i/APG/ATP/EISER Infrastructure Portfolio, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.