ISSN 1725-244X |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
52o año |
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IV Informaciones |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión |
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2009/C 038/07 |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2009/C 038/08 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la seguridad general de los productos ( 1 ) |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Comisión |
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2009/C 038/09 |
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OTROS ACTOS |
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Comisión |
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2009/C 038/10 |
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2009/C 038/11 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/1 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/01)
Fecha de adopción de la decisión |
18.12.2008 |
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Ayuda no |
NN 56/08 |
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Estado miembro |
Alemania |
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Región |
Alemania |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Raumfahrtprogramm |
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Base jurídica |
Haushaltsgesetz des Bundes, Einzelplan 09, Kapitel 0902, Titel 683 35 und 892 35 |
||
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Investigación y desarrollo, innovación |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Gasto anual previsto: 33-40 millones EUR Importe total de la ayuda prevista: 210 millones EUR |
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Intensidad |
100 % |
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Duración |
1.1.2008-31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
19.11.2008 |
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Ayuda no |
N 574/08 |
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Estado miembro |
Bélgica |
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Región |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
State guarantee in favour of Fortis Bank |
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Base jurídica |
Arrêté royal du 16 octobre 2008 pris en exécution de l'article 117 bis de la loi du 2 août 2002 relative à la surveillance du secteur financier et aux services financiers |
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Tipo de medida |
Ayuda individual |
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Objetivo |
Remedio de una perturbación grave de la economía, salvamento de empresas en crisis |
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Forma de la ayuda |
Garantía |
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Presupuesto |
Importe total de la ayuda prevista: 150 000 millones EUR |
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Intensidad |
— |
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Duración |
19.11.2008-19.5.2009 |
|||||
Sectores económicos |
Intermediación financiera |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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|||||
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/3 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/02)
Fecha de adopción de la decisión |
10.9.2008 |
Ayuda no |
N 11/08 |
Estado miembro |
Italia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Proroga (parziale) dell'aiuto N 810/02. Piano di incentivazione per il trasporto di merci per ferrovia — articolo 38 della legge 1o agosto 2002, n. 166. Aiuto a favore della società Autostrada ferroviaria alpina (AFA) |
Base jurídica |
Convenzione del 28 luglio 2003 relativa al finanziamento di un servizio sperimentale di autostrada ferroviaria alpina tra Bourgneuf-Aiton, in Francia e Orbassano, in Italia |
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
Objetivo |
Prolongación de la fase experimental de la autopista ferroviaria alpina al efecto de transferir camiones de la carretera al ferrocarril |
Forma de la ayuda |
Subvención directa |
Presupuesto |
De 7 a 8 millones de EUR al año en el período comprendido entre 2007 y 2009 |
Intensidad |
— |
Duración |
3 años (2007-2009) |
Sectores económicos |
Transporte ferroviario |
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
— |
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
10.9.2008 |
Ayuda no |
NN 34/08 |
Estado miembro |
Francia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Prolongement du cas NN 155/03 — Mise en œuvre d'un service expérimental d'autoroute ferroviaire. Aide en faveur de la société Autoroute Ferroviaire Alpine (AFA) |
Base jurídica |
Convention du 28 juillet 2003 relative au financement d'un service expérimental d'autoroute ferroviaire alpine entre Bourgneuf-Aiton, en France et Orbassano, en Italie |
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
Objetivo |
Prolongación de la fase experimental de la autopista ferroviaria alpina al efecto de transferir camiones de la carretera al ferrocarril |
Forma de la ayuda |
Subvención directa |
Presupuesto |
De 7 a 8 millones de EUR al año en el período comprendido entre 2007 y 2009 |
Intensidad |
— |
Duración |
3 años (2007-2009) |
Sectores económicos |
Transporte ferroviario |
Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda |
— |
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/5 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/03)
Fecha de adopción de la decisión |
8.10.2008 |
Ayuda no |
N 1/08 |
Estado miembro |
Francia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Soutien de l'Agence d'innovation industrielle en faveur du Programme H2E |
Base jurídica |
Soutien de l'Agence d'innovation industrielle en faveur des programmes mobilisateurs pour l'innovation industrielle |
Tipo de medida |
Ayuda individual |
Objetivo |
Investigación y desarrollo |
Forma de la ayuda |
Subvención directa, subvención reembolsable |
Presupuesto |
Importe total de la ayuda prevista: 67,6 millones EUR |
Intensidad |
40 % |
Duración |
Hasta el 31.12.2014 |
Sectores económicos |
Energía |
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
— |
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
18.12.2008 |
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Ayuda no |
N 576/08 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Madrid |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Ayudas a la producción de cortometrajes — Madrid — modificación de la ayuda N 564/07 |
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Base jurídica |
Ley 2/95, de 8 marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; Ley 38/2003 de 17 noviembre, General de Subvenciones (Ley Estatal); Orden por la que se establecen las bases reguladores para la concesión de ayudas a empresas privadas dedicadas al sector audiovisual y cinematográfico; Proyecto de orden de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan ayudas a la producción cinematográfica para el año 2009 |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Promoción de la cultura |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Gasto anual previsto: 0,4 millones EUR Importe total de la ayuda prevista: 0,4 millones EUR |
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Intensidad |
100 % |
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Duración |
29.11.2008-27.11.2009 |
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Sectores económicos |
Servicios recreativos, culturales y deportivos |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
18.12.2008 |
Ayuda no |
N 595/08 |
Estado miembro |
Italia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Incentivi fiscali, consistenti in crediti d'imposta e detassazione degli utili, concessi ad imprese di produzione in relazione alla realizzazione di opere cinematografiche |
Base jurídica |
Legge del 24 dicembre 2007 n. 244 (disposizioni per la formazione del bilancio annuale e pluriennale dello stato — Legge finanziaria per il 2008): articolo 1, commi da 325 a 343, con limitato riferimento alle misure previste nei seguenti commi: comma 327, lettera a — comma 335 — comma 338 (limitatamente a imprese di produzione cinematografica) nota: il comma 327, lettera a) dell'art. 1 della legge n. 244/2007, abrogato dall'art. 5, comma 9, lett. A) del decreto-legge del 27 maggio 2008, n. 93, e' stato ripristinato dall'art. 63, comma 13-ter, del decreto-legge del 25 giugno 2008, n. 112, convertito con modificazioni dalla legge del 6 agosto 2008, n. 133 disposizioni di applicazione: schemi di decreti interministeriali di attuazione ministero beni e attivita' culturali — ministero dell'economia e delle finanze (art. 1, commi 333, 336 e 340, legge n. 244 del 2007) con allegate tabelle a — b — c — d |
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
Objetivo |
Promoción de la cultura |
Forma de la ayuda |
Desgravación fiscal, reducción de la base imponible |
Presupuesto |
Gasto anual previsto: 41,6 millones EUR Importe total de la ayuda prevista: 104 millones EUR |
Intensidad |
50 % |
Duración |
Hasta el 31.12.2010 |
Sectores económicos |
Medios de comunicación |
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
Ministero dell'Economia e delle Finanze |
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/8 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.5224 — EDF/British Energy)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/04)
El 22 de diciembre de 2008, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, leído en relación con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión sólo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web del portal Europa dedicado a la Competencia (http://ec.europa.eu/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex con el número de documento 32008M5224. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea (http://eur-lex.europa.eu). |
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/8 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.5220 — ENI/Distrigaz)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/05)
El 15 de octubre de 2008, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://ec.europa.eu/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32008M5220. EUR-Lex es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria (http://eur-lex.europa.eu). |
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/9 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.5228 — Rabobank/BGZ)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/C 38/06)
El 11 de febrero de 2009, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://ec.europa.eu/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32009M5228. EUR_lex es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria (http://eur-lex.europa.eu). |
IV Informaciones
INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/10 |
Tipo de cambio del euro (1)
16 de febrero de 2009
(2009/C 38/07)
1 euro=
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,2765 |
JPY |
yen japonés |
117,33 |
DKK |
corona danesa |
7,4525 |
GBP |
libra esterlina |
0,8945 |
SEK |
corona sueca |
10,923 |
CHF |
franco suizo |
1,4883 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
8,777 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
29,15 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
303,35 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7084 |
PLN |
zloty polaco |
4,787 |
RON |
leu rumano |
4,3162 |
TRY |
lira turca |
2,1248 |
AUD |
dólar australiano |
1,9622 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5912 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,8979 |
NZD |
dólar neozelandés |
2,4638 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,9369 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 826,58 |
ZAR |
rand sudafricano |
12,8193 |
CNY |
yuan renminbi |
8,7236 |
HRK |
kuna croata |
7,4047 |
IDR |
rupia indonesia |
15 266,94 |
MYR |
ringgit malayo |
4,6177 |
PHP |
peso filipino |
60,59 |
RUB |
rublo ruso |
44,9847 |
THB |
baht tailandés |
44,914 |
BRL |
real brasileño |
2,8958 |
MXN |
peso mexicano |
18,605 |
INR |
rupia india |
62,063 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/11 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la seguridad general de los productos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(Publicación de títulos y referencias de normas europeas conforme a la directiva)
(2009/C 38/08)
OEN (1) |
Referencia y título de la norma (documento de referencia) |
Referencia de la norma retirada y sustituida |
Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida (Nota 1) |
CEN |
EN 581-1:2006 Mobiliario de exteriores — Asientos y mesas de uso doméstico, público y de camping — Parte 1: Requisitos generales de seguridad |
— |
|
CEN |
EN 913:1996 Equipos para gimnasia — Requisitos generales de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 916:2003 Equipamiento para gimnasia — Plintos — Requisitos y métodos de ensayo incluyendo seguridad |
— |
|
CEN |
EN 957-1:2005 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 1: Requisitos generales de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 957-2:2003 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 2: Equipos para entrenamiento de la fuerza; requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-4:1996 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 4: Bancos para entrenamiento de la fuerza, requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-5:1996 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 5: Equipos para entrenamiento a pedales; requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-6:2001 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 6: Simuladores de carrera, requisitos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-7:1998 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 7: Máquinas de remo, requisitos de seguridad específicos y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-8:1998 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 8: Simuladores de marcha, simuladores de escalera y simuladores de escalada — Requisitos de seguridad específicos y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-9:2003 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 9: Entrenadores elípticos, requisitos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales |
— |
|
CEN |
EN 957-10:2005 Equipos fijos para entrenamiento — Parte 10: Bicicletas de ejercicio con volante fijo o sin volante libre, requisitos adicionales específicos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 1129-1:1995 Mobiliario — Camas abatibles — Requisitos de seguridad y ensayos — Parte 1: Requisitos de seguridad |
— |
|
CEN |
EN 1129-2:1995 Mobiliario — Camas abatibles — Requisitos de seguridad y ensayos — Parte 2: Métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 1130-1:1996 Muebles — Moisés y cunas balancín de uso doméstico — Parte 1: Requisitos de seguridad |
— |
|
CEN |
EN 1130-2:1996 Muebles — Moisés y cunas balancín de uso doméstico — Parte 2: Métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 1273:2005 Artículos de puericultura — Andadores — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 1400-1:2002 Artículos de puericultura — Chupetes para bebés y niños pequeños — Parte 1: Requisitos generales de seguridad e información de producto |
— |
|
CEN |
EN 1400-2:2002 Artículos de puericultura — Chupetes para bebés y niños pequeños — Parte 2: Requisitos y ensayos mecánicos |
— |
|
CEN |
EN 1400-3:2002 Artículos de puericultura — Chupetes para bebés y niños pequeños — Parte 3: Requisitos y ensayos químicos |
— |
|
CEN |
EN 1466:2004 Artículos de puericultura — Capazos y soportes — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 1651:1999 Equipos para la práctica del parapente — Arneses — Requisitos de seguridad y ensayos de resistencia |
— |
|
CEN |
EN 1860-1:2003 Aparatos, combustibles sólidos y sistemas de encendido para el asado en barbacoas — Parte 1: Barbacoas que utilizan combustibles sólidos — Requisitos y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN ISO 9994:2006 Encendedores — Requisitos de seguridad — (ISO 9994:2005) |
__ |
|
CEN |
EN 12196:2003 Equipos para gimnasia — Caballos y potros — Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12197:1997 Equipos para gimnasia — Barras fijas — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12346:1998 Equipos para gimnasia — Espalderas, escalas y estructuras de trepa — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12432:1998 Equipos para gimnasia — Barras de equilibrios — Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12491:2001 Equipo para la práctica del parapente — Paracaídas de emergencia — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12586:1999 Artículos de puericultura — Broches para chupetes — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo EN 12586:1999/AC:2002 |
— |
|
CEN |
EN 12655:1998 Equipos de gimnasia — Anillas — Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 13138-2:2002 Ayudas a la flotación para el aprendizaje de la natación — Parte 2: Requisitos de seguridad y métodos de ensayo para las ayudas a la flotación destinadas a su sujeción |
— |
|
CEN |
EN 13209-1:2004 Artículos de puericultura — Mochilas portabebés — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo — Parte 1: Mochilas de espalda con estructura soporte |
— |
|
CEN |
EN 13319:2000 Accesorios de buceo — Profundímetros e instrumentos de medición combinada de la profundidad y el tiempo — Requisitos funcionales y de seguridad — Métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 13899:2003 Equipamiento para deportes sobre ruedas — Patines sobre ruedas — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14059:2002 Lámparas de aceite decorativas — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14344:2004 Artículos de puericultura — Asientos infantiles para bicicletas — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14350-1:2004 Artículos de puericultura — Artículos para la alimentación líquida — Parte 1: Requisitos generales y mecánicos, y ensayos |
— |
|
CEN |
EN 14682:2004 Seguridad de la ropa de niños — Cordones y cordeles en ropa de niños — Especificaciones |
— |
|
CEN |
EN 14764:2005 Bicicletas de paseo — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14766:2005 Bicicletas de montaña — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14781:2005 Bicicletas de carreras — Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 14872:2006 Bicicletas — Accesorios para bicicletas — Porta-equipajes |
— |
|
Nota 1 |
Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por el organismo europeo de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso. |
Aviso:
— |
todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en los organismos europeos de normalización o en los organismos nacionales de normalización, podrán encontrar una lista que figura en anexo de la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2) modificada por la Directiva 98/48/CE (3), |
— |
la publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todos los idiomas comunitarios, |
— |
esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión garantiza la puesta al día de la presente lista. |
Para obtener más información consulte la dirección siguiente:
http://europa.eu.int/comm/enterprise/newapproach/standardization/harmstds
(1) OEN: Organismo europeo de normalización:
— |
CEN: rue de Stassart 36, B-1050 Brussels, tel. (32-2) 550 08 11; fax (32-2) 550 08 19 (http://www.cenorm.be), |
— |
Cenelec: rue de Stassart 35, B-1050 Brussels, tel. (32-2) 519 68 71; fax (32-2) 519 69 19 (http://www.cenelec.org), |
— |
ETSI: 650, route des Lucioles, F-06921 Sophia Antipolis, tel. (33) 492 94 42 00; fax (33) 493 65 47 16 (http://www.etsi.org). |
(2) DO L 204 de 21.7.1998, p. 37.
(3) DO L 217 de 5.8.1998, p. 18.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/15 |
Convocatoria de propuestas referente al programa de trabajo del programa conjunto «Vida Cotidiana Asistida por el Entorno» (AAL)
(2009/C 38/09)
Por el presente anuncio se comunica la puesta en marcha de una convocatoria de propuestas referente al programa de trabajo del programa conjunto «Vida Cotidiana Asistida por el Entorno».
Se invita a presentar propuestas para la convocatoria siguiente: AAL-2009-2.
La documentación correspondiente, que incluye presupuestos y plazos, figura en el texto de la convocatoria, que ha sido publicado en el sitio web siguiente:
http://aal-europe.eu
OTROS ACTOS
Comisión
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/16 |
Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
(2009/C 38/10)
La presente publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en el plazo de seis meses a partir de la presente publicación.
RESUMEN
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
«BŘEZNICKÝ LEŽÁK»
No CE: CZ-PGI-0005-0398-19.10.2004
DOP ( ) IGP ( X )
En el presente resumen figuran los principales datos del pliego de condiciones a efectos informativos.
1. Servicio competente del Estado miembro:
Nombre: |
Úřad průmyslového vlastnictví |
Dirección: |
Antonína Čermáka 2a, 160 68 Praha 6, Česká republika |
Tel. |
+420 220383111 |
Fax |
+420 224324718 |
E-mail: |
posta@upv.cz |
2. Agrupación:
Nombre: |
Pivovar Herold Březnice, a. s. |
Dirección: |
Pivovar Herold, 262 72 Březnice, Česká republika |
Tel. |
+420 318682047 |
Fax |
+420 318682546 |
E-mail: |
herold@heroldbeer.com |
Composición: |
Productores/transformadores ( X ) Otros ( ) |
Se trata en este caso de una excepción a lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, dado que existe únicamente un productor en la región. Se cumplen las condiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) no 1898/2006 de la Comisión, habida cuenta de que el solicitante es el único productor de la región delimitada y que, debido al empleo de agua local, con sus propiedades características, la cerveza «Březnický ležák» se diferencia de las producidas en las zonas circundantes (véase el punto 4.6).
3. Tipo de producto:
Clase 2.1: Cerveza
4. Pliego de condiciones
[Resumen de los requisitos de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006]:
4.1. Denominación del producto: «Březnický ležák».
4.2. Descripción: La cerveza «Březnický ležák» es una cerveza de fermentación baja a media caracterizada por un sabor amargo sutil pero marcado, mucho cuerpo, un color dorado intenso de 8-12,5 EBC, muy fresca y con un aroma limpio de lúpulo sin sabores extraños, un pH comprendido entre 4,41 y 4,74, una claridad de 0,30-0,52 EBC, un contenido alcohólico de 4,69-5,53 y un extracto seco primitivo de 11,00-12,99 %.
Materia prima:
Ingredientes de base:
Malta producida a partir de cebada cervecera que debe ajustarse a los siguientes parámetros:
Lúpulo en gránulos de la variedad Žatecký poloraný červeňák, extracto de lúpulo, azúcar de remolacha y agua de pozos artesianos y pozos perforados. Otros ingredientes que se utilizan: levadura cervecera y ácido ascórbico. El agua debe ser del municipio de Březnice.
4.3. Zona geográfica: Municipio de Březnice.
4.4. Prueba del origen: El productor lleva un registro de los suministros y suministradores de todos los ingredientes que recibe y lo conserva para posibles controles. También llevan registros los compradores de los productos finales. Se realiza una comprobación de cada lote de cerveza para cerciorarse de la observancia del pliego de condiciones y se deja constancia de los resultados. La comprobación es efectuada por un empleado de la fábrica de cerveza y, en caso necesario, por un laboratorio externo y, por supuesto, por el organismo de control competente (Státní zemědělská a potravinářská inspekce — Inspección Nacional de Productos Agrícolas y Alimenticios).
El agua utilizada para elaborar la cerveza es analizada por un laboratorio externo homologado, que realiza análisis microbiológicos, biológicos y químicos. Los pozos registrados de los que procede el agua son pozos afamados.
Cada lote es objeto de un control de calidad y cumplimiento del pliego de condiciones durante el proceso de producción: se comprueban la calidad de la malta, la observancia de los parámetros aplicados al mosto cocido, el progreso en la sala de fermentación, los parámetros aplicables en los tanques de maduración y los resultados de filtración.
4.5. Método de obtención: La cerveza Březnický ležák se produce de manera tradicional. Los ingredientes de base son: malta de cebada (véanse las propiedades en el punto 4.2), lúpulo preparado (véase punto 4.2), extracto de lúpulo, azúcar de remolacha, agua, levadura cervecera y ácido ascórbico. Método de obtención:
Producción de malta: se puede utilizar malta comprada o producida en la propia fábrica; el método de producción es el clásico: remojo de la cebada (en cubas durante un período de 72 horas hasta que se alcanza un grado de humedad del 45-46 %), germinación (en germinadores durante 6-7 días, temperatura general de 12-22 °C), secado (en un horno 2 × 24 horas a una temperatura de 25-85 °C), limpieza de granos y almacenamiento.
Preparación de la malta: pesaje, molturación.
Sala de cocimiento (los ingredientes iniciales son malta molturada y agua; la sala de cocimiento es sencilla y de diseño clásico con dos ollas; se emplea un método de decocción de doble maceración de 8-9 horas): mezcla (durante 20 minutos con agua a 37 °C que se calienta durante otros 20 minutos a 52 °C), maceración (método de decocción de doble maceración): primera maceración en la caldera (15 minutos a 62-64 °C para romper las proteínas, sacarificación 30 minutos a 72-74 °C, cocción 20 minutos, trasiego a la cuba, subida de la temperatura a 65 °C), segunda maceración en la caldera (sacarificación 30 minutos a 72-74 °C, cocción 25 minutos, maceración unos 200 minutos a 75 °C en la cuba), clarificación (reposo 30 minutos); lavado del bagazo, extracción del primer mosto, mosto, aspersión con agua (duración total aproximada: 130 minutos); salida del mosto cocido, ebullición con el lúpulo (incorporación de flores de lúpulo y azúcar, 90-120 minutos, adición de lúpulo en tres etapas: 1. al comienzo de la salida del primer mosto, 2. con todo el mosto, al comienzo de la ebullición con lúpulo, 3. 20 minutos antes del final de la ebullición del lúpulo).
Refrigeración del mosto lupulado: separación y eliminación de los restos (en una centrifugadora), refrigeración del mosto (hasta alcanzar una temperatura de fermentación de 6-9 °C).
Sala de fermentación (fermentación en tanques abiertos durante 7-9 días a una temperatura de 6-11,5 °C mientras la levadura cervecera de fermentación baja o de fondo está activa): se añaden cultivos de levadura cervecera al mosto lupulado (0,5 litros de levadura por hectolitro de mosto), fermentación primaria (a temperatura ambiente de 10 °C).
Cuba de maduración: adición de estabilizantes, saturación de CO2, clarificación, segunda fermentación (cubas de maduración cerradas, 45-70 días, temperatura de 2-4 °C).
Filtración de la cerveza: filtración (filtro de diatomeas con bujías), segunda filtración (filtro esterilizante de papel).
Cubas de aclarado: se añaden antioxidantes y anhídrido carbónico.
Embotellado o embarrilado, empaquetado, almacenamiento, despacho.
Embotellado (botellas de 0,5 y 0,335 litros): lavado de botellas en un lavabotellas, control de la limpieza de las botellas, embotellado, pasteurización, etiquetado, empaquetado (en cajas de madera o cartón), almacenamiento, despacho.
Embarrilado (barriles de 30 y 50 litros): pasteurización instantánea, embarrilado, empaquetado, despacho.
La segunda fermentación, el filtrado y el trasvase a las cubas de aclarado deben efectuarse en la zona geográfica determinada. El embotellado, el embarrilado, el empaquetado, el almacenamiento y el despacho pueden realizarse en cualquier zona.
4.6. Vínculo: La primera referencia escrita a la cervecería de Březnice es de 1506. En el siglo XVIII, se construyó una nueva cervecería, barroca, que en épocas posteriores, fue destruida, reconstruida y ampliada. En 1945, pasó a ser propiedad del Estado Checoslovaco. El desarrollo de la minería del uranio en los alrededores en torno a 1960 hizo que la cervecería registrara el mayor crecimiento de toda su historia. Con el declive de esa minería, la producción de cerveza decayó y la cervecería parecía abocada al cierre. Sin embargo, en 1989, el Výzkumný ústav pivovarský a sladařský (Instituto de Investigación de la Cerveza y la Malta) se hizo cargo de ella y la reconstruyó y reactivó la producción de la cerveza Březnice tradicional, que desde 1999 sólo fabrica un productor, la empresa Pivovar Herold Březnice, a.s.
Para elaborar la cerveza «Březnický ležák» y demás tipos de cerveza de Březnice se utiliza agua de manantial de gran calidad de pozos artesianos y pozos perforados situados en el término municipal de Březnice. En general, los pozos tienen una profundidad de 14-16 metros y las captaciones se efectúan a profundidades de entre 37,5 y 61 metros. Se encuentran en granodioritas del complejo plutónico de Bohemia central, que constituye un complejo muy diferenciado y variado. Desde el punto de vista geológico, la zona del entorno de Březnice está constituida por biotita de grano medio gris azulada y granodiorita biotítica anfibólica. Muy cerca de allí se encuentra la frontera entre el complejo plutónico de Bohemia central y las metabasitas del cinturón de Jílovské. Los pozos y las captaciones reciben agua de diaclasas y agua de la zona de intemperismo y fisuras cercanas a la superficie del complejo plutónico del centro de Bohemia y, en menor medida, de las metabasitas del cinturón de Jílovské. El agua subterránea circula muy activamente a través de las fisuras de granodioritas debido al elevado nivel de fisuración y sólo una parte de ella procede de la filtración de las precipitaciones atmosféricas, que penetran a través de fisuras no selladas. El clima de la zona de Březnice puede calificarse de moderado, con un índice de precipitaciones ligeramente por debajo de la media. El sabor característico de la cerveza y los efectos beneficiosos de la cerveza derivados del proceso de producción no se deben sólo a los ingredientes sino también a la composición del agua (principales componentes, oligoelementos y relación en tanto por ciento). Es prácticamente imposible encontrar otra zona en la que pueda producirse cerveza de la misma calidad y sabor con la misma tecnología sin utilizar agua procedente de esta zona.
La denominación de origen «Březnický ležák» fue inscrita con el número 148 en el registro de denominaciones de origen de la República Checa el 2 de abril de 1984.
4.7. Estructura de control:
Nombre: |
Státní zemědělská a potravinářská inspekce, Inspektorát v Praze |
Dirección: |
Za Opravnou 300/6, 150 00 Praha 5, Česká republika |
Tel. |
+420 257199512 |
Fax |
+420 257199529 |
E-mail: |
praha@szpi.gov.cz |
4.8. Etiquetado: —
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
17.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 38/s3 |
NOTA AL LECTOR
Las instituciones han decidido no mencionar en sus textos la última modificación de los actos citados.
Salvo indicación en contrario, se entenderá que los actos a los que se hace referencia en los textos aquí publicados son los actos en su versión actualmente en vigor.